Procedimiento abierto de enajenación de tierras vacantes procedentes del extinto IARA.
Información general
Procedimiento abierto de enajenación de tierras vacantes procedentes del extinto IARA.
- Ciudadanía
- Empresas
- Administraciones
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
Una vez ultimado el procedimiento de enajenación con carácter preferente a los Ayuntamientos en cuyo término municipal o colindantes radican las tierras, procede la convocatoria de un procedimiento abierto que garantice la igualdad, concurrencia y publicidad en la adjudicación.
Segunda remesa: finalizada la primera remesa de fincas procedentes del extinto IARA en las provincias de Córdoba y Granada, se efectua segunda convocatoria para la enajenación de aquellas fincas cuyo concurso quedó desierto, concretamente en la provincia de Granada, con rebaja de un veinticinco por ciento, porcentaje máximo permitido legalmente.
Consultas: patrimonio-agrario.capadr@juntadeandalucia.es
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
Requisitos
a) Tener, al menos, 18 años cumplidos en la fecha de finalización del plazo otorgado para la presentación de solicitudes.
b) Estar al corriente de obligaciones económicas pendientes con la Hacienda Pública estatal, con la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como con sus organismos dependientes y estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Documentación
1º.- Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad de la persona:
a) Las personas físicas acreditarán su personalidad y capacidad mediante el Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. La Administración podrá consultar los datos de identidad a través de los sistemas de verificación correspondientes, siempre que no medie derecho de oposición. En caso de que se ejercite el derecho de oposición, deberán presentar copia compulsada o bien copia electrónica, sea auténtica o no, del Documento Nacional de Identidad o del documento que haga sus veces.
b) La personalidad y capacidad de los empresarios que fueren personas jurídicas, se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
2º.- Documentos acreditativos de la representación:
Las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra, presentarán acreditación de la representación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5, apartados 3 y 4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, entendiéndose acreditada la otorgada mediante apoderamiento apud acta efectuado por comparecencia personal o por comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica, o a través de la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Junta de Andalucía.
La persona designada representante, deberá acreditar su personalidad y capacidad mediante el Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. La Administración podrá consultar los datos de identidad a través de los sistemas de verificación correspondientes, siempre que no medie derecho de oposición. En caso de que se ejercite el derecho de oposición, deberán presentar copia compulsada o bien copia electrónica, sea auténtica o no, del Documento Nacional de Identidad o del documento que haga sus veces.
3º.- Documentación acreditativa de la constitución de la garantía:
4º.- Documentación a tener en cuenta a efectos de valoración de las solicitudes:
1º.- Plan de explotación en el que debe constar declaración responsable expresa de dedicación a la agricultura o la ganadería, en el caso de resultar persona adjudicataria de las tierras, las actuaciones que se van a realizar, la mano de obra y generación de empleo previstos.
2º.- Acreditación del resto de los criterios de valoración recogidos en el apartado IV.5 de las presentes Bases. Los méritos alegados podrán acreditarse por cualquier medio de prueba admitido en derecho.
5º.-Otros documentos: Declaración y/o documentación justificativa de situación económico-financiera que impida, de forma transitoria, efectuar el pago en los plazos establecidos, en caso de solicitar fraccionamiento/ aplazamiento.
Plazo de Inicio
- 23/11/2023 - 22/12/2023 (Un mes, desde el día siguiente a la publicación de la Resolución)
- 21/07/2023 - 20/09/2023 (Dos meses, desde el día siguiente a la publicación de la Resolución de convocatoria para el procedimiento abierto de enajenación)
Normativa
- Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se declara parcialmente desierto el concurso convocado por Resolución de 7 de julio de 2023 y se efectúa segunda convocatoria para el procedimiento abierto de enajenación de la remesa primera de tierras vacantes procedentes del extinto IARA, en la provincia de Granada.
- Resolución de 7 de julio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se efectúa convocatoria para el procedimiento abierto de enajenación de la remesa primera de tierras vacantes procedentes del extinto Instituto Andaluz de Reforma Agraria, en las provincias de Córdoba y Granada, y se aprueban las bases reguladoras para la adjudicación.
- Corrección de errores del Decreto 78/2021, de 2 de febrero, por el que se establece el procedimiento para la enajenación de tierras vacantes procedentes del extinto Instituto Andaluz de Reforma Agraria (BOJA núm. 24, de 5.2.2021)
- Decreto 78/2021, de 2 de febrero, por el que se establece el procedimiento para la enajenación de tierras vacantes procedentes del extinto Instituto Andaluz de Reforma Agraria.
- Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería (Cód.: A01035413).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Cádiz (Cód.: A01035417).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Córdoba (Cód.: A01035421).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Granada (Cód.: A01035524).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Huelva (Cód.: A01035528).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Jaén (Cód.: A01035532).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga (Cód.: A01035536).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Sevilla (Cód.: A01035554).
- Secretaría General Técnica (Cód.: A01025808), La Consejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. Orden de 21 de noviembre de 2022.
- Secretaría General Técnica (Cód.: A01025808).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 6 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
2024
Granada:22/01/2024. Resolución de 12 de enero de 2024 por la que se declara desierto el concurso convocado por Resolución de 9 de noviembre de 2023, para la enajenación de tierras vacantes procedentes del extinto IARA en la provincia de Granada
2023
Córdoba:12/12/2023. Resolución de 2 de diciembre de 2023 por la que se adjudica lote sito en el término municipal de Santaella (Córdoba), perteneciente a la zona regable del Genil-Cabra
Granada:
06/11/2023. Resolución de 25 de octubre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudica lote sito en el término municipal de Puebla de Don Fadrique (Granada)
Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Información sobre el tratamiento de datos personales
GESTIONES RELACIONADAS CON EL EXTINTO INSTITUTO ANDALUZ DE REFORMA AGRARIA (IARA)
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165685.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible – Secretaría General Técnica cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es sgt.cagpds@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión de procedimientos administrativos relacionados con el extinto Instituto Andaluz de Reforma Agraría (IARA).
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento (RGPD: 6.1.e) y Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.
No están previstas transferencias internacionales de los datos.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?
(Incluir el siguiente apartado únicamente en el caso de que los datos no los aporte el interesado, sino que se obtengan de otra fuente)
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos , donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el consejo de transparencia y protección de datos de andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
14/08/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento
29/03/2022 Se ha modificado el plazo de solicitud.
22/11/2023 Se ha modificado el campo: Plazos
22/11/2023 Se ha modificado el campo: Normativas
22/11/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento
22/11/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento
13/11/2023 Resolución de 25 de octubre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudica lote sito en el término municipal de Puebla de Don Fadrique (Granada) correspondiente a la provincia de Granada
22/01/2024 Resolución de 2 de diciembre de 2023 por la que se adjudica lote sito en el término municipal de Santaella (Córdoba), perteneciente a la zona regable del Genil-Cabra correspondiente a la provincia de Córdoba
22/01/2024 Resolución de 12 de enero de 2024 por la que se declara desierto el concurso convocado por Resolución de 9 de noviembre de 2023, para la enajenación de tierras vacantes procedentes del extinto IARA en la provincia de Granada correspondiente a la provincia de Granada