Inscripción de altas, modificaciones y bajas en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) y en el Censo de Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios a Inspeccionar de Andalucía (CEIA)

Información general

Título formal:

Inscripción de altas, modificaciones y bajas en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) y en el Censo de Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios a Inspeccionar de Andalucía (CEIA)

Código:
152
Organismo:
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
  • Asociaciones y organizaciones
  • Otras administraciones
Fecha de creación:
21/10/2009

Descripción

Los vehículos agrícolas (tractores, motocultores, remolques, etc) y otros equipos suspendidos o acoplados a vehículo tractor que se utilicen en la actividad agraria (agrícola, ganadera, forestal) deben inscribirse en ROMA con carácter previo a su matriculación en la Dirección General del Tráfico.

Los equipos de aplicación de productos fitosanitarios (equipos móviles de aplicación de productos fitosanitarios utilizados en otros usos profesionales distinto del agrario, equipos de aplicación montados a bordo de aeronaves y equipos instalados en el interior de invernaderos u otros locales cerrados) deben inscribirse en CEIA, siendo el presente procedimiento de aplicación únicamente para los equipos móviles utilizados en otros usos profesionales. Para el resto de equipos de aplicación de productos fitosanitarios, se estará a lo establecido en los siguientes procedimientos:

Para la realización de los trámites incluidos en este procedimiento, las personas o entidades interesadas, podrán dirigirse a las Delegaciones Territoriales de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. En el caso de que las actuaciones se realicen en las provincias de Cádiz, Córdoba, Huelva y Sevilla también se podrán dirigir a las Oficinas Comarcales Agrarias de las citadas provincias.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Obligaciones para el alta en el ROMA

1. Se inscribirán en el ROMA, previamente a su utilización, todas las máquinas que se vayan a emplear en actividades agrarias, que cumplan con su correspondiente normativa legal y pertenezcan a alguno de los grupos que se relacionan a continuación:

     a) Tractores de cualquier tipo y categoría.

     b) Motocultores.

     c) Tractocarros.

     d) Máquinas automotrices y portadores de cualquier tipo, potencia y peso.

     e) Máquinas remolcadas.

     f) Remolques agrícolas.

     g) Cisternas para el transporte y distribución de líquidos.

     h) Equipos de tratamientos fitosanitarios remolcados o suspendidos, de cualquier capacidad o peso, así como los pulverizadores de arrastre manual (carretilla) con depósito de más de 100 litros.

     i) Equipos de distribución de fertilizantes remolcados o suspendidos, de cualquier capacidad o peso.

     j) Esparcidores de purines y accesorios de distribución localizada de purines.

     k) El resto de máquinas agrícolas, ganaderas y forestales comprendidas en el ámbito de aplicación definido en el artículo 3 de la presente orden, incluidas las suspendidas acoplables a vehículo tractor y los aperos subvencionados, para cuya adquisición se haya concedido un crédito o una subvención oficial, salvo las que hayan resultado excluidas en el Anexo I.

     l) Aquellas máquinas no contempladas anteriormente que pueda determinar la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, previa comunicación de dicha determinación al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

También serán de preceptiva inscripción, las máquinas no incluidas en el listado anterior para cuya adquisición se haya concedido un crédito o una subvención oficial, conforme a la normativa vigente en cada momento, siempre que cumplan lo establecido en el artículo 2, «Ámbito de aplicación», del Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo.

2. La inscripción de una máquina en el ROMA deberá realizarse de forma obligatoria, a instancias de su titular, cuando se dé una de las siguientes situaciones:

     a) Incorporación de maquinaria nueva a la actividad agraria.

     b) Incorporación de maquinaria usada procedente de otros países.

     c) Incorporación al sector agrario, procedente de los sectores de obras y servicios.

     d) Cambio de titularidad, sin modificación de su uso o destino. Las máquinas que provienen de herencias se inscribirán en el ROMA siempre que la persona heredera reúna las características para ser considerado titular de maquinaria agraria. En caso de no ser así, dicha máquina se dará de baja temporal hasta que se produzca la venta, siendo la transferencia de la titularidad directamente al nuevo comprador.

     e) Alta de máquinas en uso. Solo de aplicación para equipos relacionados con las letras h) e i) del listado del apartado anterior.

3. Para poder ser inscritas en el ROMA, las máquinas deberán cumplir las condiciones de seguridad recogidas en el Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, por el que se dictan normas para la aplicación de determinadas Directivas de la CEE, relativas a la homologación de tipos de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, así como de partes y piezas de dichos vehículos y en el Reglamento (UE) núm. 167/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de febrero de 2013, relativo a la homologación de los vehículos agrícolas o forestales, y a la vigilancia del mercado de dichos vehículos.

4. La inscripción de tractores en el ROMA requerirá, además, la homologación y autorización previa del modelo concreto de tractor. Conforme a lo dispuesto en el artículo 6, «Condiciones de seguridad», del Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, cuando un modelo de tractor determinado no reuniera los citados requisitos, su titular deberá solicitar a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación autorización para esa unidad en concreto.

