Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 198 de 13/10/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Justicia, Desregulación y Administración Local

Resolución de 6 de octubre de 2026, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del símbolo que se indica del Ayuntamiento de Pórtugos (Granada).

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La Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a sus prescripciones.

A tal efecto, el Ayuntamiento de Pórtugos (Granada) ha realizado los trámites tendentes a la adopción de símbolos municipales de acuerdo con lo establecido en el capítulo II de la mencionada ley.

Con fecha 23.1.2026, el Pleno del Ayuntamiento de Pórtugos (Granada) acordó, conforme a lo establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la adopción definitiva de los siguientes símbolos municipales:

- Bandera del municipio de Pórtugos:

Bandera rectangular, de tres módulos de largo por dos de ancho dividida en tres bandas verticales, siendo la central de doble anchura que las otras. La banda al asta y al batiente de color verde y la central de color blanco y en su centro se coloca el escudo municipal bajo el que aparecen cinco roeles anaranjados.

Las medidas de la bandera guardan la relación de 3/2 ajustándose a los estándares aceptados para las banderas oficiales, con las que figurará conjuntamente en los lugares más destacados logrando así una unidad vexilológica.

Los estándares son: 1,50 x 1,00 m, 2,10 x 1,35 m, 2,80 x 1,80 m y 3,50 x 2,25 m.

Con fecha 26.1.2026 se ha recibido en este centro directivo solicitud de la misma fecha de ese Ayuntamiento, para la inscripción del mencionado símbolo municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 17 y 18 ambos de la expresada ley, en base a los cuales el uso de los símbolos de las entidades locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

Examinada la solicitud, y subsanada la misma con fecha 22.9.2026, se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la referida ley y en la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales.

En virtud de lo establecido en el artículo 17 de la referida Ley 6/2003, de 9 de octubre, y en el artículo 18.6 de la mencionada Orden de 17 de septiembre de 2010, esta Secretaría General, en ejercicio de las competencias que tiene asignadas,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del referido símbolo (bandera) del municipio de Pórtugos (Granada), con la descripción indicada y con la imagen que obra en el expediente.

Segundo. Modificar en consecuencia la correspondiente inscripción registral de Pórtugos (Granada) en el mencionado Registro (código RAEL JA01181633), para incluir dicho símbolo municipal.

Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 6 de octubre de 2026.- La Secretaria General, Cristina Alejandra Jiménez Jiménez.

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