Ayudas al sector turístico: Línea 2. Establecimientos de apartamentos turísticos.
Información general
Ayudas al sector turístico: Línea 2. Establecimientos de apartamentos turísticos.
- Ciudadanía
- Empresas
Descripción
Medida extraordinaria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para las pequeñas y medianas empresas con establecimientos de apartamentos turísticos en Andalucía, con el objeto de dar respuesta a sus necesidades de financiación de capital circulante, compensando la caída de ventas o ingresos derivada de los efectos del impacto económico negativo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 y las medidas acordadas para contener la propagación de la pandemia han provocado en su actividad.
Sólo se puede solicitar una línea de subvención por persona beneficiaria de entre estás líneas:
Empresas que organizan actividades de turismo activo, casas rurales, guías de turismo, agencias de viajes, establecimientos hoteleros, establecimientos de apartamentos turísticos y campamentos de turismo y complejos turísticos rurales
Importe de la subvención: 80 euros por cada una de las plazas de los establecimientos de apartamentos turísticos ubicados en Andalucía, que consten en el Registro de Turismo de Andalucía a fecha 13 de marzo de 2020, sin que en ningún caso el importe a percibir por la persona titular de los establecimientos sea inferior a 3.000 euros ni superior a 50.000 euros.
Los gastos subvencionables habrán de haberse realizado en el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y la finalización del plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Ayuda financiada con Fondos Europeos.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
Requisitos
a) Que desarrollen su actividad con anterioridad a la fecha de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, manteniéndola vigente con carácter previo a la concesión de la subvención.
b) Que tengan su domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Andalucía en el periodo indicado.
c) Que se encuentran de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el periodo indicado.
d) Para el supuesto de las pymes de personas autónomas, el alta en Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en todo el periodo señalado
e) Que acrediten la caída de ventas o ingresos provocada por el impacto económico negativo ocasionado por la crisis sanitaria de, al menos, un veinte por ciento, en el ejercicio 2020 respecto al ejercicio 2019.
f) Que estén inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía en todo el periodo señalado.
g) No ser una empresa en crisis a 31 de diciembre de 2019. A los efectos de determinar la condición de empresa en crisis se estará a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
h) Acreditar su condición de pyme, que está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones EUR o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.
Documentación
Plazo de Inicio
- 07/05/2021 - 07/06/2021 (Un mes desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía)
Normativa
- Ley 39/2015, dE 1 DE octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley General de Subvenciones
- Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), para los sectores de los establecimientos hoteleros, de los establecimientos de apartamentos turísticos, de los campamentos de turismo y de los complejos turísticos rurales, y se modifican otras disposiciones normativas
- Extracto del Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), para los sectores de los establecimientos hoteleros, de los establecimientos de apartamentos turísticos, de los campamentos de turismo y de los complejos turísticos rurales, y se modifican otras disposiciones normativas.
- Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía
Información adicional
Órganos responsables
- D. G. de Turismo (Cód.: A01004551).
- D. G. de Turismo (Cód.: A01004551).
- D. G. de Turismo (Cód.: A01004551).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 6 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
2021
18/05/2021. Subsanación telemáticaConsulta el estado de tramitación de tu expediente
Información sobre el tratamiento de datos personales
CTD-Gestión de subvenciones de la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166547.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo cuya dirección es Plaza Nueva, 4, 41071, Sevilla y cuyo correo electrónico es dgcift.ctrjal@juntadeandalucia.es.
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección Plaza Nueva, 4, 41071, Sevilla o en el correo electrónico dpd.ctrjal@juntadeandalucia.es
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para la tramitación de subvenciones.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada con fines de interés público o en el ejercicio de poderes públicos derivados de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y normativa de desarrollo.
Para gestionar su formulario es necesario que la persona interesada facilite los datos requeridos, pues de lo contrario sería imposible tramitarla.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
Está previsto ceder o comunicar sus datos a Otras Administraciones u Organismos Públicos, cuando corresponda.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
14/02/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento
14/02/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento