Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 17/2/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 31 de enero de 1989, por la que se subvenciona la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Sevilla, con el Banco de Crédito Local, para financiar obras municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER. 1988.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Por la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, de conformidad con el Decreto 217/1988, de 24 de mayo, por el que se regula la concesión de subvenciones por esta Consejería a las Diputaciones Provinciales que durante el ejercicio de 1988, contraigan deudas con el Banco de Crédito Local de España, para financiar Obras Municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER, se ha solicitado de esta Consejería la correspondiente subvención al amparo de lo establecido en el art. 4º del Decreto citado y, de acuerdo con los Convenios suscritos entre la Junta de Andalucía, el Banco de Crédito Local de España y las Diputaciones Provinciales y, entre la Junta de Andalucía y la Excma.Diputación Provincial de Sevilla.

La documentación remitida por dicha Entidad Provincial, a la que une las Certificaciones y acuerdos pertinentes, acreditan reunir los requisitos exigidos por el Decreto 217/1988, de 24 de mayo. En su virtud, teniendo en cuenta las facultades que me confiere el art.6º, del Decreto mencionado y de conformidad con lo establecido por el art.44.4 , de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma:

DISPONGO:

1º. Subvencionar de acuerdo con lo solicitado por la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, las cantidades que en concepto de amortización de capital, intereses y comisión, tenga que abonar al Banco de Crédito Local de España dicha Diputación, por los Proyectos y en la cuantía de capital del préstamo concertado, que se indica seguidamente:

CORPORACION APORTACION SUBV. DIPUT. CAPITAL LOCAL INEM MATERIALES SUBVDO. J.A.

AGUADULCE 1000000 500000 388300 ALANIS 5135769 2567884 1994219 AZNALCOLLAR 1999999 999999 776599 BENACAZON 4977057 2488528 1932591 CANTILLANA 10299999 5149999 399489 CARRION DE LOS

CESPEDES 8965796 4482898 3481419 CASTILLAS DE

LAS G. (EL) 4294979 2147489 1667740 CAZALLA DE LA

SIERRA 5467315 2283657 1773488 CORIPE 2000000 1000000 776600 CORRALES (LOS) 11499558 5749779 4465278 LORA DE ESTEPA 2652500 1228770 954263 MONTELLANO 13927850 6963925 5408184 NAVAS DE LA

CONCEPCION 7049679 3524839 2737390 PEDRERA 8850008 4425004 3436458 PRUNA 7146300 3573150 2774908 REAL DE LA JARA 1348630 603576 468737 SAN N. DEL

PUERTO 800000 400000 310640 SAUCEJO (EL) 11910600 5955300 4624886 VALENCINA DE

LA C. 2600000 1300000 1009580 VV. DEL ARISCAL 1499507 749753 582258 VV. DE RIO Y

MINAS 1999999 705034 547258 TOTAL 114525545 56799584 44110557

2º. El crédito concedido a la Excma. Diputación Provincial de Sevilla por el Banco de Crédito Local de España, subvnecionado por la Junta de Andalucía en su 77,66%, se concierta por un período de amortización de trece años y uno de carencia, a un interés del 10,50% más el 0,40% de comisión.

3º. Los desajustes que se produjeren en la aprobación parcial de estos Proyectos Municipales, quedarán normalizados en la valoración definitiva que de los mismos se hagan, conforme con el art. 3º en relación con el 2º -y siguientes del Decreto 217/1988, de 24 de mayo, y cuya observancia ha de tenerse en cuenta por la Excma. Diputación.

4º. Esta Orden, además de su publicación en el BOJA, será comunicada a la Excma. Diputación Provincial de Sevilla y en al Banco de Crédito Local de España, a los efectos consiguientes.

Sevilla, 31 de enero 1989

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

Descargar PDF