Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 23/02/2026

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda

Resolución de 18 de febrero de 2026, de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, de aprobación de proceso de selección para la cobertura del puesto de la Dirección de Planificación y Explotación de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía mediante contrato de Alta Dirección en los servicios centrales en Sevilla.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00333606.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Conforme al acuerdo adoptado en Consejo Rector de fecha 5 de febrero de 2026, por el que se autoriza el inicio del proceso de selección para la cobertura del puesto de Dirección del Departamento de Planificación y Explotación de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, así como se faculta a la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia para el dictado de los actos y resoluciones que procedan derivados del acuerdo anterior, en relación con el procedimiento de selección tendente a la designación por el Consejo Rector de la persona candidata que se proponga y su posterior contratación laboral y entre las que se encuentran las relaciones con el comité calificador, la publicación en BOJA de la convocatoria de provisión del puesto y la elevación al Consejo Rector de la propuesta de designación del candidato seleccionado,

HE RESUELTO

La publicación de la convocatoria pública a través del sistema de concurso del proceso de selección para la cobertura del puesto de Dirección de Planificación y Explotación de la Agencia de Obra Pública de Andalucía en los Servicios Centrales de Sevilla, conforme a las bases acordadas en Consejo Rector, de fecha 5 de febrero de 2026 y que se adjuntan como anexo a la presente resolución.

Sevilla, 18 de febrero de 2026.- El Director Gerente, José María Rivera Zafra.

BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN POR EL SISTEMA DE CONCURSO MEDIANTE CONVOCATORIA PÚBLICA DEL PUESTO DE DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y EXPLOTACIÓN EN LOS SERVICIOS CENTRALES DE LA AGENCIA DE OBRA PÚBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA (AOPJA) EN SEVILLA

1. Funciones del puesto de Director/a de Planificación y Explotación.

1.1. Misión:

Planificar, coordinar, ejecutar y evaluar los contenidos técnicos relativos a los sistemas y procedimientos de gestión y explotación de las Infraestructuras Ferroviarias gestionadas por la AOPJA.

1.2. Funciones, tareas y responsabilidades:

- Programar, proyectar, ejecutar la puesta en marcha, el control y seguimiento de la explotación de las infraestructuras ferroviarias y de aquellas otras que se exploten por ser patrimonio adquirido o adscrito a la Agencia de Obra Pública, tanto en régimen de gestión directa como indirecta.

- Elaborar estudios e informes y coordinar la inspección y control de las infraestructuras ferroviarias explotadas en régimen de gestión indirecta.

- Coordinar la explotación y los programas de mantenimiento y conservación de las infraestructuras ferroviarias gestionadas por la AOPJA.

- Establecer y definir las metas de su departamento, así como las acciones que se deben tomar para concretar la visión y misión de la AOPJA en referencia a la explotación de las infraestructuras ferroviarias y de aquellas otras que se exploten por ser patrimonio adquirido o adscrito a la Agencia de Obra Pública.

- Asignar los recursos en forma óptima, ordenar y distribuir el trabajo en su área.

- Liderar y motivar a cada uno de los miembros del Area de Explotación y Servicios de infraestructuras ferroviarias.

- Realizar las coordinaciones internas de las actividades y proyectos que se lleven a cabo en el Área de Explotación y Servicios.

- Supervisar la ejecución de las labores de inicio, planificación y desarrollo de obras, producción y puesta en marcha de las infraestructuras ferroviarias.

- Asumir todas las responsabilidades finales en la explotación y gestión de infraestructuras ferroviarias a su cargo.

- Representar a la AOPJA en los actos públicos de licitación o concursos para la licitación de explotación.

- Representar a la AOPJA en la elaboración de proyectos y convenios de colaboración.

- Aquellas funciones que le sean específicamente encargadas por el Director/a Gerente.

2. Perfil competencial. Conjunto de capacidades y habilidades que son relevantes para desempeñar el puesto de trabajo.

2.1. Competencias técnicas.

a) Profundo conocimiento de las materias correspondientes de infraestructuras ferroviarias o tranviarias.

b) Amplios conocimientos del proceso de ejecución de las labores de inicio, planificación y desarrollo de obras, producción y puesta en marcha de las infraestructuras ferroviarias o tranviarias.

c) Legislación y normativa: Conocimiento de la legislación administrativa de las materias que son de su ámbito de responsabilidad.

d) Prevención de Riesgos Laborales: Conocimiento del marco jurídico de la seguridad y salud laboral.

e) Informática de usuario: Utilización de las aplicaciones de trabajo adaptadas especialmente para su área de trabajo.

f) Gestión de la calidad: Conocimiento y gestión de las herramientas para la mejor prestación de servicios y mejora continua.

2.2. Competencias profesionales

g) Vocación de servicio público. Capacidad para actuar con integridad, responsabilidad y sensibilidad social, priorizando siempre las necesidades de la ciudadanía por encima de intereses particulares u organizativos.

h) Dirección estratégica. Capacidad para definir políticas de explotación y planificación ferroviaria coherentes con los objetivos de la Agencia y las directrices de la Consejería, asegurando la correcta interpretación y aplicación de dichas orientaciones.

i) Gestión y supervisión. Capacidad para dirigir, coordinar y controlar la actividad de operadoras y contratación de servicios relacionados con la explotación, garantizando el cumplimiento de los contratos, los niveles de servicio, los indicadores de explotación y la normativa ferroviaria.

j) Toma de decisiones y gestión de riesgo. Capacidad para analizar escenarios operativos, evaluar impactos en la explotación, anticipar riesgos y adoptar decisiones fundamentadas que garanticen la continuidad y seguridad del servicio.

k) Liderazgo. Capacidad para conducir y motivar a un grupo de personas hacia los objetivos asignados estableciendo el grado de delegación más adecuado, transmitiendo las directrices y prioridades con claridad para conseguir los resultados previstos, proporcionando información adecuada y manteniendo un buen clima de grupo.

l) Cooperación y desarrollo de equipos. Capacidad para fomentar un entorno de trabajo colaborativo, impulsando la coordinación eficaz entre el personal del área y las distintas unidades organizativas de la Agencia, incluyendo la habilidad para desarrollar el talento del equipo propio, promover la participación, facilitar la comunicación interna y orientar el trabajo conjunto hacia el logro de los objetivos estratégicos de la entidad.

m) Comunicación. Capacidad para comunicar de forma clara y rigurosa con operadores, administraciones, órganos de la Consejería, proveedores y otros agentes del sistema ferroviario, facilitando la coordinación y la toma de decisiones.

n) Negociación. Capacidad para negociar con operadores externos, proveedores, administraciones y otros agentes, alcanzando acuerdos que optimicen la explotación y protejan los intereses de la Agencia.

o) Flexibilidad y gestión del cambio. Capacidad para adaptarse a cambios normativos, tecnológicos y organizativos, impulsando la mejora continua y modernización de los sistemas de explotación.

3. Régimen de contratación, retribución y centro de trabajo.

Contrato de Alta Dirección en los términos previstos en el artículo 2.1.a) de Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación de carácter especial del personal de alta dirección.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026, la contratación deberá ajustarse al modelo aprobado por la Consejería competente en materia de sector público instrumental y requerirá autorización previa de la persona titular de la Consejería a la que se encuentre adscrita la entidad, previo informe favorable de la Consejería competente en materia de sector público instrumental.

En consecuencia, se formalizará mediante modelo dispuesto en la Resolución de 6 de marzo de 2025, de la Dirección General de Planificación y Organización del Sector Público Andaluz, por la que se aprueban los modelos de contrato de alta dirección para el personal directivo de las Agencias de Régimen Especial, Agencias Públicas Empresariales, Sociedades Mercantiles, Fundaciones y Consorcios del sector público andaluz.

3.1. Retribución.

Las retribuciones vendrán fijadas por lo establecido en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2026, de acuerdo con el régimen retributivo de esta entidad, y que ascienden a 71.341,24 euros brutos anuales, distribuidos en doce mensualidades y dos pagas extraordinarias en junio y diciembre). A ello se añadirá el complemento de antigüedad correspondiente por tiempo trabajado en el sector público, según la acreditación aportada por la persona seleccionada.

Dicho importe estará sometido a las prescripciones contenidas en el Acuerdo de 26 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se adecúan las retribuciones aplicables al personal asimilado a alto cargo y otro personal directivo de determinadas entidades instrumentales del sector público andaluz y de los consorcios adscritos a la Administración de la Junta de Andalucía.

3.2. Centro de trabajo.

El centro de trabajo está ubicado en los Servicios Centrales de esta entidad en Sevilla.

4. Requisitos para la participación.

4.1. Requisitos generales de participación en procesos selectivos para acceso al empleo público previstos en los artículos 56.1 y 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (R.D.L. 5/2015, de 30 de octubre).

4.2. Requisitos específicos mínimos.

4.2.1. Título universitario exigido.

Poseer titulación universitaria de grado superior en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos, o equivalente (Grado más Máster, nivel 3 meces). Estar en posesión del título universitario oficial expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia, o bien la convalidación u homogeneización pertinente emitida por dicho Ministerio conforme al marco legal de aplicación.

4.2.2. Experiencia mínima requerida y acreditada en el ámbito de las infraestructuras ferroviarias o viarias.

Se requerirá una experiencia mínima de 10 años (entre funciones de ejecución, gestión y dirección de proyectos y obras de infraestructuras viarias o ferroviarias, a computar si están realizadas con la titulación universitaria de grado superior en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos, o equivalente (Grado más Máster, nivel 3 meces).

4.2.3. Experiencia mínima requerida y acreditada en puestos de dirección.

Se requerirá al menos una experiencia de 2 años en puestos directivos relacionados con la Dirección de Explotación en líneas de transporte ferroviario o tranviario de pasajeros.

4.2.4. Experiencia mínima en el ámbito del sector público.

Se requerirá al menos una experiencia de 5 años en puestos desempeñados en el ámbito del sector público.

4.2.5. Poseer permiso de conducir y disponibilidad para viajar.

5. Requisitos valorables. Méritos.

Se valorarán los méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de acuerdo con los siguientes criterios:

5.1. Experiencia especializada (puntuación total máxima 55 puntos):

- Experiencia adicional a la mínima requerida y acreditada (10 años) en el ámbito de las infraestructuras ferroviarias o viarias: Hasta 30 puntos.

Se valorará:

• En entidades públicas: 0,25 puntos/mes.

• En el sector privado: 0,15 puntos/mes.

- Experiencia adicional a la mínima requerida y acreditada en puestos de dirección (2 años) relacionados con la Dirección en la Explotación de líneas de transporte ferroviario o tranviario de pasajeros: Hasta 25 puntos.

Se valorará:

• En entidades públicas: 1 punto/mes.

• En el sector privado: 0,50 puntos/mes.

5.2. Formación específica/conocimiento idiomas (puntuación total máxima 15 puntos):

- Formación específica: Hasta 10 puntos, por realización de cursos de formación en las siguientes materias:

• Dirección y Administración de Empresas.

• Sistemas de Calidad y Medioambiente.

• Planificación estratégica.

• Dirección de equipos.

• Seguridad y prevención de riesgos laborales.

• Proyección, ejecución o explotación de infraestructuras viarias o de transporte ferroviario o tranviario de pasajeros.

Se valorará:

• Por un curso de duración mínima de 300 horas: 10 puntos.

• Por cada curso de duración comprendida entre 100 y 299 horas: 5 puntos/curso.

• Por cada curso de duración comprendida entre 20 y 99 horas: 2 puntos/curso.

- Conocimientos de idiomas (máximo 5 puntos):

Se valorará:

• Por cada certificado oficial de idiomas de nivel mínimo B2 o equivalente: 2,5 puntos.

6. Competencias técnicas y profesionales a valorar por el Comité Calificador en la entrevista (puntuación total máxima 30 puntos):

Cada subapartado especificado en los apartados 2.1. Competencias técnicas (6 subapartados) y 2.2 Competencias profesionales (9 subapartados) será evaluado con puntuación 0 (no cumple suficientemente), 1 (cumple suficientemente) o 2 (cumple de manera destacada).

