Anuncio de 12 de febrero de 2026, de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz, por el que se da publicidad a la resolución de inicio del procedimiento de recuperación parcial de la vía pecuaria «Colada de los Charcos», del término municipal de Rota, provincia de Cádiz.
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La Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, mediante Resolución de fecha 15 de enero de 2026, acordó el inicio del procedimiento administrativo de recuperación posesoria de oficio de la vía pecuaria «Colada de los Charcos», expte. 25VP1431, que se halla indebidamente ocupada por terceros, entre las coordenadas UTM en el huso 30 referidas al sistema de referencia ETRS89 [204321;4064630] Y [197792;4065093], de unos 7.720,10 metros aproximadamente, en el término municipal de Rota, provincia de Cádiz, clasificada por Orden Ministerial de fecha de 9 de diciembre de 1957 y con deslinde aprobado con fecha 4 de septiembre de 2006 (expediente VP@265/05, publicado en el BOJA núm. 187, de 26 de septiembre de 2006, página 29).
En dicha resolución se acuerda lo siguiente y se incorpora la lista de intrusos y ocupaciones que se relaciona a continuación:
| REFERENCIA INTRUSION | PROPIETARIO/S PARCELAS COLINDANTES | SUPERFICIE OCUPADA | POLIGONO CATASTRAL | PARCELA CATASTRAL |
|---|---|---|---|---|
| 03-B | GARCIA BOLAÑOS MERCEDES | 2.148 m² | 1 | 76 |
| 03-C | GARCIA BOLAÑOS JOSE | 668 m² | 1 | 75 |
| 2 | PALOMEQUE LOPEZ RAMON | 2.320 m² | 20 | 76 |
| 4 | HEREDEROS DE MARIA CONCEPCION LAVADO RODRIGUEZ | 2.027 m² | 13 | 22 |
| HEREDEROS DE RAMON GARCIA SANTAMARIA | ||||
| 23 | VEGA FERNANDEZ MARIA ANGELES | 3.000 m² | 1 | 36 |
| 27 | HEREDEROS DE JOSE JOAQUIN OCAÑA GUTIERREZ | 5.338 m² | 1 | 35 |
| 20 | CRUCES BERNAL JUAN CARLOS | 2.403 m² | 13 | 11 |
| CARABALLO GALAFATE MARIA YOLANDA | ||||
| 26 | CASTRO GARCIA JOSE ANTONIO | 3.185 m² | 2 | 33 |
| CASTRO VEGA MIRIAN | ||||
| 3 | ALCEDO MARTIN BEJARANO MERCEDES | 6.810 m² | 5 | 14 |
| HEREDEROS DE ANTONIO PRADO DELGADO | ||||
| 5 | RODRIGUEZ NAVARRETE MARIA ANGELES | 51 m² | 5 | 7 |
| VALDES DIAZ MANUEL | ||||
| JOSE CARO PIMENTEL | ||||
| ON-1 | TORAÑO GONZALEZ RAMON | 589 m² | 5 | 51 |
| BELTRAN LANZAROTE MANUELA | ||||
| 7 | CORAL HOMES SL | 1.454 m² | 5 | 6 |
| 4 | HEREDEROS DE JOSE ANTONIO MAQUEDA LUGO | 400 m² | 4 | 44 |
| 6 | HEREDEROS DE RAMON LETRAN BOLAÑOS | 2.236 m² | 4 | 9 |
| MANUEL LETRAN MARTIN ARROYO | ||||
| 8 | HEREDEROS DE FRANCISCO FUENTES LUCERO | 1.791 m² | 4 | 11 |
| JUAN FUENTES RDGUEZ | ||||
| 10 | GARCIA FUENTES JUAN ANTONIO | 1.127 m² | 4 | 12 |
| ON-02 | FUENTES LUCERO MARIA CARMEN | 20 m² | 4 | 10 |
| 14 | RODRIGUEZ MOLINARES ANTONIO | 62 m² | 4 | 14 |
| 18A | HEREDEROS DE FELIX MACIAS MARTIN-BEJARANO | 1.721 m² | 4 | 19 |
| RAFAEL MACÍAS BONHOME | ||||
| 31 | NIÑO GARCIA LUIS MANUEL | 643 m² | 14 | 56 |
| NIÑO GARCIA MARIA DEL CARMEN | ||||
| 45 | GUTIERREZ GONZALEZ MANUEL | 449 m² | 14 | 40 |
| 47 | RODRIGUEZ PARTIDA ANTONIO | 673 m² | 14 | 41 |
| GARRIDO PEREZ VICTOR HUGO | ||||
| CURTIDO MARTIN-ARROYO JUAN JESUS | ||||
| 36 | MERINO MACIAS MANUELA | 4.825 m² | 3 | 27 |
| 51 | PROMONTORIA COLISEUM REAL ESTATE SL | 1.178 m² | 14 | 2 |
| BEST PARKING SL (TOMAS FERNANDEZ TAGLE) | ||||
| 57 | GUTIERREZ BENAVENTE RAFAEL | 3.372 m² | 22 | 12 |
| PEREZ IZQUIERDO MERCEDES | ||||
| 59 | SANCHEZ PEÑA EUGENIO | 2.652 m² | 22 | 11 |
| HEREDEROS DE MANUELA PEÑA RUIZ MATEOS | ||||
| 83 | COMUNIDAD DE REGANTES COSTA NOROESTE DE CADIZ DE ROTA |
1.782 m² | 21 | 19 |
