Registro de Artesanía de Andalucía: Inscripción, modificación y baja
Información general
Registro de Artesanía de Andalucía: Inscripción, modificación y baja
- Ciudadanía
- Empresas
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
Procedimiento que tiene por objeto la inscripción voluntaria de aquellas personas artesanas cuyo oficio u oficios estén recogidos en el Repertorio de Oficios Artesanos de Andalucía. El resultado de la primera inscripción en el Registro es la emisión de oficio de la Carta de Artesano o Artesana, al objeto de identificar públicamente a las personas artesanas.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos:
Este trámite sólo puede ser realizado de forma presencial.
Para ello, puedes dirigirte a las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o a las oficinas de correos.
Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía, debes solicitar cita previa.
Formularios
- Registro de artesanos y artesanas de Andalucía. Renovación de la carta de artesano o artesana. Solicitud Nº: 001413/1 (Obligatorio)
- Solicitud de registro de artesanos y artesanas de Andalucía. Sección I. Nº: 001404/1D (Obligatorio)
- Solicitud de registro de artesanos y artesanas de Andalucía. Sección II. Nº: 001405/1D (Obligatorio)
- Solicitud de Registro de Artesanos y Artesanas de Andalucía. Nº: 001406/1D (Obligatorio)
- Documentación ya presentada. Nº: 001744/1D (Obligatorio)
Requisitos
Artículo 4 del Decreto 475/2008 de 21 de octubre. Requisitos:
1. Podrán inscribirse voluntariamente en el Registro aquellas personas artesanas que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía y que cumplan los requisitos siguientes:
a) El desempeño de una o varias actividades artesanas incluidas en el Repertorio de Oficios Artesanos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
b) Disposición de un local habilitado con carácter permanente para el desempeño de la actividad o actividades artesanales.
c) En el caso de inscripción de asociaciones, federaciones y confederaciones, los estatutos deben incluir como objeto principal el fomento y la defensa de la artesanía.
2. Para poder inscribirse no se requerirá tiempo mínimo de ejercicio de la actividad artesanal.
3. La inscripción en el Registro no exime a las personas interesadas de los demás permisos, autorizaciones e inscripciones a que estén obligados de acuerdo con la legislación vigente.
Documentación
Decreto 475/2008 de 21 de octubre. Artículo 9. Solicitud y documentación:
1. La solicitud de inscripción se efectuará en formulario normalizado, según los modelos que se acompañan como Anexo I al presente Decreto.
2. Los modelos de solicitud se podrán obtener y cumplimentar en la página web de la Consejería competente en materia de artesanía. Igualmente, estarán a disposición de las personas interesadas en los servicios centrales de la Consejería competente en materia de artesanía y en sus Delegaciones Provinciales.
3. Tanto en el caso de presentación telemática como por vía presencial, las solicitudes se cumplimentarán y se acompañarán de la acreditación del alta en el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas que corresponda al oficio u oficios artesanos que desarrollen y del último recibo del pago de dicho impuesto, o en su caso, la exención del mismo, a excepción de artesanos o artesanas individuales por cuenta ajena.
Además, se exigirá la siguiente documentación, según los casos:
a) Artesanos y artesanas individuales:
1.° Copia del título oficial acreditativo o certificado acreditativo de la formación en el oficio que se ejerza.
2.° Acreditación de la actividad artesana mediante la presentación de un informe de vida laboral actualizado y fotocopia del último contrato de trabajo vigente, en caso de ejercerla por cuenta ajena.
3.° Memoria explicativa de los procesos, técnicas y maquinaria utilizados en la elaboración de sus productos y fotografías de las piezas o productos que realicen, ya sea en formato digital, catálogos o cualquier otra documentación que ilustre claramente la intervención manual en la elaboración de los productos realizados.
4°. Acreditación del oficio artesano mediante un vídeo de una duración mínima de cinco minutos en el que se muestren todas las fases principales del proceso, técnicas y maquinaria utilizados en la elaboración artesana.
b) Empresas artesanas:
1° Copia de la escritura pública de constitución y estatutos debidamente depositados.
