Subvenciones en materia de turismo: fomento de la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las pymes turísticas de Andalucía (PYMETIC)
Información general
Subvenciones en materia de turismo: fomento de la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las pymes turísticas de Andalucía (PYMETIC)
- Empresas
Descripción
Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas fomentar la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) y empresas de trabajo autónomo turísticas de Andalucía (PYMETIC).
Serán objeto de subvención los conceptos que se engloben en alguno de los apartados que se relacionan a continuación:
a) Implantación de nuevas tecnologías de la información y la comunicación que potencien la comercialización electrónica de productos y servicios turísticos, incluyendo la creación de
plataformas de comercialización, o integración en las ya existentes.
b) Actuaciones dirigidas a la integración en la comunidad turística virtual, así como las destinadas a la mejora de la experiencia, la personalización de los servicios y a la atención al cliente.
c) Desarrollo de servicios tecnológicos innovadores, tales como, implementación de software y hardware de gestión avanzada, infraestructura de redes y tecnologías que ayuden a la optimización de
procesos, acceso a servicios en remoto y a bases de datos, creación de contenido optimizado para el ámbito digital (como vídeos o imágenes en 360º) y similares.
d) Creación de productos turísticos basados en la innovación tecnológica, tales como, realidad aumentada y virtual aplicada a la interpretación de los recursos culturales y naturales, nuevas
formas de información turística, aplicación de los recursos tecnológicos avanzados a la comunicación turística, servicios de guías turísticos a través de gafas inteligentes y similares.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
- Solicitud de subvenciones en materia de turismo para el fomento de la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación Pymes turísticas de Andalucía Nº: 003172D (Obligatorio)
- Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos. Subvenciones en materia de turismo para el fomento de la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación Pymes turísticas de Andalucía Nº: 003172/A02D (Obligatorio)
Requisitos
Orden de 15 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las pymes turísticas de Andalucía.
- Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones:
Microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) y empresas de trabajo autónomo turísticas de Andalucía.
En todo caso, se entiende por microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) aquéllas que cumplan los requisitos establecidos en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de la
Unión Europea. De acuerdo con el citado reglamento, la categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas(pyme) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y su volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros. A estos efectos, la solicitante deberá declarar que ostenta la condición de pyme.
Quedan expresamente excluidas de esta orden las sociedades civiles, las comunidades de bienes, así como cualquier otra agrupación de personas físicas, que aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos, o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.
- Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
1) Que tengan establecimiento en funcionamiento en alguno de los municipios del territorio andaluz, excluidos aquellos considerados destinos turísticos maduros del litoral andaluz.
2) Que la actividad subvencionada se desarrolle en territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
3) Que se encuentren inscritos en el Registro de Turismo de Andalucía y dediquen su actividad a la prestación de alguno de los siguientes servicios turísticos:
a) Alojamiento turístico, conforme a los tipos de establecimientos de alojamiento turístico establecidos en el artículo 40 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía.
b) La intermediación, consistente en la organización o comercialización de viajes combinados.
c) La información turística y los servicios de información prestados por guías de turismo.
d) La organización de actividades de turismo activo.
e) Las actividades dirigidas a la organización de congresos, convenciones u otro tipo de eventos vinculados a la actividad empresarial.
Tendrán la consideración de "destino turístico maduro del litoral andaluz", los referidos como tal en la Orden de 5 de enero de 2018, por la que aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a favorecer la recualificación de los destinos turísticos maduros del litoral andaluz mediante el desarrollo de la Economía Digital; en concreto, los siguientes municipios, clasificados por provincias:
En Almería: Carboneras, Cuevas del Almanzora, Énix, Garrucha, Mojácar, Pulpí, Roquetas de Mar y Vera.
En Cádiz: Barbate, Chiclana de la Frontera, Chipiona, Conil de la Frontera, El Puerto de Santa María, Rota, San Fernando, San Roque y Tarifa.
En Granada: Almuñécar, Motril y Salobreña.
En Huelva: Almonte, Ayamonte, Isla Cristina, Lepe y Punta Umbría.
En Málaga: Benalmádena, Estepona, Fuengirola, Mijas, Nerja, Rincón de la Victoria, Torremolinos y Torrox.
- Periodo o periodos durante los que deben mantenerse los requisitos:
Los requisitos señalados en el apartado anterior deberán cumplirse en el momento de presentación de la solicitud y deberán mantenerse hasta la fecha de la resolución de concesión.
- Exigencia de estados contables y registros específicos (apartado 22 del cuadro resumen):
- Disponer de cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por la legislación aplicable, para garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control previstas en la normativa aplicable.
- Todos los documentos contables derivados de la subvención deberán tener reflejo separado en la contabilidad de la entidad beneficiaria a efectos de poder identificar debidamente los gastos y pagos realizados con cargo a la misma.
- Medidas de información y publicidad, obligaciones de transparencia y suministro de información y otras obligaciones y condiciones específicas:
En el apartado 23 del cuadro resumen.
Documentación
Orden de 15 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las pymes turísticas de Andalucía.
- Documentación a presentar con la solicitud: formulario Anexo I.
- Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II, en fase de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos (apartado 15 del cuadro resumen):
a) Copia del DNI/NIE de la persona representante de la entidad, en el supuesto de que conste su oposición a la consulta de datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
b) Copia del NIF de la entidad, en su caso.
c) Copia autenticada de la escritura de constitución inscrita en el Resgistro Mercantil o equivalente. En el caso de empresas de trabajo autónomo, alta en la Declaración Censal.
d) Copia autenticada de la acreditación de la representación en su caso.
e) Acreditación de tener establecimiento en funcionamiento en un municipio de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
f) Certificado bancario acreditativo de la titularidad y del número IBAN (con expresión de los veinticuatro dígitos) de la cuenta de la entidad solicitante.
g) Acreditación de la categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) mediante la aportación de la siguiente documentación, tanto de la propia empresa como, en su caso, de las empresas asociadas o vinculadas a la misma:
- Relación Nominal de Trabajadores (RNT) correspondientes al último ejercicio cerrado y al ejercicio inmediatamente anterior, de todos los códigos de cuenta de cotización (CCC) que tenga el beneficiario.
- Cuentas anuales referidas al último ejercicio cerrado, con acreditación de la aprobación de las mismas por el órgano competente, y en su caso, su depósito en el correspondiente Registro Mercantil.
En empresas que no hayan cerrado aún sus cuentas por primera vez, certificado de la propia empresa sobre el estado de las cuentas a la fecha de publicación de la convocatoria.
h) Declaración responsable de que la empresa solicitante no ha recibido ayudas de minimis en los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso, o que, si las ha recibido, la cuantía de éstas, sumadas al importe de la ayuda que se solicita, no excede de 200.000 euros.
i) Memoria descriptiva del proyecto o actividad, concretando y definiendo las actuaciones planteadas, acompañada de presupuesto detallado con desglose de partidas y conceptos.
Cuando el objeto subvencionable implique la ejecución de obras, deberá aportarse Proyecto Básico que podrá sustituirse, cuando las actuaciones sean obras menores, por una memoria realizada por técnico facultativo competente.
Se entiende como obra menor aquella construcción de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tenga, de forma eventual o permanente, carácter residencial ni público y se desarrollen en una sola planta. Deberá incluirse la aportación del presupuesto de la inversión para la que se solicita la subvención, con desglose de partidas y conceptos, en aquellos supuestos en que éste no se contenga en un proyecto técnico.
j) En el supuesto de que se proceda a la reformulación de la solicitud, junto con el Anexo II de la convocatoria deberá presentarse un presupuesto de ingresos-gastos de la actividad subvencionada, ajustado al importe objeto de reformulación, con desglose de conceptos y partidas.
k) Se aportará la documentación acreditativa necesaria y/o complementaria a efectos de la justificación del cumplimiento de los criterios de valoración establecidos en el apartado 12 de este cuadro resumen.
En particular y entre otra documentación, deberá aportar:
1º) Criterio I:
- Letras A)y B): su cumplimiento será comprobado por el órgano instructor.
- Letra C):
¿ apartado 1º: certificación expedida por la autoridad competente relativa al número de contrataciones con carácter indefinido existentes en la entidad.
¿ apartado 2º: certificación acreditativa del incremento del empleo durante los dos últimos años en al menos un 20%.
¿ apartado 3º: convenio colectivo de aplicación e informe detallado de las mejoras de las condiciones socio-laborales que se comprometen a aplicar respecto de los mismos.
