Corrección de errores de la Resolución de 19 de febrero de 2026, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la escala de Gestión Universitaria, por el sistema de promoción interna (BOJA núm. 37, de 24 de febrero de 2026).
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Advertido error en las bases de la convocatoria, correspondiente a la Resolución de 19 de febrero de 2026 de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la escala de Gestión Universitaria, por el sistema de promoción interna, publicada en el BOJA núm. 37, de 24 de febrero de 2026, se procede a su rectificación conforme a lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el sentido siguiente:
Primero.
Donde dice, en la página 2474/10:
7.3.3. En esta fase se valorarán los siguientes méritos, los cuales deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) Antigüedad. Máximo 13 puntos. La antigüedad del funcionario/a teniendo en cuenta para ello los servicios prestados reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, será valorada a razón de 0,65 puntos por año completo o parte proporcional en las fracciones de menores al año.
b) Grado personal. Máximo 12 puntos. El grado personal consolidado se valorará conforme a la siguiente escala:
Grado de Nivel 22 - 21: 12,0 puntos.
Grado de Nivel 20 - 19: 11,0 puntos.
Grado de Nivel 18: 10,0 puntos.
Grado de Nivel 17 o inferior: 9,0 puntos.
c) Puesto de Trabajo. Máximo 11 puntos. Se valorará el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que desempeñe el/la aspirante, en la Universidad de Sevilla, de acuerdo con la siguiente escala:
Nivel 21 o superior: 11,0 puntos.
Nivel 20 - 19: 9,5 puntos.
Nivel 18: 8,0 puntos.
Nivel 17 o inferior: 6,5 puntos.
d) Titulación. Máximo 3 puntos. Se valorará sólo el máximo nivel académico alcanzado según la siguiente escala:
- Doctor: 3 puntos.
- Máster Oficial con la previa titulación de Grado/Licenciatura: 2,5 puntos.
- Grado, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o titulación equivalente: 2 puntos.
- Máster Oficial con la previa titulación de Diplomatura: 1,5 puntos.
- Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico: 1 punto.
En el caso de las titulaciones oficiales obtenidas con anterioridad a la implantación del Plan de Bolonia las titulaciones de dos años se reconocerán como equivalentes a 120 créditos ECTS, las diplomaturas se reconocerán como equivalentes a 180 créditos ECTS y las licenciaturas como equivalentes a 300 créditos ECTS. Si una asignatura es convalidada o reconocida para otra titulación sus créditos sólo serán computados en la primera titulación.
e) Formación. Máximo 3 puntos. Se valorarán las actividades formativas organizadas o reconocidas por el Servicio Formación PTGAS de la Universidad de Sevilla y realizadas por la persona candidata, a razón de 0,01 por hora. En caso de que haya participado como persona formadora, la valoración corresponderá a 0,012 por hora.
f) Superación de ejercicios de procesos selectivos de promoción interna del mismo nivel en la Universidad de Sevilla. Máximo 3 puntos. Se valorará a razón de 1 punto por cada ejercicio superado.
Debe decir:
«7.3.3. En esta fase se valorarán los siguientes méritos, los cuales deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) Antigüedad. Máximo 13 puntos. La antigüedad del funcionario/a teniendo en cuenta para ello los servicios prestados reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, será valorada a razón de 0,65 puntos por año completo o parte proporcional en las fracciones de menores al año.
b) Puesto de Trabajo. Máximo 11 puntos. Se valorará el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que desempeñe el/la aspirante, en la Universidad de Sevilla, de acuerdo con la siguiente escala:
Nivel 21 o superior: 11,0 puntos.
Nivel 20 - 19: 9,5 puntos.
Nivel 18: 8,0 puntos.
Nivel 17 o inferior: 6,5 puntos.
c) Titulación. Máximo 3 puntos. Se valorará sólo el máximo nivel académico alcanzado según la siguiente escala:
- Doctor: 3 puntos.
- Máster Oficial con la previa titulación de Grado/Licenciatura: 2,5 puntos.
- Grado, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o titulación equivalente: 2 puntos.
- Máster Oficial con la previa titulación de Diplomatura: 1,5 puntos.
- Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico: 1 punto.»
d) Formación. Máximo 3 puntos. Se valorarán las actividades formativas organizadas o reconocidas por el Servicio Formación PTGAS de la Universidad de Sevilla y realizadas por la persona candidata, a razón de 0,01 por hora. En caso de que haya participado como persona formadora, la valoración corresponderá a 0,012 por hora.
e) Superación de ejercicios de procesos selectivos de promoción interna del mismo nivel en la Universidad de Sevilla. Máximo 3 puntos. Se valorará a razón de 1 punto por cada ejercicio superado.
Segundo.
Donde dice, en la página 2474/15:
PROGRAMA DE MATERIAS
PRIMERA PARTE: ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN
5. Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía: Objeto, ámbito de aplicación, definiciones y principios generales (artículos 1, 2, 3 y 4); integración de la perspectiva de género en las políticas públicas (Título I Capítulo I); igualdad en la educación (enseñanza universitaria) (Título II, Capítulo I, Sección 2.ª). Normativa para la prevención, evaluación e intervención en situaciones de violencia, discriminación y acoso en la Universidad de Sevilla (Acuerdo 9.1/CG 18-12-24): Título I. Objeto y ámbito de aplicación; Título III. Capítulo I. El Comité Técnico para la Prevención, Evaluación e Intervención en Situaciones de Violencia, Discriminación y Acoso; Capítulo II. Procedimiento específico de Evaluación e Intervención ante Situaciones de Violencia, Discriminación y Acoso: Artículo 14. Garantías que debe cumplir el procedimiento, Artículo 16. Inicio del Procedimiento de Intervención.
Debe decir:
PROGRAMA DE MATERIAS
PRIMERA PARTE: ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN
5. Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía: Objeto, ámbito de aplicación, definiciones y principios generales (artículos 1, 2, 3 y 4); integración de la perspectiva de género en las políticas públicas (Título I Capítulo I); igualdad en la educación (enseñanza universitaria) (Título II, Capítulo I, Sección 2.ª). Normativa para la prevención, evaluación e intervención en situaciones de violencia, discriminación y acoso en la Universidad de Sevilla (Acuerdo 9.1/CG 18-12-24): Título I. Objeto y ámbito de aplicación; Título III. Capítulo I. El Comité Técnico para la Prevención, Evaluación e Intervención en Situaciones de Violencia, Discriminación y Acoso; Capítulo II. Procedimiento específico de Evaluación e Intervención ante Situaciones de Violencia, Discriminación y Acoso: Artículo 16. Inicio del Procedimiento de Intervención.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Sra. Rectora de la Universidad de Sevilla a través de la aplicación «Interposición de recursos administrativos» incluida en la sede electrónica de la Universidad de Sevilla:
https://sede.us.es/opencms/system/modules/sede/index, en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, según disponen los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Descargar PDFBOJA nº 46 de 09/03/2026