Convenio de Colaboración Social entre la Agencia Tributaria de Andalucía y el Consejo Andaluz de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria

Fecha de suscripción
Partes firmantes
DIRECTOR DE LA AGENCIA TRIBUTARIA DE ANDALUCÍA
PRESIDENTE DEL CONSEJO ANDALUZ DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA
Duración
El presente convenio entrará en vigor al día siguiente de su firma y tendrá una duración de cuatro años a contar desde esa fecha. En cualquier momento antes de la finalización de este plazo, las partes firmantes del convenio podrán acordar de forma expresa su prórroga por un período de cuatro años adicionales.

Objeto

Convenio de Colaboración Social entre la Agencia Tributaria de Andalucía y el Consejo Andaluz de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria para la presentación y pago de autoliquidaciones, así como para la presentación de declaraciones, comunicaciones o cualquier otro documento con trascendencia tributaria mediante la utilización de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en representación de terceros.

Obligaciones económicas

El presente convenio no tiene contenido económico, por lo que no dará lugar a contraprestaciones económicas entre las partes.

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