[LARPSICO] La falta de prevención de los riesgos psicosociales en atención primaria puede costarle a la Comunidad de Madrid más de 40 millones de euros
“De aquellos polvos estos lodos”. Como contamos en su día, la Comunidad de Madrid fue condenada por el incumplimiento de sus obligaciones de evaluación de riesgos laborales en general, y psicosociales en particular, en relación con los profesionales de la sanidad. Así, se estableció, en firme, en la STS, 4ª, 50/2022, 19 de enero. Según la sentencia, durante la pandemia ni se dotó a tales profesionales de suficientes medios de protección en sus centros de trabajo ni se tomaron medidas para corregir la gran sobrecarga de trabajo derivada, sin evaluar de forma adecuada los demás factores de riesgo psicosocial que pesaban sobre este grupo profesional, en particular en atención primaria.
A raíz de esa condena, un creciente número de profesionales de la atención primaria madrileña viene presentando demandas individuales, por entender que tal situación de inobservancia preventiva le generó daños psicofísicos, que deberían ser indemnizados por la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM), responsable en última instancia del funcionamiento del SESMAS (Servicio Madrileño de Salud). De inicio, son más de 150 las demandas presentadas, pero el número potencial puede ser de 5000, que es el colectivo profesional que se reconoce potencialmente afectado por parte del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (STSJ Madrid 29/2024, de 17 de enero; reiterad en otras muchas, entre ellas la STSJ Madrid 204/2024, 1 de marzo (pdf). En las demandas, el personal sanitario (la mayoría medicos y medicas de familia de atención primaria) pedía 32.000 € de indemnización, 20.000 por daños morales y 12.000 € como medida disuasoria para la entidad pública empleadora de nuevos incumplimientos de este tipo (“daños punitivos”, los llaman).
El TSJM ha estimado la demanda, pero parcialmente, de modo que asume la existencia del incumplimiento preventivo (venía predeterminado por la sentencia del TS) y la existencia de los daños, pero rebaja la indemnización a 8000 €, porque entiende que no se han probado en los diferentes casos conocidos hasta ahora unos daños más específicos e individualizados. En principio, y sin entrar aquí en más detalles jurídicos, podría pensarse que se trata de una cantidad reducida para una entidad de las dimensiones del SESMAS. Ahora bien, si se tiene en cuenta que se han dictado más de 40 sentencias sobre el mismo asunto y cantidad, parece claro que la valoración cambia. Si se tiene en cuenta que hay más de 150 demandas presentadas el monto puede situarse ya en torno a 1,2 millones de euros. Pero, si además se atiende al efecto contagio que generará este éxito judicial, crecerán sin duda las demandas presentadas, pudiendo situarse en el entorno de las 5000 que se han indicado como profesionales afectados por este conflicto. En consecuencia, la cuantía final indemnizatoria podría situarse en la friolera de 40 millones de €
Nunca como en este caso sirve aquello que nos gusta concluir en este tipo de situaciones: más vale prevenir que reparar, no solo por los costes humanos que se evitan, sino también por los costes financierso que se ahorran. Precisamente, algo así ha debido pensar la Gerencia de Salud de Castilla y León al conocer la STS, 4ª, 310/2024, 21 de febrero (pdf). La cuestión que se planteó en este otro recurso de casación consistía, análogamente al caso madrileño referido, en determinar si la Gerencia de Salud de Castilla y León incumplió los deberes preventivos, en relación con la evaluación de los riesgos relacionados con el contagio y mecanismos de prevención frente al Covid-19, así como de los riesgos psicosociales de los profesionales que prestan sus servicios en las áreas de atención primaria y servicios de Salud especializados y hospitalarias del Complejo Asistencial de las Áreas de Salud de León y Ponferrada. En este caso, el TS concluye, a diferencia de lo que hizo para el SESMAS y la CAM, que no hubo tal incumplimiento.
Con todo, y siempre desde la perspectiva más general de mejora de la acción preventiva que nos concierne y alienta, conviene poner de relieve que el problema subsiste con carácter general, no obstante algunos avances, en términos de nuevas incorporaciones (la hornada o generación MIR que se formó en pandemia) y mayor estabilad contractual. La mayoría asume -y no debería ser así- que se ha formado en un modelo de gestión asistencial de estrés: “no comemos, no dormimos, hay que ver 90 pacientes' y da igual todo" (pero no debería dar igual para nadie, todas las personas nos jugamos mucho en un modelo más racional y sostenible).
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