¿ apartado 4º: certificación expedida por el SERCLA u organismo similar acreditativa de no estar inmersa la empresa en procedimientos de conflictividad social.
- Letra D):
¿ apartado 1º: certificados o modelos acreditativos del número de trabajadoras de la empresa expedidos por la autoridad competente.
¿ apartado 2º: compromiso documentado en materia de igualdad o informe de evaluación previa de impacto de género acreditando los avances en la materia en los últimos tres años.
- Letra E): la solvencia técnica de la entidad solicitante se acreditará mediante la descripción pormenorizada de las actuaciones o servicios prestados por la entidad en los últimos seis años, incluido el ejercicio en curso.
- Letra F): certificaciones o distintivos de calidad de la entidad.
- Letra G): certificación acreditativa de la condición de miembro expedida por la asociación empresarial turística de la que la entidad solicitante forme parte.
2º) Criterio II:
- Letra A): Informe sobre en qué medida el proyecto contribuye a la diversificación de la oferta turística en el destino y sobre la capacidad desestacionalizadora del mismo.
- Letra B): Memoria descriptiva de las características innovadoras del proyecto.
- Letra C): Informe en el que se describan los idiomas en los que los contenidos, productos o servicios están disponibles para los clientes.
- Letra D): Informe sobre los empleos al inicio de la actividad y empleos que prevé alcanzar a la finalización de la misma.
- Letra E): Informe sobre actuaciones incluidas en el proyecto que mejoren la accesibilidad global del destino.
- Letra F): Informe técnico sobre las medidas para la reducción del impacto medioambiental a aplicar, con indicación expresa, en su caso, del porcentaje de ahorro energético que implicará la aplicación de dichas medidas al final de la actuación.
Para conocer la fecha de apertura del plazo de 10 días hábiles para la presentación de este Anexo II FORMULARIO DE ALEGACIONES/ACEPTACIÓN/REFORMULACIÓN Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS y de su correspondiente documentación acreditativa, por favor consulte el apartado Seguimiento.
- Documentación a presentar para la justificación de la subvención (apartado 26 del cuadro resumen):
1º. Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, así como de la consecución del resto de los objetivos que, de acuerdo con el apartado 12.a) del Cuadro Resumen, sean evaluados y valorados para la obtención de la condición de entidad
beneficiaria. En esta memoria se deberán recoger, entre otros extremos, cuál haya sido la participación de mujeres y hombres en el cumplimiento de los objetivos, proyectos y compromisos contenidos en la subvención y, en su caso, las actividades desarrolladas en materia de igualdad de género.
2º. Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:
- Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación de la persona acreedora y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas. Esta relación deberá indicar, en su caso, los criterios de reparto de los costes generales y/o
indirectos.
- Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior. En el caso de las facturas y de los documentos sustitutivos de las mismas, su expedición deberá ajustarse, asimismo, al Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
- Documentos bancarios acreditativos del pago o pagos de las citadas facturas. En aplicación de la normativa tributaria, no se admitirán pagos en efectivo por importe igual o superior a 2.500 euros.
- Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
- Con el objetivo de cumplir con el principio de moderación de costes previsto en el apartado 23.b).3º de este cuadro resumen, y cualquiera que sea el importe del gasto subvencionable, la entidad beneficiaria deberá aportar como mínimo tres ofertas de distintos proveedores entre los que no exista vinculación, para su comparación.
- Cuando la realización del objeto subvencionable requiera de la tramitación, por parte de la entidad beneficiaria de la subvención, de cualquiera de los procedimientos contractuales recogidos en la normativa básica sobre Contratos del Sector Público vigente, se deberá acompañar en fase de justificación copia del expediente administrativo tramitado por la entidad beneficiaria para la adjudicación del contrato en cuestión, así como, en su caso, certificación acreditativa de alta en inventario de dicha actuación si es obra o suministro. Cuando el objeto subvencionable consista en la ejecución de obras, se deberá aportar igualmente el correspondiente proyecto de ejecución. De igual modo, se deberá acreditar haber dado cumplimiento a todos los requisitos medioambientales o de cualquier otra naturaleza que exija la acción realizada.
- En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.
3º. Documentación justificativa del empleo estable creado. A tal efecto, deberá aportarse relación nominal de personal existente al inicio de la inversión, así como relación de personal existente a la finalización y justificación de la misma (contratos de trabajo del personal afectado), acompañando, igualmente, documentación que acredite el carácter de estable del empleo creado.
