La Junta
Consejo de Gobierno
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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, 109, 114, 115, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley
7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación. El Decreto 2/1979 de 30 de julio, en relación con el artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de
21 de julio, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la enajenación mediante venta directa, de una parcela sobrante de la vía pública, de los bienes de propios del Excmo. Ayuntamiento del Puerto de Santa María (Cádiz), a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día
14 de abril de 1988, y cuya descripción es la siguiente: Parcela de Terreno con una extensión superficial de 2.214 m2, si bien debido a su forma totalmente irregular y emplazamiento fue declarada parcela sobrante por acuerdo plenario de 5 de febrero de 1988; sita en el coto de la Isleta o Valdelagrana, con los siguientes linderos: Norte con carretera acceso al Tiro de Pichón en línea de 98,11 metros lineales; Sur, con terrenos de propiedad municipal, en linea directa de 7,46 m. lineales, con parcela adjudicada a D. Faustino Pastor Vicario, por Escritura Pública de fecha 14/11/72, en línea recta de 70 m. lineales y con terrenos de propiedad municipal, en línea recta de 19 m. lineales; Este con terrenos de propiedad del Excmo. Ayuntamiento en línea de 65,56 m. lineales y con parcela adjudicada a D. Faustino Pastor Vicario, en línea recta de 50 m. lineales; Oeste, con terrenos propiedad del Excmo. Ayuntamiento en línea recta de 52,78 m. lineales y con parcela adjudicada a D. Faustino Pastor Vicario, en línea de 50 m. lineales. Tiene una valoración de 9.077.400 ptas.
Sevilla, 31 de agosto de 1988
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación
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