Premios "Andalucía del Turismo"

Información general

Título formal:

Premios "Andalucía del Turismo" (PAT)

Código:
23817
Organismo:
Turismo, Cultura y Deporte
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
  • Asociaciones y organizaciones
  • Administraciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
12/11/2020

Descripción

Concesión de los Premios «Andalucía del Turismo», destinados a reconocer públicamente la labor desempeñada de forma meritoria y relevante por aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que hayan contribuido a destacar la calidad y la excelencia de Andalucía como destino turístico.

Los Premios Andalucía del Turismo, en sus diversas modalidades, tienen carácter honorífico, contribuyendo su otorgamiento al reconocimiento social y profesional de la persona o entidad galardonada en el sector turístico y, en consecuencia, carecen de dotación económica.

 

Los Premios Andalucía del Turismo se concederán en las siguientes modalidades:

 

1. «Premio Andalucía del Turismo a la Excelencia Turística de Instituciones, Asociaciones o Fundaciones».

2. «Premio Andalucía del Turismo a la Trayectoria Empresarial Turística».

3. «Premio Andalucía del Turismo al Trabajador o Trabajadora del Sector Turístico».

4. «Premio Andalucía del Turismo a las Buenas Prácticas en materia de Empleo Turístico».

5. «Premio Andalucía del Turismo a la Comunicación».

6. «Premio Andalucía del Turismo a la Formación e Investigación Turística».

7. «Premio Andalucía del Turismo a la Innovación Turística».

8. «Premio Andalucía del Turismo a la Accesibilidad e Inclusividad Turística».

9. «Premio Andalucía del Turismo al Destino Turístico de Excelencia».

10. «Premio Andalucía del Turismo al Embajador o Embajadora de Andalucía».

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Requisitos

Orden de 6 de noviembre de 2020, por la que se regulan los Premios Andalucía del Turismo:

 

- Candidaturas (artículo 4):

1. Podrán optar a los Premios Andalucía del Turismo, las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que hayan destacado por su aportación continua y relevante al desarrollo turístico de Andalucía.

Se prestará especial atención a aquellas candidaturas que, de acuerdo con criterios de sostenibilidad y calidad, fomenten valores turísticos, culturales, patrimoniales, gastronómicos, sociológicos, medioambientales, igualitarios, inclusivos o de cualquier otro tipo de Andalucía, y que contribuyan de forma manifiesta a hacer del turismo una industria estratégica en nuestra Comunidad Autónoma.

 

2. Podrán proponer candidaturas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que tengan conocimiento de la labor desarrollada en la consecución de los objetivos señalados en las distintas modalidades de premios por otras personas, así como las personas titulares de los órganos directivos centrales y periféricos de la Consejería que tengan atribuidas competencias en materia de turismo.

 

3. No se admitirá a trámite la solicitud realizada por las propias personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, para ser candidatas a ser galardonadas con los Premios.

 

4. En ningún caso podrán ser candidatas las personas titulares de la Presidencia de la Junta de Andalucía, miembros del Consejo de Gobierno o del Parlamento de Andalucía, ni aquellas otras personas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes e Intereses de Altos Cargos y otros Cargos Públicos, cuando la motivación de su candidatura radique exclusivamente en méritos acreditados por el desarrollo de las responsabilidades inherentes a dichos cargos y se hallen en el ejercicio activo de los mismos.

 

5. Así mismo, y en tanto no haya sido objeto de cancelación en el registro competente, tampoco podrán ser candidatas las personas físicas o jurídicas:

a) Que hayan sido sancionadas con carácter firme en vía administrativa por infracciones en materia de turismo, sea cual fuere su clase y naturaleza, siempre que figuren anotadas en el Registro de Turismo de Andalucía y, en todo caso, cuando la infracción haya producido graves daños a la imagen turística de Andalucía;

b) Que hayan sido sancionadas con carácter firme por infracciones graves o muy graves en materia de derechos de las personas consumidoras y usuarias.

c) Que hayan sido sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente.

Documentación

Orden de 6 de noviembre de 2020, por la que se regulan los Premios Andalucía del Turismo:

 

- Documentación (artículo 6):

1. Las candidaturas para todas las modalidades de Premios se formalizarán con la siguiente documentación:

a) Formulario de presentación de candidatura debidamente cumplimentado.