7. Comité Calificador.

Se constituirá un Comité Calificador, de conformidad con lo previsto en el artículo 25.1 de la Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026, compuestos por personal o titulares de órganos de la Consejería de adscripción de la Agencia, así como por un representante de la propia Agencia, seleccionados conforme a los principios de profesionalidad e idoneidad. La composición del mismo será publicada, al menos, en la sección de Transparencia del Portal de la Junta de Andalucía.

8. Solicitudes de participación, plazo de presentación y documentación acreditativa.

8.1. Solicitudes de participación y plazo de presentación.

Las personas que deseen participar en el proceso de selección deberán cumplimentar el modelo de Solicitud de participación y autobaremación de méritos para proceso de selección del Anexo I, que se publicará con las bases de la convocatoria y se pondrá a disposición en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía (apartado Empleo Público: Ofertas de Empleo de Entidades Instrumentales). La solicitud habrá de ir acompañada de la documentación acreditativa que se describe en los apartados 8.2, 8.3, y 8.4 siguientes.

Toda la información asociada a este proceso selectivo se publicará igualmente en la sección de Transparencia del Portal de la Junta de Andalucía.

Las solicitudes se presentarán en formato electrónico, según lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el Registro Electrónico Único-Junta de Andalucía (https://veaja.cloud.juntadeandalucia.es/inicio/procedimiento-detalle/PEG_VEA), remitiendo justificación de su presentación al siguiente correo electrónico de la Agencia: RH@aopandalucia.es

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante. No se admitirán solicitudes de participación remitidas por otras vías. Tanto la no presentación de solicitudes o documentación como su presentación fuera de plazo, serán causa automática de exclusión del proceso de selección. Será igualmente causa de exclusión del proceso de selección, cualquier falsedad, anomalía o irregularidad detectada en los datos o documentos aportados.

8.2. Curriculum vitae.

8.3. Acreditación de los requisitos generales.

Copia del DNI o documento que acredite la nacionalidad.

8.4. Acreditación de los requisitos específicos para la participación y méritos valorables por las personas candidatas.

8.4.1. Acreditación de la titulación mínima exigida: Copia del título universitario exigido. En el caso de que se aleguen equivalencias u homologaciones de títulos obtenidos, se deberá aportar certificación en tal sentido.

8.4.2. Acreditación de la experiencia profesional en entidades tanto públicas como privadas: documentación que acredite la experiencia laboral: Copias de los contratos de trabajo o certificado de vida laboral, así como un certificado de funciones, sellado y firmado por las Empresas o entidades en la que haya desarrollado las funciones requeridas para la posición convocada.

8.4.3. Acreditación de la formación: Copia de los diplomas o documentos acreditativos de la realización de los cursos de formación.

8.4.4. Acreditación de la formación/conocimientos de idiomas: se acreditará mediante:

- Certificados oficiales (Cambridge, TOEFL, IELTS, Escuela Oficial de Idiomas, etc.), de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL).

8.4.5. Acreditación de la posesión de permiso de conducir: permiso de conducir tipo B.

Las personas candidatas podrán adjuntar a la solicitud cuanta información consideren relevante para la consideración de méritos.

Las personas candidatas con grado de discapacidad deberán aportar certificado del grado de discapacidad donde se especifique el porcentaje reconocido, e informe de Adecuación al Puesto de Trabajo expedido por los Centros de Valoración y Orientación.

9. Proceso de selección.

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

9.1. Preselección.

Se realizará una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes. El Departamento de Recursos Humanos de la Agencia será el encargado de comprobar el cumplimiento de los requisitos recogidos en el apartado 4 de esta convocatoria.

En esta fase se realizarán las siguientes actuaciones:

a) Certificación del registro de las solicitudes recibidas y de la documentación aportada con las mismas.

b) Comprobación del cumplimiento por las candidaturas de los requisitos generales y mínimos establecidos en la convocatoria.

c) Redacción del informe de preselección, al que se adjuntará la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos señalados en la convocatoria por las candidaturas preseleccionadas y de los méritos alegados, para su elevación al Comité Calificador.