5. Aquellos tractores agrícolas cuya fecha de primera inscripción en el ROMA sea igual o superior a 40 años y que no dispongan de una estructura de protección homologada, no podrán realizar bajas por los siguientes motivos (exceptuando los cambios de titularidad motivados por herencias):

     - Pase del sector agrario a otra actividad.

     - Cambio de titularidad sin modificación de su uso o destino.

     - Baja temporal, incluida la entrega a empresa comercializadora de maquinaria.

 

Obligaciones para modificaciones/bajas en el ROMA

1. A efectos de la actualización de datos, los titulares de maquinaría vendrán obligados a comunicar a la Delegación Territorial de la Consejería con competencia en materia de agricultura, toda modificación que se produzca en cualquiera de las características inscritas en el ROMA y, en particular, los relativos a:

     a) Modificaciones técnicas del equipo, especialmente aquellas que afecten a su volumen o dispositivo de aplicación.

     b) Cambios en los datos identificativos del titular.

2. Igualmente, vendrán obligados a cursar la baja de la misma en el citado Registro cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

     a) Pase del sector agrario a otra actividad.

     b) Desguace, achatarramiento o desuso.

     c) Cambio de titularidad sin modificación de su uso o destino.

     d) Pase a vehículo histórico.

     e) Pase a vehículo de colección.

     f) Baja temporal, incluida la entrega a empresa comercializadora de maquinaria.

     g) Envío a otro país con carácter permanente.

3. Podrá tramitarse la baja temporal de la inscripción en el ROMA de la máquina por no uso, cuando se vaya a prescindir de su utilización por un período de tiempo superior a un año o cuando este resulte imprevisible, incluyendo los supuestos de transmisión de la propiedad a un operador de compraventa para su posterior comercialización.

 

Obligaciones para incripciones en el CEIA

1. Deberán ser inscritos en el CEIA, previamente a su utilización, todos los equipos para la aplicación de productos fitosanitarios en el ámbito de la producción primaria agraria profesional y en los ámbitos de aplicación establecidos en el artículo 46, del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, que se correspondan con alguno de los siguientes géneros de máquinas:

     a) Pulverizadores hidráulicos (de barras o pistolas de pulverización).

     b) Pulverizadores hidroneumáticos.

     c) Pulverizadores neumáticos.

     d) Pulverizadores centrífugos.

     e) Espolvoreadores.

     f) Equipos de aplicación de fitosanitarios montados a bordo de aeronaves.

     g) Equipos instalados en el interior de invernaderos u otros locales cerrados.


2. Por defecto, se entenderán incluidos en el censo todos los equipos ya inscritos en el ROMA o que tengan obligación de inscripción en ese ámbito y se correspondan con los géneros de máquinas citados en el listado anterior.

3. Las inscripciones en el CEIA, de los equipos no incluidos en el punto anterior, así como sus modificaciones y bajas, se realizarán por la Delegación Territorial o Provincial en materia de agricultura, de la provincia donde radique la mayor parte de la explotación o instalación en la que se utilicen los equipos, salvo en el caso de empresas de servicios agrarios u otros usos profesionales no adscritos a instalaciones, en los que se realizará en la provincia donde radique el domicilio social.

Documentación

En cualquier momento mientras la inscripción esté vigente, la Consejería con competencias en materia agraria podrá ejercer las comprobaciones y controles que resulten pertinentes, así como requerir la información o documentación necesaria para su verificación.

