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El Real Decreto 1073/1987, de 28 de agosto (BOE de 5 de septiembre), por el que se modifica la Reglamentación General de los Conservatorios de Música, permite a los alumnos que estén matriculados en el último curso de instrumento de grado elemental matricularse, simultáneamente en quinto curso de Solfeo y Teoría de la Música, por lo que resulta necesario conceder a todos los Conservatorios de Música de grado elemental autorización para que impartan quinto curso de Solfeo y Teoría de la Música.
En su virtud, de acuerdo con las facultades concedidas por el artículo
6º del Decreto de 10 de septiembre de 1966 (BOE de 24 de octubre), y de acuerdo con lo dispuesto en el apdo. 3 del anexo al Real Decreto 3936/82 de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma en materia de Educación, esta Consejería ha dispuesto:
Artículo 1º. Se autoriza a los Conservatorios de Música estatales, no estatales y no oficiales de grado elemental para impartir quinto curso de Solfeo y Teoría de la Música, en tanto las disponibilidades presupuestarias y de cupo de profesorado lo permitan.
Artículo 2º. Para el curso académico 1987-88 los citados Centros docentes formalizarán las matrículas en quinto curso de Solfeo y Teoría de la Música, dentro de los veinte días siguientes a la publicación de la presente Orden en el BOJA.
Sevilla, 7 de octubre de 1987
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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