El Pleno del Consejo Económico y Social de Andalucía, presidido por Ángel J. Gallego Morales, aprueba por unanimidad los Dictámenes 6/2020 y 7/2020, en la sesión celebrada mediante videoconferencia el 11 de diciembre de 2020
El primero de ellos, el Dictamen 6/2020 sobre el Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 71/2017, de 13 de junio, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias y técnicas de las actividades relativas a la aplicación de técnicas de tatuaje, micropigmentación y perforación cutánea piercing (pdf), ha sido solicitado por la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía. De su elaboración se ha ocupado la Comisión de Trabajo de Políticas Sociales, siendo ponente del mismo la consejera del Grupo III, Pilar Lora León.
El objeto del proyecto normativo es la modificación del Decreto 71/2017, de 13 de junio, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias y técnicas de las actividades relativas a la aplicación de técnicas de tatuaje, micropigmentación y perforación cutánea piercing, dada la necesidad de revisar y adecuar la regulación de las condiciones de limpieza, desinfección y esterilización a las innovaciones tanto en procesos como materias y materiales utilizados, basando la nueva regulación en la elaboración de guías que permitan la actualización periódica de forma ágil y dinámica, así como de un sistema de auditorías y control que permita la mejora continua con la ayuda del trabajo programado de revisión. Asimismo, a la vista de las circunstancias actuales, se amplía el plazo establecido en la disposición transitoria segunda del Decreto 71/2017, de 13 de junio, para que las personas aplicadoras de la actividad de tatuaje o micropigmentación obtengan la titulación, el certificado de profesionalidad o la acreditación de la formación parcial acumulable, dado que la oferta formativa y de acreditación existente en la actualidad ha resultado insuficiente para absorber la demanda de acreditaciones profesionales en el plazo fijado por la citada disposición.
El Consejo ha puesto de manifiesto que las Administraciones Públicas deben adoptar medidas destinadas a proteger la salud pública, que permitan garantizar y asegurar la práctica del tatuado, micropigmentación y perforación cutánea, en condiciones higiénicas adecuadas y de seguridad para las personas consumidoras, trabajadoras y profesionales en el ejercicio de la actividad, y ahora más que nunca, si cabe, por la crisis sanitaria que estamos atravesando.
Por lo que respecta al segundo, el Dictamen 7/2020 sobre el Anteproyecto de Ley de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, ha sido solicitado por la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía, y de su elaboración se ha encargado la Comisión de Trabajo de Asuntos Institucionales y Administraciones Públicas, habiendo realizado la ponencia la consejera del Grupo III , Yolanda García Calvente.
El anteproyecto de ley dictaminado tiene por objeto la creación de una Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción y la regulación del procedimiento que ha seguir para la investigación e inspección de los hechos que pudieran ser constitutivos de fraude, corrupción y conflicto de intereses; el establecimiento de un régimen de protección de las personas que formulen denuncias ante la mencionada Oficina, respecto de hechos que pudieran ser constitutivos de fraude, corrupción o conflicto de intereses, y la regulación del régimen sancionador.
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