2° Memoria explicativa de los procesos, técnicas y maquinaria utilizados en la elaboración de sus productos y fotografías de las piezas o productos que realicen, ya sea en formato digital, catálogos o cualquier otra documentación que ilustre claramente la intervención manual en la elaboración de los productos realizados.
3°. Acreditación del oficio artesano mediante un vídeo de una duración mínima de cinco minutos en el que se muestren todas las fases principales del proceso, técnicas y maquinaria utilizados en la elaboración artesana.
4°. Persona o relación de personas que realizan la actividad artesana en la empresa, así como de la o las responsables del proceso productivo, que deberán estar inscritas en el Registro.
c) Asociaciones, federaciones o confederaciones de artesanos y artesanas:
1.° Copias del acta fundacional y de los estatutos debidamente depositados, así como certificación de la fecha del depósito y denominación de la asociación, federación o confederación de que se trate.
2.° Certificación expedida por la Secretaría u órgano competente de la asociación, federación o confederación de artesanos y artesanas, del acuerdo de aprobación emitido por los respectivos órganos de gobierno que formule la petición de inscripción y que acredite respectivamente, el número de artesanos y artesanas individuales, empresas artesanas asociadas, el número de asociaciones que componen la federación y número de federaciones de la confederación, debiendo todas ellas estar inscritas en el Registro en su sección correspondiente.
4. La presentación de la solicitud de inscripción por parte de las personas artesanas conllevará la autorización al órgano gestor para recabar cuanta información o documentación acreditativa obre en poder de otras Consejerías, de otras Agencias, o de otras Administraciones Públicas, o haya sido elaborada por éstas. En caso de oponerse expresamente, las personas artesanas estarán obligadas a aportar los documentos necesarios para facilitar esa información, junto con la solicitud.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Ley 15/2005, de 22 de diciembre de Artesania de Andalucia
- DECRETO 475/2008, de 21 de octubre, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Artesanos de Andalucía y la Carta de Artesano o Artesana y Maestro Artesano
- Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Almería (Cód.: A01034565).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Cádiz (Cód.: A01034567).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba (Cód.: A01034569).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Granada (Cód.: A01034572).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Huelva (Cód.: A01034575).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Jaén (Cód.: A01034577).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga (Cód.: A01034579).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Sevilla (Cód.: A01034581).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Almería (Cód.: A01034565).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Cádiz (Cód.: A01034567).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba (Cód.: A01034569).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Granada (Cód.: A01034572).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Huelva (Cód.: A01034575).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Jaén (Cód.: A01034577).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga (Cód.: A01034579).
- Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Sevilla (Cód.: A01034581).
- Dirección General de Comercio (Cód.: A01034538).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses. La resolución asignará un número que constará de 9 dígitos en los que se incluirán la provincia,sección y los sujetos artesanos solicitantes.
Silencio: Positivo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
DGC- REGISTRO
La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/420043.html
El responsable del tratamiento es la Dirección General de Comercio cuya dirección es Calle Albert Einstein, 4, Isla de la Cartuja, 41092 de Sevilla y correo electrónico dgcomercio.ceeta@juntadeandalucia.es.
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección Calle Albert Einstein, 4. Isla de la Cartuja. 41092. Sevilla o en el correo electrónico dpd.ceeta@juntadeandalucia.es
Los datos personales proporcionados son necesarios para la inscripción voluntaria de aquellas personas artesanas cuyo oficio u oficios estén recogidos en el Repertorio de Oficios Artesanos de Andalucía.
La base juridica del tratamiento es su consentimiento, que podrá retirar en cualquier momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento previo a su retirada. Asimismo es el cumplimiento de una misión realizada con fines de interés público o en el ejercicio de poderes públicos, derivados de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía
No están previstas cesiones de datos, salvo las legalmente obligatorias (Tribunales de Justicia, Ministerio Fiscal, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Hacienda Pública o Seguridad Social entre otras).
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
01/03/2024 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos