Programa Regional de Espacios Públicos

Información general

Título formal:

Programa Regional de Espacios Públicos

Código:
2961
Organismo:
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
Destinatarios:
  • Administraciones
Fecha de creación:
25/11/2009

Descripción

Contribuir a la mejora de la calidad ambiental de la ciudades andaluzas y de su estructura urbana, a través de intervenciones en espacios libres de uso público que incrementen la oferta o mejoren la dotación de dichos espacios. El Programa Regional se concibe, sobre todo, como un instrumento de apoyo a la política de ejecución del planeamiento urbanístico y territorial de la Comunidad Autónoma y se lleva a cabo por la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio en cooperación con los Ayuntamientos Andaluces y otros organismos públicos implicados.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente presencial.

Puedes realizar la presentación en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de las oficinas de correos.

Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa

Requisitos

Sistemas Generales de Espacios Libres

Disponibilidad de los suelos por el Ayuntamiento o garantía municipal de la gestión de los mismos

Asumir los compromisos exigidos en el Convenio

Los Ayuntamientos deben contar con planeamiento general adecuado, el cual debe dar soporte a la intervención, permitiendo valorar la prioridad y alcance de la misma

Las actuaciones podrán seleccionarse en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma

Documentación

Certificado del Secretario acreditativo de la personalidad del Alcalde o Presidente

Certificado urbanístico municipal

Memoria requerida en la norma

Documentación acreditativa de la titularidad de los suelos

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si
Última actualización: 17/01/2024
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