Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 20/02/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Orden de 16 de febrero de 2026, por la que se autorizan nuevos centros bilingües públicos para el curso 2026/2027, se autorizan como plurilingües determinados centros bilingües y se amplía la enseñanza bilingüe a nuevas etapas educativas en centros anteriormente autorizados como bilingües en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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El sistema educativo andaluz, regulado por la Constitución y el Estatuto de Autonomía para Andalucía, se fundamenta en el principio de promoción de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres en sus ámbitos y prácticas. Del mismo modo, la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía continúa haciendo frente a los retos que la sociedad plantea y para ello persevera en el propósito de llegar a la convergencia en los objetivos que la Comisión Europea y el Gobierno de España proponen para mejorar la competencia lingüística en lenguas extranjeras. Por este motivo, mantiene el compromiso de ampliar el programa de centros bilingües.

La Orden de 28 de junio de 2011, por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en su artículo 19.1 que los centros docentes públicos serán autorizados como centros bilingües por la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, de acuerdo con la planificación educativa y una vez oído el Consejo Escolar.

Asimismo, en su artículo 19.2, determina que la autorización quedará inscrita en el Registro de Centros Docentes, regulado en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Corresponde a la Administración educativa extender y reforzar la red de centros bilingües públicos, especialmente en las etapas educativas en las que haya menor implantación, autorizando centros bilingües en zonas educativas o localidades en las que todavía no los haya, garantizando la continuidad de la enseñanza bilingüe entre las etapas de la educación obligatoria y aprobando la ampliación de esta enseñanza a nuevas etapas educativas en centros previamente autorizados como bilingües.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo conferidas y a propuesta de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado,

DISPONGO

Primero. Autorizar nuevos centros bilingües públicos para el curso 2026/2027, especificando la etapa o etapas educativas autorizadas para la enseñanza bilingüe en cada uno de ellos, según se relacionan en el Anexo I de la presente orden.

Segundo. Autorizar la enseñanza bilingüe en nuevas etapas educativas y ciclos formativos de Formación Profesional para el curso 2026/2027 en centros previamente autorizados como bilingües, relacionados en el Anexo II de la presente orden.

Tercero. Autorizar con efecto retroactivo desde el curso 2025/2026 la enseñanza bilingüe en la etapa de bachillerato en el centro previamente autorizado como bilingüe IES Santa Teresa de Jaén, código 23700839, por traslado de las enseñanzas bilingües en bachillerato del IES El Valle, código 23700271, tal como se detalla en el Anexo III de la presente orden.

Cuarto. Autorizar con efecto retroactivo desde el curso 2007/2008 la enseñanza plurilingüe en el centro previamente autorizado como bilingüe francés IES Blas Infante de Córdoba, código 14007180, por integración con el IES Pablo Céspedes bilingüe inglés, código 14700778, tal como se detalla en el Anexo IV de la presente orden.

Quinto. Autorizar la enseñanza bilingüe en los centros a los que se hace referencia en los artículos anteriores conlleva el cumplimiento por el centro de lo establecido en la Orden de 28 de junio de 2011 por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sexto. La presente orden tendrá efectos académicos a partir del curso escolar 2026/2027, teniendo en cuenta las salvedades establecidas en los apartados tercero y cuarto.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición, ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 16 de febrero de 2026

MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA
Consejera de Desarrollo Educativo 
y Formación Profesional

ANEXO I

Nuevos centros bilingües públicos. Curso 2026/27

Idioma (L2) Código Denom. general Denom.
específica
Localidad Provincia Etapas educativas autorizadas Observaciones
2º ciclo Ed. Infantil Ed.
Primaria
ESO Bach. CCFF. de FP
Inglés 04004589 CEIP La Romanilla Roquetas de Mar Almería X X
Inglés 18602027 CPR Ruiz Carvajal Moraleda de Zafayona Granada X X
Inglés 23600973 EEI Francisco Soriano Serrano Jódar Jaén X
Inglés 23005773 CEPR Maestros Arroquia-Martínez Jódar Jaén X

ANEXO II

Centros bilingües con nuevas etapas educativas y ciclos formativos autorizados.

Curso 2026/27

Idioma (L2) Código Denom. general Denom.
específica
Localidad Provincia Etapas educativas autorizadas Observaciones
2º ciclo Ed. Infantil Ed.
Primaria
ESO Bach. CCFF
de FP
Inglés 11007545 IES Castillo de Matrera Villamartín Cádiz X
Inglés 18601709 CPR Los Castaños Ventas de Zafarraya Granada X 1º y 2º ESO
Inglés 18007113 CEIP Pablo Ruiz Picasso El Varadero
(Motril)
Granada X 1º y 2º ESO
Inglés 18000787 IES Luis Bueno Crespo Armilla Granada X CFGS Proyecto Obra Civil
CFGS Gestión de Ventas
CFGM Gestión Administrativa
CFGS Transporte y Logística
Inglés 23009501 CEIP Puerta del Condado Arquillos Jaén X 1º y 2º ESO
Inglés 23000349 CEIP San Miguel Noguerones Jaén X 1º y 2º ESO
Inglés 41008994 IES Maestro Diego Llorente Los Palacios y Villafranca Sevilla X CFGS Educación Infantil

ANEXO III

Nueva etapa educativa autorizada desde el curso 2025/2026

Idioma (L2) Código Denom. general Denom.
específica
Localidad Provincia Etapas educativas autorizadas Observaciones
2º ciclo Ed. Infantil Ed.
Primaria
ESO Bach. CCFF de FP
Inglés 23700839 IES Santa Teresa Jaén Jaén X Autorizado con efecto retroactivo desde el curso 2025/26.

Por traslado de las enseñanzas bilingües de Bachillerato del IES El Valle, código 23700271, al IES Santa Teresa, código 23700839, ambos de Jaén (Jaén).

Noveno. 2 de la Orden de 10 de abril de 2025, por la que se amplía y actualiza la autorización de determinadas enseñanzas en centros docentes públicos a partir del curso escolar 2025/26.

ANEXO IV

Centro bilingüe donde se aprueba la enseñanza plurilingüe desde el curso 2007/2008

Idioma (L2/L3) Código Denom. general Denom.
específica
Localidad Provincia Etapas educativas autorizadas Observaciones
2º ciclo Ed. Infantil Ed.
Primaria
ESO Bach. CCFF de FP
Francés/Inglés 14007180 IES Blas Infante Córdoba Córdoba X X Autorizada la enseñanza plurilingüe con efecto retroactivo desde el curso 2007/2008.

Por integración del IES Pablo Céspedes, código 14700778 (bilingüe de inglés), con el IES Blas Infante, código 14007180 (bilingüe de francés), ambos de Córdoba. Artículo 2 del Decreto 158/2007, de 29 de mayo, por el que se crean y suprimen Centros Docentes Públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Centro bilingüe autorizado por Resolución de 6 de abril de 2006, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se hace pública la relación de centros seleccionados en los que se desarrollará el programa bilingüe.

Etapa de Bachillerato autorizada por Orden de 30 de julio de 2012, por la que se especifican las etapas educativas autorizadas de enseñanza bilingüe en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se autorizan nuevos centros públicos bilingües.

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