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería (Cód.: A01035413).
  • Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Cádiz (Cód.: A01035417).
  • Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Córdoba (Cód.: A01035421).
  • Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Granada (Cód.: A01035524).
  • Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Huelva (Cód.: A01035528).
  • Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Jaén (Cód.: A01035532).
  • Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga (Cód.: A01035536).
  • Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Sevilla (Cód.: A01035554).
  • Oficina Comarcal Agraria de Albox (Cód.: A01034735).
  • Oficina Comarcal Agraria de Almería - la Cañada (Cód.: A01034732).
  • Oficina Comarcal Agraria de Canjáyar (Cód.: A01034734).
  • Oficina Comarcal Agraria de Huércal-Overa (Cód.: A01034733).
  • Oficina Comarcal Agraria de la Mojonera (Cód.: A01034713).
  • Oficina Comarcal Agraria de Vélez-Rubio (Cód.: A01034712).
  • Oficina Comarcal Agraria de Algeciras (Cód.: A01034740).
  • Oficina Comarcal Agraria de Chipiona (Cód.: A01034739).
  • Oficina Comarcal Agraria de Jerez de la Frontera (Cód.: A01034738).
  • Oficina Comarcal Agraria de Medina Sidonia (Cód.: A01034737).
  • Oficina Comarcal Agraria de Sierra de Cádiz (Cód.: A01034736).
  • Oficina Comarcal Agraria de Guadajoz y Campiña Este (Cód.: A01034749).
  • Oficina Comarcal Agraria de la Subbética (Cód.: A01034747).
  • Oficina Comarcal Agraria de la Campiña Sur (Cód.: A01034746).
  • Oficina Comarcal Agraria del Alto Guadalquivir (Cód.: A01034745).
  • Oficina Comarcal Agraria del Valle del Guadiato (Cód.: A01034744).
  • Oficina Comarcal Agraria de la Vega del Guadalquivir (Cód.: A01034743).
  • Oficina Comarcal Agraria de los Pedroches I (Cód.: A01034742).
  • Oficina Comarcal Agraria de los Pedroches II (Cód.: A01034748).
  • Oficina Comarcal Agraria de los Pedroches III (Cód.: A01034741).
  • Oficina Comarcal Agraria de Alhama de Granada (Cód.: A01034760).
  • Oficina Comarcal Agraria de Baza (Cód.: A01034759).
  • Oficina Comarcal Agraria de Guadix (Cód.: A01034758).
  • Oficina Comarcal Agraria de Huéscar (Cód.: A01034757).
  • Oficina Comarcal Agraria de Iznalloz (Cód.: A01034756).
  • Oficina Comarcal Agraria de Loja (Cód.: A01034755).
  • Oficina Comarcal Agraria de Motril (Cód.: A01034754).
  • Oficina Comarcal Agraria de Órgiva (Cód.: A01034753).
  • Oficina Comarcal Agraria de Santa Fe (Cód.: A01034752).
  • Oficina Comarcal Agraria del Entorno de Doñana (Cód.: A01034777).
  • Oficina Comarcal Agraria de Aracena (Cód.: A01034776).
  • Oficina Comarcal Agraria de Cartaya (Cód.: A01034775).
  • Oficina Comarcal Agraria de Cortegana (Cód.: A01034774).
  • Oficina Comarcal Agraria de la Palma del Condado (Cód.: A01034773).
  • Oficina Comarcal Agraria de la Puebla de Guzmán (Cód.: A01034772).
  • Oficina Comarcal Agraria de Valverde del Camino (Cód.: A01034761).
  • Oficina Comarcal Agraria de Beas de Segura (Cód.: A01034784).
  • Oficina Comarcal Agraria de Alcalá la Real (Cód.: A01034787).
  • Oficina Comarcal Agraria de Andújar (Cód.: A01034786).
  • Oficina Comarcal Agraria de Santisteban del Puerto (Cód.: A01034779).
  • Oficina Comarcal Agraria de Cazorla (Cód.: A01034783).
  • Oficina Comarcal Agraria de Huelma (Cód.: A01034782).
  • Oficina Comarcal Agraria de Jaén (Cód.: A01034781).
  • Oficina Comarcal Agraria de Linares (Cód.: A01034780).
  • Oficina Comarcal Agraria de Úbeda (Cód.: A01034778).
  • Oficina Comarcal Agraria de Antequera (Cód.: A01034793).
  • Oficina Comarcal Agraria de Cártama (Cód.: A01034792).
  • Oficina Comarcal Agraria de Estepona (Cód.: A01034791).
  • Oficina Comarcal Agraria de Málaga (Cód.: A01034790).
  • Oficina Comarcal Agraria de Ronda (Cód.: A01034789).
  • Oficina Comarcal Agraria de Vélez-Málaga (Cód.: A01034788).
  • Oficina Comarcal Agraria del Poniente de Sevilla (Cód.: A01034795).
  • Oficina Comarcal Agraria de la Vega de Sevilla (Cód.: A01034812).
  • Oficina Comarcal Agraria de los Alcores (Cód.: A01034785).
  • Oficina Comarcal Agraria de la Sierra Norte (Cód.: A01034800).
  • Oficina Comarcal Agraria la Campiña (Cód.: A01034798).
  • Oficina Comarcal Agraria las Marismas (Cód.: A01034797).
  • Oficina Comarcal Agraria de la Serranía Sudoeste (Cód.: A01034796).
  • Oficina Comarcal Agraria de la Campiña / Sierra Sur (Cód.: A01034799).
  • Oficina Comarcal Agraria del bajo Guadalquivir (Cód.: A01034794).
  • Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (Cód.: A01004613).

Agota vía administrativa

No

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

MAQUINARIA AGRÍCOLA DE ANDALUCÍA

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165605.html

 

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural - Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n - 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgpag.capadr@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n - 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.capadr@juntadeandalucia.es


¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión del Registro de maquinaria agrícola de Andalucía, de instalaciones y otro equipamiento relacionado, así como de empresas de inspección del sector.


¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público (RGPD: 6.1.e), basada en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal.


¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.

No están previstas transferencias internacionales de los datos.


¿Por cuánto tiempo se conservarán?
En el caso de la información incorporada al registro, se conservará mientras que se esté dado de alta en el mismo. La información contenida en los expedientes administrativos se conservará durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 05/11/2021 Se ha modificado en este trámite:Título formal del procedimiento

  • 05/11/2021 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento

  • 05/11/2021 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual

  • 13/05/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 14/05/2024 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • Ayuda en el trámite

    Última actualización: 22/08/2024
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