En él se indicará la modalidad de premio a la que se presenta, si bien dicha elección no resultará vinculante para el Jurado, que podrá adscribir la candidatura a otra modalidad distinta a la señalada si las características de la misma lo hacen oportuno.

b) Memoria justificativa de los méritos a valorar.

Hará referencia, en función de la modalidad a la que se presente, a las principales actividades o servicios prestados, la trayectoria empresarial, laboral o profesional desarrollada, el ámbito de actuación, la incidencia en la industria turística andaluza, los datos sobre empleo estable, cualificado e igualitario, los valores de responsabilidad social corporativa de la empresa, las actividades de comunicación, difusión, formación e investigación realizadas, la innovación conceptual o tecnológica en el desarrollo de actividades, las acciones destinadas a lograr la accesibilidad e inclusividad en el sector turístico, su sostenibilidad y la mejora continua de la calidad, así como la defensa de los valores identitarios y la cohesión social de Andalucía, los proyectos o iniciativas de relevancia en el impulso, la promoción o la prestación de servicios turísticos en la Comunidad Autónoma de Andalucía y cualesquiera otros que resulten relevantes.

La Memoria irá acompañada de cuanta documentación, declaraciones responsables, bibliografía y material audiovisual acredite la información contenida en la misma en relación con la candidatura propuesta.

c) En el caso de que la persona propuesta como candidata sea una persona física se deberá aportar su currículum vitae, con expresa indicación de sus títulos académicos y trayectoria laboral o profesional, así como las obras o trabajos publicados, en su caso, así como consentimiento expreso de la misma al tratamiento de sus datos personales.

d) Declaración responsable de la persona proponente o de la persona representante legal de la entidad o institución proponente, así como de la persona propuesta como candidata, de aceptación de las bases de los Premios y del fallo del Jurado.

e) Fotocopia del NIF o NIE de la persona, entidad o institución que se propone como candidata o no oposición de la misma a la consulta de sus datos a través del sistema de verificación de identidad.

 

2. No podrá presentarse documentación adicional una vez finalizado el plazo de admisión de candidaturas, salvo que sea requerida por el Jurado.

 

Plazo de Inicio

  • 01/01/2025 - 30/04/2025 (Abierto todos los años del 1 de enero al 30 de abril)

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
  • Consejero (Cód.: A01025646), Un Jurado, con la composición prevista en el artículo 7 de la Orden de 6 de noviembre de 2020, presidido por la persona titular de la Consejería, emitirá un fallo motivado e inapelable, que será publicado en BOJA.
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. Contados a partir del día siguiente a aquel en el que finalice el plazo para la presentación de candidaturas
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS:

En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:

a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Secretaría General para el Turismo de la Consejería competente en materia de Turismo, cuya dirección postal es Plaza Nueva, 4. 41071-Sevilla, y su dirección electrónica sgtur.ctrjal@juntadeandalucia.es.

b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.ctrjal@juntadeandalucia.es.

c) Los datos personales que nos indica se incorporan a la actividad de tratamiento «Premios Andalucía del Turismo», con la finalidad de tramitar el procedimiento de concesión de los Premios Andalucía del Turismo; la licitud de dicho tratamiento se basa en el artículo 6.1.e) RGPD «Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento», consecuencia de lo establecido en la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía y en la Orden de 6 de noviembre de 2020.

Para gestionar su solicitud de subvención es necesario que la persona interesada facilite los datos requeridos, pues de lo contrario sería imposible tramitarla.

d) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica: http://juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.

e) No están previstas cesiones de datos, salvo a posibles encargados de tratamiento por cuenta del responsable del mismo, o de las derivadas de obligación legal.

f) Periodo de conservación de los datos facilitados: Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y la normativa de archivos y documentación.

La información adicional detallada, así como el formulario para la reclamación y/o ejercicio de derechos se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166332.html

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 21/05/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos

  • 06/07/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 08/09/2023 Publicación de la composición del Jurado Calificador de los Premios Andalucía del Turismo 2023

  • 01/06/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 29/03/2021 Se ha modificado en este trámite:Habilitado

  • 21/05/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos

  • 17/03/2022 Se ha modificado en este trámite:URL de Aportación de Documentación

  • 24/02/2021 Se ha modificado en este trámite:Título formal del procedimiento

  • Última actualización: 30/04/2024
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