EL CONSEJO DE GOBIERNO INICIA LOS TRÁMITES DEL PROYECTO DE LEY DE ARTESANÍA DE ANDALUCÍA
El Consejo de Gobierno ha acordado iniciar los trámites del anteproyecto de la Ley de Artesanía de Andalucía, norma que regulará específicamente esta actividad y que será de aplicación a los artesanos individuales, empresas, asociaciones, federaciones y confederaciones artesanas que operan en el territorio andaluz.
La futura ley, la primera de estas características en la comunidad, tendrá como principales objetivos impulsar el oficio artesano, potenciar su prestigio social y garantizar la calidad de los productos. Andalucía es actualmente la comunidad autónoma que acoge un mayor número de establecimientos artesanales, con un total de 2.649 talleres y 10.500 puestos de trabajo.
El borrador, estructurado en siete títulos y 36 artículos, define a la artesanía como aquella actividad económica de creación, producción, restauración o transformación de un producto mediante técnicas singulares (sistemas de manufactura, métodos tradicionales o tratamiento de materias primas, entre otras). Asimismo establece la creación del Repertorio de Oficios Artesanos, con una clasificación en tres grandes grupos: artesanía artística o de creación, artesanía tradicional o popular y artesanía agroalimentaria.
Junto a ello, el anteproyecto detalla las características del sujeto artesano y crea el correspondiente registro. La inscripción en el mismo conllevará la expedición de la Carta del Artesano, con una vigencia de cuatro años y posibilidad de renovación. Como sujeto artesano se define a toda aquella persona física o jurídica que desempeña una actividad considerada como artesanía en un local o taller habilitado al efecto con carácter permanente, así como a las asociaciones, federaciones y confederaciones que tengan como objeto social la realización o fomento de iniciativas en este ámbito.
De igual modo, el texto reconoce específicamente la labor de las personas que hayan desempeñado el oficio de forma ininterrumpida durante un periodo mínimo de 15 años y posean méritos extraordinarios relativos al mantenimiento y promoción de la actividad. Para ellas se establece la concesión de la Carta de Maestro Artesano, que tendrá carácter indefinido.
Distintivos de calidad
Otro de los aspectos novedosos de la futura norma es la creación de distintivos para garantizar la calidad de los productos e identificar su procedencia, así como la declaración de Zonas Artesanales de Interés para agrupaciones municipales, áreas geográficas o áreas concretas de una población en las que se concentren talleres y se produzcan o comercialicen productos artesanos. También se regula la figura de los Puntos de Interés Artesanal para talleres destacados que quedan fuera de las zonas de concentración.
El materia de promoción de la actividad, la principal previsión es el desarrollo del Plan Integral para el Fomento de la Artesanía, cuyos principales objetivos se centrarán en modernizar las pequeñas y medianas empresas, fomentar el asociacionismo comercial y mejorar la cualificación profesional.
El borrador presentado hoy en el Consejo de Gobierno también determina la creación de la Comisión de Artesanía de Andalucía, órgano colegiado de asesoramiento en el que estarán integradas las entidades públicas y privadas relacionadas con el sector, así como representantes de los propios artesanos. Respecto al régimen sancionador, el texto tipifica, entre otras infracciones, el uso indebido de la marca de calidad o de la carta de artesano, entre otras. Además de los apercibimientos y las multas, este régimen incluye medidas accesorias como la suspensión temporal y la revocación de distintivos de calidad y de la declaración de Zonas y Puntos de Interés Artesanal.