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En el recurso contencioso-administrativo número 374/86 interpuesto por D. José María Sánchez Hernández contra Resolución del Excmo. Sr. Consejero de Salud y Consumo de 31 de octubre de 1985, que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución del Ilmo. Sr. Viceconsejero de Salud y Consumo, de 8 de agosto de 1985, en expediente disciplinario, se ha dictado Sentencia por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Excma. Audiencia Territorial de Sevilla con fecha 24 de mayo de 1988. En su virtud y de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, esta Consejería ha dispuesto la publicación para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la citada Sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal: "Fallamos: que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. José Ma Sánchez Hernández contra la resolución del Consejero de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía de 31 de octubre de 1985, que confirmaba en alzada la sanción impuesta al recurrente por resolución de la Viceconsejería de data 8 de agosto de 1985, por entenderla ajustada a Derecho. Sin costas".
Sevilla, 7 de noviembre de 1988.
EDUARDO REJON GIEB
Consejero de Salud y Servicios Sociales
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