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En virtud del Real Decreto 1788/84, la Comunidad Autónoma de Andalucía, aumió las competencias que en su ámbbito territorial tenía el Instituto de la Pequeña y Mediana Empresa Industrial (IMPI). Algunas de dichas competencias habían sido con anterioridad asignadas por Ley 1/83 al Instituto de Promoción Industrial de Andalucía, en concreto en su artículo
3º del apartado j establece "corresponde al IPIA fomentar y desarrollar las Sociedades de Garantía Recíproca".
Celebrado en nuestra Comunidad el 1 Congreso Nacional de Sociedades de Garantía Recíproca (CESGAR) y de acuerdo con lo previsto en el art. 17 de la Ley 1/87 de 30 de enero.
H E R E S U E L T O
1º. Conceder una subvención de 5.000.000 ptas a la Confederación Española de Sociedades de Garantía Recíproca (CESGAR) como ayuda a la financiación del I Congreso Nacional de Sociedades de Garantía Recíproca.
2º. La subvención se hará efectiva con cargo a la aplicación
16.21.71.470 de los presupuestos del IPIS.
Sevilla, 27 de abril de 1987.- El Director.
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