Subvenciones a las diputaciones provinciales destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario (PFEA)
Información general
Subvenciones a las diputaciones provinciales destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario (PFEA)
- Otras administraciones
Descripción
El objeto del procedimiento es la concesión de subvenciones por parte de la Administración de la Junta de Andalucía a las diputaciones provinciales de Andalucía para financiar la adquisición por parte de las entidades locales andaluzas de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario, como complemento a la financiación por parte del Servicio Público de Empleo Estatal de los costes salariales y las cotizaciones sociales de la mano de obra empleada en dichos proyectos.
Las incidencias y dudas relacionadas con esta línea de subvenciones se resolverán a través del correo electrónico: pfea.cjalfp@juntadeandalucia.es
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
- Anexo V-Bis. Justificación Final. Relación de proyectos de obras y/o servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo con indicación de la cuantía final aportada por cada uno de los organismos financiadores y generación de empleo. Nº: 002075/1/A10 (Obligatorio)
- Anexo II. Relación de proyectos. Certificado de los proyectos de obras y/o servicios aprobados por el servicio público de empleo estatal, para la provincia de....en el marco del programa de fomento de empleo agrario y desglose inicial de su financiación, tipo de programa y generación de empleo Nº: 002075/9/A02 (Obligatorio)
- Anexo I-Tris. Certificado acreditativo de la delegación de la competencia para solicitar y suscribir subvenciones Nº: 002075/1/A08 (Obligatorio)
- Anexo I-Bis. Certificado acreditativo de la titularidad de la presidencia de la Diputación. Nº: 002075/1/A07 (Obligatorio)
- Anexo I. Solicitud de subvenciones a las Diputaciones Provinciales, destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario. Nº: 002075/9 (Obligatorio)
- Anexo VI. Formulario de alegaciones. Nº: 002396/6 (Obligatorio)
- Anexo III. Certificado de los pagos efectuados por la Diputación Provincial. Nº: 002075/9/A03 (Obligatorio)
- Anexo IV-Bis. Justificación Parcial. Relación de proyectos de obras y/o servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo con indicación de la cuantía aportada por cada uno de los organismos financiadores y de la generación de empleo. Nº: 002075/1/A09 (Obligatorio)
- Anexo IV. Justificación parcial. Certificado acreditativo del empleo parcial de las cantidades concedidas. Nº: 002075/9/A04 (Obligatorio)
- Anexo V. Justificación Final. Certificado acreditativo del empleo de las cantidades recibidas a la finalidad para la que fueron concedidas. Nº: 002075/9/A05 (Obligatorio)
Requisitos
De conformidad con el artículo 3 de la Orden de 14 de junio de 2016, las entidades beneficiarias de las subvenciones serán las diputaciones provinciales andaluzas que colaboren en la financiación de los costes de adquisición de materiales de los proyectos de obras y servicios destinados a las entidades que integran la Administración local andaluza de su provincia que en cada convocatoria se afecten al PFEA.
Documentación
Para solicitar la subvención, las diputaciones provinciales deberán presentar:
- Solicitud (anexo I)
- Certificado acreditativo de la titularidad de la presidencia (anexo I Bis).
- En su caso, certificado acreditativo de la delegación de la competencia para solicitar y suscribir subvenciones (anexo I Tris).
- Certificado bancario acreditativo de la titularidad de la cuenta corriente.
Tras la concesión de la subvención, en los plazos establecidos en la resolución de convocatoria, las diputaciones provinciales deberán presentar:
- Certificado de los proyectos de obras y/o servicios aprobados por el SEPE (anexo II, dos presentaciones).
- Certificado de los pagos efectuados por la diputación provincial (anexo III, dos presentaciones).
Por último, para la justificación, las diputaciones provinciales deberán presentar:
- Certificado acreditativo del empleo de las cantidades concedidas a la finalidad para la que fueron concedidas (anexo V).
- Relación de proyectos con indicación de la cuantía final aportada por cada uno de los organismos financiadores y generación de empleo (anexo V Bis).
Plazo de Inicio
- 18/06/2024 - 01/07/2024 (Presentación de solicitudes)
Plazo de justificación
01/10/2024 - 28/02/2025
Justificación final (anexo V), salvo prórroga
Plazo de aportación de documentos
01/10/2024 - 14/10/2024
Certificado de los pagos efectuados a 30 de septiembre de 2024 (anexo III)
Normativa
- Resolución de 6 de junio de 2024, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones previstas en la Orden de 14 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía a las Diputaciones Provinciales destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario.
- Extracto de la Resolución de 6 de junio de 2024, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones previstas en la Orden de 14 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía a las Diputaciones Provinciales destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario.
- Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones previstas en la Orden de 14 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía a las Diputaciones Provinciales destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario
- Extracto de la Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones previstas en la Orden de 14 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía a las Diputaciones Provinciales destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario
- Resolución de 3 de junio de 2022, de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2022 las subvenciones previstas en la Orden de 14 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía, a las Diputaciones Provinciales destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario.
- Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2021 las subvenciones previstas en la Orden de 14 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía a las Diputaciones Provinciales destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario
- Orden de 14 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía a las Diputaciones Provinciales destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario
Información adicional
Órganos responsables
- Secretaría General de Administración Local (Cód.: A01014234).
- Consejero (Cód.: A01025636).
- Secretaría General de Administración Local (Cód.: A01014234).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 6 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
2024
18/09/2024. Publicación subvenciones concedidas PFEA 20242023
19/10/2023. Publicación subvenciones concedidas PFEA 20232022
06/10/2022. Publicación subvenciones concedidas PFEA 20222021
13/09/2021. Publicación subvenciones concedidas PFEA 20212020
09/09/2020. Publicación subvenciones concedidas PFEA 2020Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Información sobre el tratamiento de datos personales
La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/215557.html
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
18/09/2024 Publicación subvenciones concedidas PFEA 2020
18/09/2024 Publicación subvenciones concedidas PFEA 2024
17/06/2024 Se ha modificado el campo: Plazos
17/06/2024 Se ha modificado el campo: Plazos
17/06/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
17/06/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
19/10/2023 Publicación subvenciones concedidas PFEA 2023