9.2. Baremación.

El Comité Calificador llevará a cabo la comprobación de las solicitudes de participación y autobaremaciones realizadas, elaborando un listado provisional de candidaturas admitidas y excluidas, en orden de mayor a menor puntuación, de acuerdo con los aspectos y criterios de valoración recogidos en el apartado 5 y cuya puntuación máxima será de 70 puntos. Si procediera modificar la puntuación de las autobaremaciones, ésta nunca podrá superar la autobaremación total inicial presentada por la candidatura.

Contra este listado podrán presentarse reclamaciones en los 3 días hábiles siguientes a su publicación, presentándose alegación, preferiblemente al correo electrónico RH@aopandalucia.es o mediante escrito presentado al Registro Electrónico Único-Junta de Andalucía dirigido al Comité Calificador, remitiendo justificación de su presentación al correo electrónico anteriormente mencionado.

Transcurrido el plazo para reclamar, o resueltas en su caso las reclamaciones planteadas, se publicarán:

a) Un listado definitivo de las personas que pasan a la fase de entrevista competencial, con indicación expresa del lugar, fecha y hora de realización de la citada entrevista. Las tres primeras candidaturas pasarán a la fase de entrevista personal, exigiéndose para ello que en la baremación de méritos (experiencia y formación) se haya obtenido una puntuación mínima de, al menos, el 60% de la puntuación asignada (42 puntos), y que la diferencia de puntuación entre las candidaturas mejor valoradas sea inferior a 15 puntos de los 70 obtenibles en esta fase.

b) Un listado definitivo de las personas excluidas, con identificación de la causa de exclusión.

9.3. Entrevista personal.

Las tres candidaturas con mayor puntuación en el listado definitivo serán convocadas a la entrevista personal, siempre y cuando en la fase de baremación de méritos (experiencia y formación) se haya obtenido una puntuación mínima de, al menos, el 60% de la puntuación asignada (42 puntos) y la diferencia de puntuación entre las candidaturas mejor valoradas sea inferior a 15 puntos de los 70 obtenibles como máximo en la fase de baremación. La puntuación máxima de la entrevista será de 30 puntos. En la entrevista personal se determinará el ajuste del candidato/a al puesto ofertado, y la idoneidad de la persona aspirante al mismo, valorándose las competencias del apartado 2.1 de esta convocatoria, así como la adaptación al puesto.

En la entrevista personal se deberá superar, al menos, el 50% de la puntuación asignada a esta fase, para considerarse superada, y estará basada en evidencias objetivas relacionadas con el perfil del puesto de trabajo concreto. La entrevista se llevará a cabo siguiendo el guión y estructura determinados en su diseño y será la misma para todas las personas candidatas, garantizando así la imparcialidad y objetividad de la misma.

Podrá elaborarse un cuestionario de autoevaluación de la persona candidata sobre los distintos aspectos valorables, que puede servir para la preparación de la entrevista.

El Comité Calificador podrá en cualquier momento contrastar todos los datos, documentos y méritos aportados por las personas interesadas, así como solicitar las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada valoración.

Las comunicaciones con las candidaturas serán por correo electrónico y con acuse de recibo, mediante la dirección de correo electrónico indicada por la persona candidata en su solicitud.

En caso de empate en la puntuación total en el proceso selectivo, este será resuelto según la candidatura con mayor puntuación obtenida en la entrevista personal.

9.4. Resolución del proceso y publicidad.

El Comité Calificador emitirá informe de propuesta de designación, en el que se indique la candidatura que ha superado el proceso de selección. Este informe será elevad al órgano competente para acordar el nombramiento, el cual resolverá la designación de la persona seleccionada para ocupar el puesto.

El resultado del proceso será publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la web de la Agencia y en el Portal de Transparencia del Portal de la Junta de Andalucía.

10. Incidencias y recursos.

El Comité Calificador estará facultado para resolver cuantas dudas se presenten, así como la toma de decisiones necesarias para el buen desarrollo del proceso selectivo.

De conformidad con lo establecido en los vigentes Estatutos de esta entidad y para cuanto no esté previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la legislación de carácter general y demás normas de aplicación.

Descargar PDF