Orden de 28 de enero de 2026, por la que se concede la autorización administrativa de apertura y funcionamiento al centro de educación infantil «La Salle», por segregación del centro docente privado de educación infantil «La Salle», ambos de Córdoba, y se modifica la autorización administrativa de este último. (PP. 175/2026).
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00332448.
Examinado el expediente incoado a instancia de don Víctor Sergio Castro Valera, representante de Hermanos de las Escuelas Cristianas, entidad titular del centro docente privado de educación infantil «La Salle», en solicitud de autorización administrativa de apertura y funcionamiento de un centro de educación infantil por segregación de aquel, con 6 unidades del primer ciclo.
Primero: Resultando que el centro docente privado de educación infantil «La Salle», con código 14002480, tiene autorización administrativa para 6 unidades de educación infantil de primer ciclo con 94 puestos escolares y para 9 unidades de educación infantil de segundo ciclo con 225 puestos escolares.
Segundo: Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Córdoba, y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación en dicha provincia.
Vistos la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Decreto 76/2025, de 5 de marzo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir Enseñanzas de Régimen General; el Decreto 140/2011, de 26 de abril, por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder la autorización administrativa de apertura y funcionamiento al centro de educación infantil «La Salle», promovido por la entidad Hermanos de las Escuelas Cristianas, como titular del mismo, con código 14013261, ubicado en C/ San Juan Bautista de la Salle, núm. 7-A, de Córdoba, por segregación del centro docente privado de educación infantil «La Salle», quedando configurado con 6 unidades de primer ciclo para 94 puestos escolares.
Segundo. Conceder una modificación de la autorización administrativa por supresión de las unidades de educación infantil de primer ciclo al centro docente privado de educación infantil «La Salle», con código 14002480 y domicilio en C/ San Juan Bautista de la Salle, núm. 7 , de Córdoba, cuya titularidad la ostenta la entidad Hermanos de las Escuelas Cristianas, quedando configurado con 9 unidades de segundo ciclo de educación infantil para 225 puestos escolares.
Tercero. La entidad titular de los centros remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Córdoba, la relación del profesorado del centro de educación infantil, con indicación de su titulación respectiva.
Cuarto. La presente orden surtirá efectos jurídicos y administrativos a partir del día siguiente al de su notificación.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 28 de enero de 2026
| MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA | |
| Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional |
BOJA nº 23 de 04/02/2026