Concertación de Escuelas Municipales de Policía Local con el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía
Información general
Concertación de Escuelas Municipales de Policía Local con el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía
- Administraciones
Descripción
Las Escuelas Municipales de Policía Local pueden adquirir la condición de concertadas con el IESPA cuando el correspondiente municipio lo solicite y cumplan los requisitos establecidos en la Orden de 24 de febrero de 2000, por la que se regula la concertación de Escuelas de Policía de las Corporaciones Locales con la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, modificada por la Orden de 20 de enero de 2003. Se requiere informe previo de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía. Para el otorgamiento de tal condición deberá considerarse, entre otras circunstancias, la capacidad docente de la Escuela, sus programas formativos, su profesorado, su infraestructura, así como su equipamiento didáctico. La concertación comporta que el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía pueda delegar la impartición de sus cursos en las Escuelas Municipales de Policía Local en los que participen alumnado de otros municipios, ajustando sus programas y duración a los que de igual nivel imparta aquélla. La Escuela Concertada, a través de su Ayuntamiento, presentará en el primer trimestre una memoria anual de las actividades docentes del año anterior, para su aprobación por el Consejo Rector del IESPA.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Formularios
- Solicitud de la condición de escuela municipal de policía concertada con IESPA. Nº: 002677/4 (Obligatorio)
Requisitos
Presentar en el primer trimestre una memoria anual de las actividades docentes del año anterior, para su aprobación por el Consejo Rector del IESPA.
- Articulos 30 y 31 del Decreto 201/2003.
- Orden de 24 de febrero de 2000, por la que se regula la concertación de Escuelas de Policía de las Corporaciones Locales con la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía.
- Orden de 20 de enero de 2003, de modificación parcial de la Orden de 24 de febrero de 2000.
Documentación
1º) Currículos profesionales y académicos de la plantilla de la Escuela, según el Anexo II de la Resolución de 11 de marzo de 1997, de la Dirección General de Política Interior.
2º) Declaración expresa responsable de la persona representante legal del Ayuntamiento de que la Escuela cumple los requisitos mínimos fijados en el Anexo de la Orden de 24 de febrero de 2000, modificada por la de 20 de enero de 2003.
3º) Memoria en la que se refleje la capacidad docente de la Escuela, sus programas formativos, su profesorado, su infraestructura, así como su equipamiento didáctico.
4º) Certificado del acuerdo plenario por el que se solicita que la Escuela Municipal de Policía Local pase a tener la condición de concertada con el IESPA.
- Orden de 24 de febrero de 2000, por la que se regula la concertación de Escuelas de Policía de las Corporaciones Locales con la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía.
- Orden de 20 de enero de 2003, de modificación parcial de la Orden de 24 de febrero de 2000, por la que se regula la concertación de Escuelas de Policía de las Corporaciones Locales con la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promocion interna, movilidad y formacion de los funcionarios de los Cuerpos de la Policia Local.
- Orden de 24 de febrero de 2000, de la Consejería de Gobernación, por la que se regula la concertacion de Escuelas de Policia de las Corporaciones Locales con la Escuela de Seguridad Publica de Andalucia (ESPA).
- Orden de 20 de enero de 2003, de la Consejería de Gobernación, de modificacion parcial de la Orden de 24 de febrero de 2000, por la que se regula la concertacion de Escuelas de Policia de las Corporaciones Locales con la Escuela de Seguridad Publica de Andalucia
- Resolución de 21 de febrero de 2022, de la Secretaría General de Interior y Espectáculos Públicos, por la que se aprueba y da publicidad a formularios de solicitud de presentación exclusivamente electrónica relativos a procedimientos del Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía.
Información adicional
Órganos responsables
- Secretaría General de Interior (Cód.: A01025763), Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía.
- Consejero (Cód.: A01025637).
- Secretaría General de Interior (Cód.: A01025763).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses.
Silencio: Positivo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
NOMBRE DE ACTIVIDAD DE TRATAMIENTO: Concertación de Escuelas Municipales de Policía Local con el Instituto de Emergencias y de Seguridad Pública de Andalucía.
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/181198.html
RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO: El responsable del tratamiento es la Secretaría General de Interior, cuya dirección es Casa Rosa Avda. Guardia Civil, 1 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es sg.interior.cpidssa@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en el correo electrónico dpd.cpidssa@juntadeandalucia.es.
FINALIDAD: Otorgar la condición de Escuela Municipal Concertada con el IESPA, cuyo objetivo es poder realizar todo tipo de acción formativa, por delegación expresa del citado Instituto, para cualquier miembro de los Cuerpos de la Policía Local o aspirante a serlo.
BASE JURÍDICA: Cumplimiento de una misión realizada con fines de interés público o en el ejercicio de poderes públicos derivados de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, del Decreto 212/2020, de 15 de diciembre, por el que se crea el IESPA y se regulan sus competencias, estructura y funcionamiento, del Decreto 201/2003, de 8 de julio, de Ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, y de la Orden de 24 de febrero de 2000, por la que se regula la concertación de escuelas de policía de las corporaciones locales con la ESPA, modificada parcialmente por la Orden de 20 de enero de 2003.
CESIONES DE DATOS Y TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES DE DATOS: No se prevén cesiones de datos ni transferencias internacionales.
PERIODO DE CONSERVACIÓN: Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron, para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar y para cumplir las obligaciones legales impuestas por la normativa de archivos y documentación, hacienda pública, procedimiento administrativo y judicial y el resto de normativa aplicable.
¿QUÉ DATOS PERSONALES SE TRATAN Y DE DÓNDE SE HAN OBTENIDO?: No se tratan datos personales en este procedimiento.
FUENTE DE DATOS:
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
02/06/2021 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento
02/06/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos
28/09/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos
28/09/2023 Se ha modificado el campo: Normativas
01/03/2022 Se ha modificado en este trámite:Título formal del procedimiento
01/03/2022 Se ha modificado en este trámite:Título descriptivo del procedimiento
01/03/2022 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento
17/10/2023 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos
17/10/2023 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos