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Anuncio de 14 de mayo de 2026, de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga, de la resolución por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al órgano judicial y se emplaza a los terceros interesados en el procedimiento.
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En cumplimiento de lo requerido por la Sección 1.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla con sede en Sevilla y en razón del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Entidad Soluciones Consultoras formativas CCR. S.L., contra la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, de fecha 20 de abril de 2026, que ha dado lugar al Procedimiento Ordinario 509/2026.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 78.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que, admitida la demanda, el Letrado o la Letrada de la Administración de Justicia acordará su traslado al demandado, citando a las partes para la celebración de vista, con indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada que remita el expediente administrativo con al menos quince días de antelación del término señalado para la vista.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule el procedimiento administrativo común.
Tercero. Al amparo del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, «Los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente. (…) 3. La publicación de los actos se realizará en el diario oficial que corresponda, según cual sea la Administración de la que proceda el acto a notificar. 4. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 44, la publicación de actos y comunicaciones que, por disposición legal o reglamentaria deba practicarse en tablón de anuncios o edictos, se entenderá cumplida por su publicación en el diario oficial correspondiente.
En virtud de cuanto antecede, esta Delegación Territorial, en uso de las atribuciones conferidas en el Decreto del Presidente 5/2025, de 15 de octubre, por el que se modifica el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías determina que la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo mantiene las actuales competencias (Boletín extraordinario núm. 11, de 15.10.2025).
RESUELVE
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo que ha dado origen al Procedimiento Ordinario 509/2026.
Segundo. Emplazar a aquellas personas interesadas cuyos derechos o intereses legítimos pudieran quedar afectados por las pretensiones de los demandantes con el fin de que, si lo estiman conveniente a sus intereses, puedan comparecer y personarse en forma legal en el plazo de nueve días siguientes a la publicación de esta resolución ante la Sección 1.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla con sede en Sevilla.
De conformidad con lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se informa que de personarse fuera del plazo indicado se les tendrá por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento y, si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.
Málaga, 14 de mayo de 2026.- La Delegada, María del Carmen Sánchez Sierra.
Descargar PDFBOJA nº 95 de 20/05/2026
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