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En el recurso contencioso-administrativo número 375/1986 interpuesto por D. Salvador Armando Holgado Polo contra Resolución de 24 de enero de 1986, de la Consejería de Salud y Consumo, en relación a diferencias retributivas, se ha dictado Sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Excma. Audiencia Territorial de Granada con fecha veintiséis de mayo de 1988, declarada firme por Providencia de
28 de junio.
En su virtud y de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, esta Consejería ha dispuesto la publicación para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la citada Sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal. "Fallo: que debe desestimar y desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Salvador Armando Holgado Polo en su propio nombre contra la resolución de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía que de 24.1.86, que le denegó las diferencias retributivas que respecto al importe de los trienios solicitó, por aparecer la misma ajustada a Derecho. Sin que haya lugar a expresa imposición de costas a ninguna de las partes".
Sevilla, 7 de noviembre de 1988.
EDUARDO REJON GIEB
Consejero de Salud y Servicios Sociales
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