4º. Necesidad de aportar material fotográfico acreditativo de la ejecución de la actividad subvencionada.
5º. Documentación o material acreditativo del cumplimiento de las medidas de información y publicidad previstas en el apartado 23.a).1º.
Los documentos justificativos se aportarán mediante copia digitalizada (mediante la utilización de la firma electrónica) o copia autenticada. Las facturas deberán digitalizarse o compulsarse una vez se incluya en el documento original el estampillado con el siguiente literal:
"Factura incluida en la justificación de la subvención concedida por la Consejería competente en Turismo de la Junta de Andalucía, para el fomento de la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en pymes y empresas de trabajo autónomo, expediente...............
El importe de esta factura se imputa a esta ayuda de forma __ total __ parcial.
Importe de la factura que se imputa a la ayuda (caso imputación parcial): ......... euros".
Plazo de Inicio
- 02/09/2020 - 01/10/2020 (Un mes a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía)
Normativa
- Extracto de la Orden de 17 de agosto de 2020, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, por la que se convocan para el ejercicio 2020 las ayudas previstas en la Orden de 15 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las pymes turísticas de Andalucía.
- Orden de 17 de agosto de 2020, por la que se convocan para el ejercicio 2020 las ayudas previstas en la Orden de 15 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las pymes turísticas de Andalucía.
- Orden de 15 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las pymes turísticas de Andalucía.
- Corrección de errores de la Orden de 15 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las tecnologías de la información y comunicación en las pymes turísticas de Andalucía (BOJA núm. 122, de 26.6.2020).
- Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
- Orden de 5 de febrero de 2021, por la que se procede al reajuste de anualidades establecido en la Orden de 17 de agosto de 2020, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, por la que se convocan para el ejercicio 2020 las ayudas previstas en la Orden de 15 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las Pymes Turísticas de Andalucía.
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Almería (Cód.: A01035333).
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Cádiz (Cód.: A01035360).
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Córdoba (Cód.: A01035375).
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Granada (Cód.: A01035381).
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Huelva (Cód.: A01035394).
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Jaén (Cód.: A01035398).
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Málaga (Cód.: A01035402).
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Sevilla (Cód.: A01035406).
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Almería (Cód.: A01035333), Por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Cádiz (Cód.: A01035360), Por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Córdoba (Cód.: A01035375), Por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Granada (Cód.: A01035381), Por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Huelva (Cód.: A01035394), Por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Jaén (Cód.: A01035398), Por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Málaga (Cód.: A01035402), Por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo..
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Sevilla (Cód.: A01035406), Por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo..
- Secretaría General para el Turismo (Cód.: A01004462).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 6 Meses. A contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes indicado en la convocatoria correspondiente
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
2022
Sevilla:01/04/2022. RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN DE ANEXO 1 DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PYMETIC 2020
2021
Almería:12/01/2021. Resolución de Inadmisión/desistimiento PYMETIC 2020
12/01/2021. PROPUSTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN PYMETIC 2020
27/04/2021. Resolución de concesión de subvención fecha 27/04/2021 (PYMETIC 2020)
11/05/2021. Resolución de corrección de error aritmético en Resolución de concesión de fecha 27/04/2021 (PYMETIC2020)
Cádiz:
18/03/2021. Resolución modificación comisión evaluación PYMETIC 2020
29/06/2021. Resolución de concesión PYMETIC 2020
29/06/2021. Resolución de desistimiento y exclusión PYMETIC 2020
Granada:
21/01/2021. Resolución Inadmisión y desestimiento de solicitudes PYMETIC 2020
21/01/2021. Propuesta provisional de resolución PYMETIC 2020
21/01/2021. Modificación Nombramiento Comisión de Evaluación PYMETIC 2020
02/03/2021. Modificación Nombramiento Comisión de Evaluación PYMETIC 2020
02/11/2021. Resolución de Concesión PYMETIC 2020
Huelva:
11/05/2021. RESOLUCION CONCESION PYMETIC 2020 HUELVA
Jaén:
01/06/2021. Resolución del Procedimiento de Concesión de Subvenciones (Modalidad PYMETIC 2020)
19/07/2021. Resolución Complementaria del Procedimiento de Concesión de Subvenciones (Modalidad PYMETIC 2020)
Málaga:
08/06/2021. Resolución de Concesión de Subvención
Sevilla:
26/04/2021. RESOLUCIÓN DE PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PYMETIC 2020
07/05/2021. RESOLUCIÓN ACPTACIÓN RENUNCIA SUBV PYMETIC 2020 JOSÉ RAMÓN MURIEL REYES
18/11/2021. RESOLUCION ACEPTACION RENUNCIA SUBV PYMETIC 2020 SENDERISMO SEVILLA VIAJES SL
2020
Almería:16/10/2020. Resolución nombramiento miembros de la Comisión de Evaluación PYMETIC2020.
16/10/2020. Acuerdo de Requerimiento de subsanación de solicitudes (Anexo I) PYMETIC.
Cádiz:
14/10/2020. Resolución de nombramiento de comisión de valoración (PYMETIC 2020)
29/10/2020. Resolución de inadmisión (PYMETIC 2020)
29/10/2020. Propuesta provisional de resolución (PYMETIC 2020)
Córdoba:
22/10/2020. Resolución Requerimiento Subsanación de solicitudes PYMETIC 2020
02/12/2020. Propuesta Provisional de Resolución (PYMETIC 2020)
02/12/2020. Resolución de inadmisión y desistimiento PYMETIC 2020
14/04/2021. RESOLUCION NOMBRAMIENTO COMISION VALORACION PYMETIC EJERCICIO 2020
10/05/2021. RESOLUCION CONCESION PYMETIC 2020
10/05/2021. RESOLUCION INADMISION Y DESISTIMIENTO PYMETIC 2020.1
Granada:
23/10/2020. Resolución Nombramiento Comisión de Evaluación PYMETIC 2020
23/10/2020. Resolución Requerimiento Subsanación de solicitudes PYMETIC 2020
Huelva:
05/10/2020. Resolución Nombramiento Comisión de Evaluación PYMETIC 2020
14/10/2020. Resolución de Requerimiento de Subsanación de PYMETIC 2020
30/10/2020. Propuesta Provisional de Resolución PYMETIC2020
03/11/2020. Resolución de inadmisión y desistimiento de solicitudes PYMETIC 2020
Jaén:
09/10/2020. Resolución Nombramiento Comisión de Evaluación PYMETIC 2020
16/10/2020. Resolución Requerimiento de Subsanación de solicitudes PYMETIC2020
06/11/2020. Resolución de Inadmisión y Desistimiento de la solicitudes de subvención (PYMETIC 2020)
06/11/2020. Propuesta Provisional de Resolución (PYMETIC 2020)
11/11/2020. Corrección de errores Propuesta Provisional de Resolución (PYMETIC 2020)
Málaga:
13/10/2020. Resolución Requerimiento Subsanación de Solicitudes
27/10/2020. Resolución de nombramiento de la Comisión de Evaluación de solicitudes
06/11/2020. Resolución de Inadmisión y desistimiento de Solicitudes
29/01/2021. Modificación Nombramiento Comisión Evaluación
03/02/2021. Propuesta Provisional de Resolución
Sevilla:
15/10/2020. Resolución Requerimiento de subsanación de solicitudes de subvenciones PYMETIC 2020
20/10/2020. RESOLUCIÓN NOMBRAMIENTO MIEMBROS DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE SOLICITUDES PYMETIC 2020
02/12/2020. RESOLUCIÓN DE INADMISIÓN Y DESISTIMIENTO DE SOLICITUDES PYMETIC 2020
02/12/2020. PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN DE SUBVENCIONES PYMETIC 2020
21/12/2020. MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN SUBVENCIONES PYMETIC 2020
21/12/2020. RESOLUCIÓN QUE MODIFICA PARCIALMENTE LA RESOLUCIÓN DE INADMISIÓN Y DESISTIMIENTO DE SOLICITUDES DE SUBV PYMETIC 2020
Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Información sobre el tratamiento de datos personales
INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS:
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:
a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de Turismo de la provincia correspondiente, cuya dirección postal a estos efectos es Plaza Nueva, 4. 41071-Sevilla, y su dirección electrónica sgtur.ctrjal@juntadeandalucia.es.
b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.ctrjal@juntadeandalucia.es.
c) Los datos personales que nos indica se incorporan a la actividad de tratamiento «Gestión de Subvenciones», con la finalidad de tramitar el procedimiento relativo a las subvenciones en materia de turismo dirigidas a fomentar la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las Pymes turísticas de Andalucía; la licitud de dicho tratamiento se basa en el artículo 6.1.e) RGPD «Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento», consecuencia de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Orden de 15 de junio de 2020.
Para gestionar su solicitud de subvención es necesario que la persona interesada facilite los datos requeridos, pues de lo contrario sería imposible tramitarla.
d) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica: http://juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.
e) No están previstas cesiones de datos, salvo a posibles encargados de tratamiento por cuenta del responsable del mismo, o de las derivadas de obligación legal.
f) Periodo de conservación de los datos facilitados: Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y la normativa de archivos y documentación.
La información adicional detallada, así como el formulario para la reclamación y/o ejercicio de derechos se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica:
http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166343.html
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
08/06/2021 Se ha publicado: Resolución de Concesión de Subvenciones correspondiente a la provincia de Málaga
29/06/2021 Se ha publicado: Resolución de concesión PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Cádiz
10/05/2021 Se ha publicado: RESOLUCION INADMISION Y DESISTIMIENTO PYMETIC 2020.1 correspondiente a la provincia de Córdoba
21/05/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos
07/05/2021 Se ha publicado: RESOLUCIÓN ACPTACIÓN RENUNCIA SUBV PYMETIC 2020 JOSÉ RAMÓN MURIEL REYES correspondiente a la provincia de Sevilla
07/07/2020 Se ha modificado en este trámite:Tramitación electrónica completa
07/07/2020 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual
07/07/2020 Se ha modificado en este trámite:Órgano de Resolución
07/07/2020 Se ha modificado en este trámite:Modo de solicitud
07/07/2020 Se ha modificado en este trámite:Aportación de Documentación
07/07/2020 Se ha modificado en este trámite:Modo de Consulta de estado
07/07/2020 Se ha modificado en este trámite:Órgano de Tramitación
01/09/2020 Se ha modificado el plazo de solicitud.
01/09/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas
05/10/2020 Se ha publicado: Resolución Nombramiento Comisión de Evaluación PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Huelva
15/10/2020 Se ha publicado: Resolución Requerimiento de subsanación de solicitudes de subvenciones PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Sevilla
14/10/2020 Se ha publicado: Resolución de Requerimiento de Subsanación de PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Huelva
09/10/2020 Se ha publicado: Resolución Nombramiento Comisión de Evaluación PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Jaén
14/10/2020 Se ha publicado: Resolución de nombramiento de comisión de valoración (PYMETIC 2020) correspondiente a la provincia de Cádiz
16/10/2020 Se ha publicado: Acuerdo de Requerimiento de subsanación de solicitudes (Anexo I) PYMETIC. correspondiente a la provincia de Almería
20/10/2020 Se ha publicado: RESOLUCIÓN NOMBRAMIENTO MIEMBROS DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE SOLICITUDES PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Sevilla
17/08/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas
17/08/2020 Se ha modificado en este trámite:Documentación
17/08/2020 Se ha modificado en este trámite:Denominación del procedimiento
17/08/2020 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento
13/10/2020 Se ha publicado: Resolución Requerimiento Subsanación de Solicitudes correspondiente a la provincia de Málaga
23/10/2020 Se ha publicado: n Resolución Nombramieto Comisión de Evaluación PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Granada
23/10/2020 Se ha publicado: Resolución Nombramiento Comisión de Evaluación PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Granada
23/10/2020 Se ha publicado: Resolución Requerimiento Subsanación de solicitudes PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Granada
29/10/2020 Se ha publicado: Resolución de inadmisión (PYMETIC 2020) correspondiente a la provincia de Cádiz
29/10/2020 Se ha publicado: Propuesta provisional de resolución (PYMETIC 2020) correspondiente a la provincia de Cádiz
21/12/2020 Se ha publicado: MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN SUBVENCIONES PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Sevilla
29/01/2021 Se ha publicado: Modificación Nombramiento Comisión Evaluación correspondiente a la provincia de Málaga
10/05/2021 Se ha publicado: RESOLUCION CONCESION PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Córdoba
29/06/2021 Se ha publicado: Resolución de desistimiento y exclusión PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Cádiz
29/06/2021 Se ha publicado: Resolución de concesión PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Cádiz
03/02/2021 Se ha publicado: Propuesta Provisional de Resolución correspondiente a la provincia de Málaga
18/03/2021 Se ha publicado: Resolución modificación comisión evaluación PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Cádiz
01/06/2021 Se ha publicado: Resolución del Procedimiento de Concesión de Subvenciones (Modalidad PYMETIC 2020) correspondiente a la provincia de Jaén
21/01/2021 Se ha publicado: Propuesta provisional de resolución PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Granada
21/01/2021 Se ha publicado: Modificación Nombramiento Comisión de Evaluación PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Granada
15/02/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas
19/07/2021 Se ha publicado: Resolución Complementaria del Procedimiento de Concesión de Subvenciones (Modalidad PYMETIC 2020) correspondiente a la provincia de Jaén
21/01/2021 Se ha publicado: Propuesta provisional de resolución PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Granada
26/04/2021 Se ha publicado: RESOLUCIÓN DE PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Sevilla
11/09/2020 Se ha modificado el plazo de solicitud.
