Acuerdo de 11 de febrero de 2026, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Granada, por el que se abre un periodo de información pública del procedimiento para la extinción del derecho al uso privativo de aguas que a continuación se indica en el término municipal de El Pinar (Granada).
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De conformidad con lo previsto en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, en virtud de la competencia atribuida por Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por la que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía,
ACUERDO
Primero. La apertura de un período de información pública, en el seno del procedimiento de extinción de derechos con número de expediente 2025EXT002353GR, en relación con el expediente número 1995SCA000856GR (expediente de origen G-0464-16), titularidad de Rafael Jiménez Ruiz, y relativo a un derecho para la utilización de aguas subterráneas procedentes de un sondeo localizado en el paraje «Cortijo de las Jaras» del término municipal de El Pinar (Granada). Otorgado por Resolución de fecha 15 de diciembre de 1998, en la que se recogen, literalmente las siguientes características del aprovechamiento:
Referencia del aprovechamiento: 1995SCA000856GR (expediente de origen G-0464-16).
- Nombre de usuario: Rafael Jiménez Ruiz.
- Lugar, paraje: Cortijo de las Jaras.
- Corriente o acuífero: Barranco «La Solana».
- Objeto de la concesión: Riego de olivar y almendros.
- Término municipal: El Pinar-Granada.
Tipo de toma: 2 sondeos.
| Pozo A | Pozo B | |
| Profundidad: | 70 m | 80 m |
| Diámetro: | 0,2 m | 0,2 |
| Margen: | Derecha | |
Caudal y volumen:
| Medio continuo: | 2,9 l/s |
| Máximo instantáneo: | 5,22 l/s |
| Máximo mes de mayor consumo: | 13.548 m³ |
| Máximo anual: | 91.472 m³ |
| Equivalente a: | 1.500 m³/ha/año |
Coordenadas geográficas de la toma: Latitud 36º52´35´´, Longitud 3º29´35´´.
Este expediente quedó inscrito en la Sección A del registro de aguas.
Causa de la extinción: Por caducidad del aprovechamiento por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos por causa imputable al titular, según los artículos 53.1 y 66.2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (BOE núm. 176, de 24 de julio de 2001) y en el artículo 161 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.
El acuerdo de inicio del expediente extinción se ha adoptado de oficio.
Segundo. La publicación a tenor de lo dispuesto en el artículo 163.3 del RDPH (R.D. 849/1986), para que, durante el plazo de 20 días hábiles, contado a partir del día siguiente al de su publicación, se puedan realizar las alegaciones que se consideren pertinentes.
Tal y como indica el citado reglamento en su disposición adicional octava «De la información pública y de las garantías de difusión de la información», en su punto 2: «Todas las referencias a los organismos de cuenca en las cuencas intracomunitarias se entenderán que se refieren a administraciones hidráulicas equivalentes de las comunidades autónomas. En estos ámbitos territoriales, todas las referencias al Boletín Oficial del Estado se entenderán que se refieren al Boletín Oficial de la comunidad autónoma respectiva.»
Tercero. Durante el periodo de información pública la documentación estará disponible para su consulta en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, a través de la url
https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html
así como en las oficinas de esta Delegación Territorial en Granada, sita en C/ Joaquina Eguaras, 2, Edif. Almanjáyar, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, salvo días festivos.
Cuarto. Las alegaciones, dirigidas a la persona titular del órgano que adopta este acuerdo, deberán presentarse por escrito en cualquier registro de la Administración, bien en el registro electrónico general de la Junta de Andalucía, bien en cualquier registro de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, o bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Granada, 11 de febrero de 2026.- La Delegada, María del Carmen Reyes Ruiz.
Descargar PDFBOJA nº 32 de 17/02/2026