SESIÓN DEL

LA JUNTA ADAPTA SU NORMATIVA SOBRE VIVIENDA A LAS NUEVAS MEDIDAS APROBADAS POR EL GOBIERNO CENTRAL

El umbral de ingresos para acceder a una vivienda protegida se eleva y pasa de los actuales 25.788 euros anuales a 35.458 euros

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy la adaptación de la normativa andaluza en materia de vivienda a las medidas sobre el sector aprobadas la semana pasada por el Consejo de Ministros. Esta adecuación se encamina a tres aspectos fundamentales: la apuesta por la vivienda protegida, el fomento del alquiler y la lucha contra el fraude.

Dentro del primero de los objetivos, la principal novedad es el aumento del umbral de ingresos familiares para acceder a una vivienda protegida, que se eleva a 35.458 euros anuales frente a los 25.788 euros que se exigían hasta el momento. Esta decisión implica abrir la oferta de vivienda protegida a un mayor número de familias.

Las ayudas públicas se concentrarán en las familias con ingresos por debajo de los 16.177 euros anuales, ya que este segmento es el menos beneficiado con las actuales deducciones fiscales por la compra de una vivienda.

El objetivo perseguido es que el conjunto de ayudas públicas, directas o fiscales, eviten que el esfuerzo económico para adquirir una vivienda no supere el 30% de los ingresos anuales de las familias.

Los precios de las viviendas oscilarán entre los 64.541 y 82.039 euros para las viviendas de 70 metros cuadrados útiles más 25 de garaje y trastero, según el municipio donde se ubiquen. En el caso de viviendas de 90 metros cuadrados útiles, más 25 de garaje y trastero, la horquilla de renta se moverá entre los 87.994 y los 121.611 euros.
En cuanto a las actuaciones encaminadas a fomentar el alquiler destaca como novedad la adquisición de viviendas ya construidas para su inclusión en el mercado de alquiler. La subvención consistirá en la subsidiación de hasta un máximo del 70% del préstamo hipotecario para viviendas destinadas al alquiler durante 25 años. La subsidiación descenderá al 44% cuando las viviendas se destinen al mercado del alquiler durante 10 años. La renta máxima que se podrá cobrar por estas viviendas es de 5,6 euros por metro cuadrado. En el caso de una vivienda de 70 metros cuadrados, el precio máximo del alquiler será de 392 euros al mes.

Ayudas a la rehabilitación
El decreto aprobado hoy también establece ayudas de hasta 6.000 euros para los propietarios que deseen rehabilitar sus viviendas para destinarlas al alquiler. En principio, estas viviendas deben figurar en la relación de las 33 áreas declaradas por la Junta de rehabilitación concertada o integral. Las viviendas se destinarán al alquiler durante cinco años y el precio de la renta no podrá superar los 5,4 euros por metro cuadrado.

También dentro de este apartado, se articulan ayudas de subsidiación de cuota de préstamo y subvención directa a los promotores que destinen las viviendas al mercado del alquiler durante 10 años. Se mantienen las ayudas en los mismos conceptos que se recogían en el IV Plan Andaluz de Vivienda y Suelo para los promotores que mantengan la vivienda en alquiler durante 25 años.

Los precios máximos de las rentas que se pueden cobrar por estas viviendas son de 3,1 euros por metro cuadrado, en el caso de viviendas a 25 años, y de 5,4 euros por metro cuadrado para viviendas a 10 años. Estas cifras se ajustan a unas rentas mensuales de 217 y 378 euros, respectivamente.

La gestión de estos programas de alquiler y de las futuras ayudas a los inquilinos podrán realizarla directamente con la Junta de Andalucía o bien a través de una nueva figura, las Agencias de Alquiler, que serán entidades públicas o privadas debidamente homologadas inscritas en el Registro Público de Agencias de Alquiler.

En cuanto a la lucha contra el fraude, se mantiene la adjudicación de viviendas protegidas a los solicitantes mediante sorteo y se refuerza el derecho de tanteo y retracto de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía (EPSA) o del promotor en el que delegue sobre las viviendas que se enajenan en el periodo de protección de las mismas. Las viviendas que se adquieran mediante este derecho de tanteo y retracto serán a su vez adjudicadas mediante sorteo entre los solicitantes.

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