11/09/2020 Se ha modificado el plazo de solicitud.
16/10/2020 Se ha publicado: Resolución nombramiento miembros de la Comisión de Evaluación PYMETIC2020. correspondiente a la provincia de Almería
16/10/2020 Se ha publicado: Resolución Requerimiento de Subsanación de solicitudes PYMETIC2020 correspondiente a la provincia de Jaén
30/10/2020 Se ha publicado: Propuesta Provisional de Resolución PYMETIC2020 correspondiente a la provincia de Huelva
27/10/2020 Se ha publicado: Resolución de nombramiento de la Comisión de Evaluación de solicitudes correspondiente a la provincia de Málaga
03/11/2020 Se ha publicado: Resolución de inadmisión y desistimiento de solicitudes PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Huelva
06/11/2020 Se ha publicado: Resolución de Inadmisión y desistimiento de Solicitudes correspondiente a la provincia de Málaga
06/11/2020 Se ha publicado: Resolución de Inadmisión y desistimiento de Solicitudes correspondiente a la provincia de Málaga
06/11/2020 Se ha publicado: Resolución de Inadmisión y Desistimiento de la solicitudes de subvención (PYMETIC 2020) correspondiente a la provincia de Jaén
06/11/2020 Se ha publicado: Propuesta Provisional de Resolución (PYMETIC 2020) correspondiente a la provincia de Jaén
29/06/2021 Se ha publicado: Resolución de desistimiento y exclusión PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Cádiz
01/04/2022 Se ha publicado: RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN DE ANEXO 1 DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Sevilla
05/11/2020 Se ha modificado en este trámite:Documentación
11/11/2020 Se ha publicado: Corrección de Errores Propuesta Provisional de Resolución (PYMETIC 2020) correspondiente a la provincia de Jaén
11/11/2020 Se ha publicado: Corrección de errores Propuesta Provisional de Resolución (PYMETIC 2020) correspondiente a la provincia de Jaén
02/12/2020 Se ha publicado: PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN DE SUBVENCIONES PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Sevilla
02/11/2021 Se ha publicado: Resolución de Concesión PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Granada
18/11/2021 Se ha publicado: RESOLUCION ACEPTACION RENUNCIA SUBV PYMETIC 2020 SENDERISMO SEVILLA VIAJES SL correspondiente a la provincia de Sevilla
02/12/2020 Se ha publicado: RESOLUCIÓN DE INADMISIÓN Y DESISTIMIENTO DE SOLICITUDES PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Sevilla
14/04/2021 Se ha publicado: RESOLUCION NOMBRAMIENTO COMISION VALORACION PYMETIC EJERCICIO 2020 correspondiente a la provincia de Córdoba
21/12/2020 Se ha publicado: RESOLUCIÓN QUE MODIFICA PARCIALMENTE LA RESOLUCIÓN DE INADMISIÓN Y DESISTIMIENTO DE SOLICITUDES DE SUBV PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Sevilla
12/01/2021 Se ha publicado: PROPUSTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Almería
21/01/2021 Se ha publicado: Resolución Inadmisión y desestimiento de solicitudes PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Granada
11/05/2021 Se ha publicado: RESOLUCION CONCESION PYMETIC 2020 HUELVA correspondiente a la provincia de Huelva
12/01/2021 Se ha publicado: Resolución de Inadmisión/desistimiento PYMETIC 2020 correspondiente a la provincia de Almería