El Consejo de Gobierno aprueba el Proyecto de Ley de Servicios Ferroviarios de Andalucía

Regula la prestación de servicios y la construcción y gestión de las infraestructuras intracomunitarias
Andalucía, 27/06/2006
El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el proyecto de la Ley de Servicios Ferroviarios de Andalucía, que regulará tanto la prestación de los mismos como la construcción y gestión de las infraestructuras intracomunitarias. Esta norma parte del principio de separación entre ambos aspectos, tal y como marca la política de la Unión Europea, lo que permitirá a la Junta ejercer sus competencias en la materia y gestionar los servicios ferroviarios aunque las infraestructuras sean de titularidad estatal.El proyecto de ley define estos servicios como todos aquellos destinados al transporte de viajeros y mercancías por ferrocarril que discurren íntegra y exclusivamente por territorio andaluz, así como los que tienen su origen y destino la comunidad autónoma, en infraestructuras tanto de titularidad autonómica como de otras administraciones.De acuerdo con la norma, los servicios ferroviarios de Andalucía se clasifican en convencionales y de Alta Velocidad Interior. Los primeros, orientados a la mejora de la cohesión territorial, incluyen los denominados regionales (que dan cobertura a un amplio número de ciudades) y los de cercanías (dentro de las aglomeraciones urbanas y las áreas metropolitanas). Por su parte, la Alta Velocidad Interior conectará, mediante un servicio de altas prestaciones, todas las capitales de provincia y los principales núcleos de población.Con el fin de agilizar la ejecución de proyectos relacionados con los servicios ferroviarios, el proyecto de ley recoge para todos ellos la declaración de interés general. Esta consideración se refuerza en el caso de la Alta Velocidad Interior, cuyos servicios se declaran de interés público para que las obras puedan desarrollarse por procedimientos de especial urgencia.El proyecto recoge la potestad de la Junta para prestar servicios ferroviarios tanto de forma indirecta por concesión (siguiendo el modelo de los metros de Málaga y Sevilla) como a través de entidades o empresas públicas. Asimismo, y en tanto se materialice el traspaso de los recursos para el ejercicio de estas competencias, la Administración autonómica podrá firmar convenios con el Estado para mejorar los servicios existentes. En la colaboración que se acuerde, la Junta no limitará su aportación a financiar los proyectos sino que deberá intervenir directamente en su ejecución, aunque se trate de infraestructuras estatales, y también podrá ceder material móvil para la prestación del servicio.Finalmente, en el capítulo de infraestructuras ferroviarias, el borrador de la ley considera como tales todas aquellas instalaciones y equipamientos de titularidad autonómica y ejecutados con recursos de la Junta. Además, recoge la posibilidad de acordar con otras administraciones el desarrollo de nuevas infraestructuras.


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