Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 4/3/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud y Servicios Sociales

ORDEN de 10 de febrero de 1989, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la audiencia territorial de Sevilla en el recurso contencioso-administrativo núm.1723/85 interpuesta contra esta Consejería por doña María Luisa Sánchez Caballero.

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En el recurso contencioso-administrativo número 1723/85 interpuesto por doña M. Luisa Sánchez Caballero contra resolución del Excmo. Sr. Consejero de Salud y Consumo de 24 de julio de 1985, desestimatoria del recurso de alzada contra la resolución del Ilmo. Sr. Viceconsejero de 2 de abril de 1985 sobre sanción disciplinaria, la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Excma. Audiencia Territorial de Sevilla, ha dictado sentencia con fecha 29 de marzo de 1988 cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

"Fallamos:Estimar en parte el recurso interpuesto por el Procurador don Laureano Leyva Montoto en nombre de doña María Luisa Sánchez Caballero contra Resolución de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía de 24 de julio de 1985, desestimatoria de alzada contra otra del Viceconsejero de Salud y Consumo de 2 de abril del mismo año, que le impuso la sanción de suspensión de empleo por un año por la comisión de una falta muy grave tipificada en el artículo 66 4.c)del Estatuto Jurídico del personal médico de la Seguridad Social, aprobado por Decreto 3160/1966, de 23 de diciembre, que anulamos por su disconformidad con el ordenamiento jurídico y declaramos que los hechos imputados son constitutivos de la falta grave tipificada en el artículo 66.3j) del mencionado Estatuto, que han de ser sancionados con suspensión de empleo y sueldo por tres meses, sin costas".

En su virtud, esta Consejería de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/985, de 1 de julio del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el BOJA y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.

Sevilla 10 de febero de 1989

EDUARDO REJON GIEB

Consejero de Salud y Servicios Sociales

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