Ayudas para el almacenamiento privado de mantequilla
Información general
Ayudas para el almacenamiento privado de mantequilla
- Ciudadanía
- Empresas
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
Convocatoria para la presentación de solicitudes para participar en la ayuda prevista en el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 2020/597 de la Comisión, de 30 de abril de 2020, de concesión de ayudas para el almacenamiento privado de mantequilla y fijar el importe de la ayuda por adelantado.
Serán objeto de ayuda la mantequilla, de buena calidad comercial y de origen la Unión Europea, y que cumplan adicionalmente con las condiciones establecidas en la la sección IV del anexo VI del Reglamento Delegado (UE) 2016/1238.
Cuantía de las ayudas:
a) 9,83 EUR por tonelada de almacenamiento para costes fijos de almacenamiento;
b) 0,43 EUR por tonelada por día de almacenamiento contractual.
Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas de almacenamiento privado de mantequilla en Andalucía, los agentes económicos, afincados y registrados a efectos del IVA en la Unión Europea, que pretendan llevar a cabo el almacenamiento de mantequilla por un periodo de tiempo comprendido entre 90 y 180 días naturales, en instalaciones ubicadas en Andalucía, para lo que deberán presentar la correspondiente solicitud, que abarcará una cantidad mínima de 10 toneladas.
Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados y serán presentadas a través de la página web de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía.
Las solicitudes de ayuda y demás comunicaciones y justificantes deberán formularse conforme a los modelos establecidos al efecto y que se encuentran disponibles en la página web de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.
Serán excluidas del procedimiento de almacenamiento las solicitudes presentadas por cualquier otro medio.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Formularios
- COMUNICACIÓN DEL EMPLAZAMIENTO DE LA MANTEQUILLA EN EL LUGAR DE ALMACENAMIENTO. PRODUCTOS ALMACENADOS Nº: 003082/A03D (Obligatorio)
- SOLICITUD DE AYUDA FIJADA POR ANTICIPADO AL ALMACENAMIENTO PRIVADO DE MANTEQUILLA Nº: 003082D (Obligatorio)
- LISTADO DE MIEMBROS Nº: 003085D (Obligatorio)
Requisitos
El agente económico está afincado y registrado a efectos del IVA en la Unión Europea.
El agente económico deberá disponer de un sistema de firma electrónica o un certificado electrónico reconocido que sea válido para poder realizar los trámites contemplados para esta ayuda, expedido por cualquiera de las entidades prestadoras de servicios de certificación incluidas en la lista de confianza a la que se alude en el artículo 10.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Igualmente deberá cumplir los plazos para almacenar el producto y conservar en el almacén indicado, por su cuenta y riesgo, durante el periodo señalado, la cantidad de mantequilla adjudicada, sin modificar o sustituir los productos almacenados ni trasladarlos a otro lugar de almacenamiento privado.
Las básculas del almacenista deberán estar perfectamente calibradas y tendrán una precisión mínima de acuerdo a lo establecido en la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología y el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la citada Ley.
El agente económico conservará los documentos relativos a la prueba de que la mantequilla se ha producido en una empresa autorizada.
La mantequilla se entrega en bloques y empaquetada en envases nuevos, de materiales resistentes, concebidos para protegerla durante las operaciones de transporte, entrada en almacén, almacenamiento y retirada de almacén, identificada conforme a las normas, de tal forma que estén perfectamente localizados a través del registro de almacén.
Los agentes económicos deberán cumplir los requisitos correspondientes establecidos en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de subvenciones y en el apartado 2 del artículo 116 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como de sus obligaciones por reintegro de subvenciones.
Documentación
umentación:
Certificación de la Agencia Española de Administración Tributaria de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias para obtener subvenciones públicas.
Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
Certificación de la Consejería competente de no ser deudor de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Documento acreditativo de la representación legal que ostenta el representante, en caso que, para firmar la solicitud se utilice el certificado electrónico de persona física del representante.
En caso de que el solicitante de la ayuda sea una agrupación de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, carente de personalidad jurídica, en los términos establecidos en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones se adjuntará a la solicitud un anexo de miembros. En este caso se adjuntará para cada uno de los miembros referenciados, Certificado de la Agencia Española de Administración Tributaria de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias para obtener subvenciones públicas, Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social, Certificación de la Consejería competente de no ser deudor de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La ubicación de los productos, aportando planos y/o croquis, acotados y firmados por el responsable de la empresa.
Plazo de Inicio
- 07/05/2020 - 01/07/2020 (Las solicitudes se podrán presentar a partir del 7 de mayo de 2020, siendo la fecha límite para la presentación de las mismas el 30 de junio de 2020.)
Normativa
- REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 908/2014 DE LA COMISIÓN de 6 de agosto de 2014 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) no 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con los organismos pagadores y otros organismos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, las normas relativas a los controles, las garantías y la transparencia
- Reglamento Delegado (UE) 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, las garantías y el uso del euro
- REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/597 DE LA COMISIÓN de 30 de abril de 2020 por el que se concede una ayuda al almacenamiento privado de mantequilla y se fija por anticipado el importe de la ayuda
- Resolución de 7 de mayo de 2020, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se desarrolla la convocatoria de las ayudas previstas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/597 de la Comisión, de 30 de abril de 2020, por el que se concede una ayuda al almacenamiento privado de mantequilla y se fija por anticipado el importe de la ayuda.
- REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1240 DE LA COMISIÓN de 18 de mayo de 2016 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la intervención pública y a la ayuda para el almacenamiento privado
- Extracto de la Resolución de 7 de mayo de 2020, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se desarrolla la convocatoria de las ayudas previstas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/597 de la Comisión, de 30 de abril de 2020, por el que se concede una ayuda al almacenamiento privado de mantequilla y se fija por anticipado el importe de la ayuda.
- Decreto 173/2001, de 24 de julio, por el que se crea el Registro de Industrias Agroalimentarias de Andalucia y se regula su funcionamiento.(Modificado el artículo 5.2 por el Decreto 352/2011, de 29 de noviembre).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones
- Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- · REGLAMENTO (UE) Nº 1306/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) nº 352/78, (CE) nº 165/94, (CE) nº 2799/98, (CE) nº 814/2000, (CE) nº 1290/2005 y (CE) nº 485/2008 del Consejo.
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados (Cód.: A01025807).
- Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados (Cód.: A01025807).
- Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados (Cód.: A01025807).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 6 Meses. 6 meses a partir del día de la presentación de la solicitud de pago de la ayuda
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
SUBVENCIONES, AYUDAS E INDEMNIZACIONES GESTIONADAS POR LA DGADM – FONDOS FEAGA
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165653.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible – Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgadm.cagpds@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para el control, gestión y seguimiento de las solicitudes presentadas.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento ( 6.1.e) RGPD; Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Reglamento (UE) 1306/2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, .
¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.
No están previstas transferencias internacionales de los datos.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?
(Incluir el siguiente apartado únicamente en el caso de que los datos no los aporte el interesado, sino que se obtengan de otra fuente)
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos , donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el consejo de transparencia y protección de datos de andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
25/05/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas