Adenda III al Convenio de Coloaboración entre la Consejería de Cultura y el Ayuntamiento de Jaén para la financiación conjunta de obras de construcción de un espacio escénico en la localidad de Jaén, suscrito el 8 de julio de 2002.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Consejería de Cultura
Ayuntamiento de Jaén
Duración
La vigencia del Convenio de Colaboración suscrito por ambas partes finalizaría, salvo acuerdo expreso de las mismas, el 2 de octubre de 2020.

Objeto

La finalidad de esta Adenda es la deinstrumentar los términos para abonar el importe resultante de la liquidación del Convenio de Colaboración suscrito el 8 de julio de 2002, entre la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Jaén para la financiación conjunta de las obras de construcción de un espacio escénico en la localidad de Jaén, y que resulta del balance económico formalizado entre ambas Administraciones con fecha 22 de diciembre de 2014, en el que se reconocen las siguientes cantidades:

Aportación total según Convenios y Adendas I y II: 17.326.871,16 €

Importe de liquidación: 20.461.918,97 €

Importe correspondiente a Adenda III: 3.135.047,81 €

Obligaciones económicas

La Consejería de Cultura abonará el importe de 2.351.285,79€ (dos millones trescientos cincuenta y un mil doscientos ochenta y cinco euros con setenta y nueve céntimos) en el ejercicio presupuestario 2017, mediante la concesión de una subvención directa al Ayuntamiento de Jaén, previa instrucción del correspondiente procedimiento y con arreglo a la normativa vigente en materia de subvenciones. La concesión de la citada subvención estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y se efectuará con cargo a la siguiente partida presupuestaria: 1700030000 45E/76402/00 01.

El Ayuntamiento de Jaén ha abonado el importe de 783.762,02€ (setecientos ochenta y tres mil setecientos sesenta y dos euros y dos céntimos) correspondiente al 25% del incremento de esta Adenda III, conforme consta en escrito de esa entidad local de 26 de diciembre de 2014.

Índice