Convenio de colaboración entre la Consejería de Educación y Deporte y la Federación Andaluza de Tiro Olímpico en materia de formación deportiva al amparo de la Disposición Transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.

Fecha de suscripción
Documento
Partes firmantes
El Consejero de Educación y Deporte
El Presidente de la Federación Andaluza de Tiro Olímpico
Duración
Este Convenio se perfecciona con la prestación del consentimiento de las partes y surtirá efectos a partir de su firma. Su plazo de vigencia será de cuatro años. pudiendo prorrogarse por mutuo acuerdo de las partes,
antes de su finalizaciónc onforme a lo establecidoe n el artículo 49.h) de la Ley 40/2015 de l de octubre

Objeto

El presente convenio tiene por objeto definir los términos de la colaboración entre la Consejería de Educación y  Deporte y la Federación Andaluza de Tiro Olímpico para impartir la formación deportiva del bloque común al amparo de lo dispuesto en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007.

Obligaciones económicas

No conlleva obligaciones económicas para ninguna de las partes.

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