| 60 | LAGUNETA SCL | 5.840 m² | 13 | 44 |
| 93 | ANDRADE CAPOTE MANUEL | 7.322 m² | 21 | 20 |
| 66 | GONZALEZ RIZO MIGUEL | 2.046 m² | 13 | 42 |
| 101 | RUIZ MATEOS RODRIGUEZ JOSE | 793 m² | 21 | 54 |
| 76B | GARCIA PEÑA MANUEL JESUS | 2.289 m² | 13 | 108 |
| GARCIA PEÑA JACINTO |
«Primero. Iniciar el procedimiento administrativo de recuperación posesoria de oficio de la vía pecuaria Colada de los Charcos, que se halla indebidamente ocupada por terceros, procedimiento regulado en el artículo 27 y siguiente del Rto. VP.
Segundo. Notificar este acuerdo de inicio a los interesados, concediéndoles un plazo máximo de quince días hábiles desde el día siguiente a la notificación de este escrito para que puedan ejercer su derecho a vista de expediente, alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, que serán tenidos en cuenta al redactar la correspondiente propuesta de resolución.
Tercero. Requerir, en este mismo acto, a los interesados para que de forma voluntaria procedan a desalojar la parte ocupada de la citada vía pecuaria, eliminando cerramientos, construcciones y/o cualquier obstáculo existente a lo largo del recorrido de la misma, dejándola expedita.
En caso de estar conforme con ello, se solicita que en el plazo de alegaciones señalado en el punto segundo, aporten firmado el documento de compromiso de desalojo que se acompaña que se tendrá en cuenta a la hora de resolver el procedimiento.
Cuarto. Advertir que son infracciones tipificadas en el artículo 21 de la Ley de Vías Pecuarias 3/1995, de 23 de marzo, y por tanto susceptibles de ser sancionadas, independientemente del presente procedimiento de recuperación, entre otros, los siguientes actos en terrenos de vías pecuarias:
- La alteración de hitos, mojones o indicadores de cualquier clase, destinados al señalamiento de los límites de las vías pecuarias.
- Las edificaciones o ejecución no autorizada de cualquier tipo de obras en terrenos de vías pecuarias.
- La instalación de obstáculos o la realización de cualquier tipo de acto que impida totalmente el tránsito de ganado.
- La roturación o plantación no autorizada.
- La realización de vertidos o el derrame de residuos.
- La realización de obras o instalaciones no autorizadas de naturaleza provisional.
Quinto. Adoptar como medida provisional, para salvaguardar la efectividad de la resolución que en su día pueda recaer en el expediente de recuperación y no ocasionar perjuicio a los interesados, la siguiente:
No se proceda a realizar actuaciones nuevas de las señaladas en el punto anterior y calificadas de infracciones ni siembra alguna en los terrenos de la vía pecuaria correspondiente.
Sexto. Informar a los interesados que según el artículo 29.4 del Rto. de Vías Pecuarias y el artículo 25.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución de este procedimiento es de seis meses desde el inicio del expediente y el vencimiento de dicho plazo sin resolución llevará aparejada la caducidad del mismo.»
Las alegaciones a dicha resolución que se quieran presentar se dirigirán a la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz y deberán presentarse por escrito en cualquier registro de la Administración según lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para garantizar la notificación de la resolución citada a posibles terceros según el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se pública con carácter adicional el presente acto.
Cádiz, 12 de febrero de 2026.- El Delegado, Óscar Curtido Naranjo.
Descargar PDFBOJA nº 33 de 18/02/2026