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En el recurso contencioso-administrativo núm. 2479/86, seguido a instancia de Dª Mª Luisa Barrero García y otros, contra resolución de 18 de diciembre de 1985, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud y Consumo, que acordó nombrarlos funcionarios interinos y asimilarles al grupo "E" y la desestimatoria del recurso de reposición, se ha dictado Sentencia con fecha 26 de septiembre de 1988, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos que debemos desestimar y desestimamos el recurso Contencioso-Administrativo interpuesto contra las Resoluciones de
17 de julio de 1986 del Secretario General Técnico de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía desestimatorias del Recurso de Reposición contra otras de 18 de diciembre de 1985 que confirmamos. Sin costas".
En su virtud, esta Consejería de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17. 2 de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el BOJA, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.
Sevilla, 21 de junio de 1989
EDUARDO REJON GIEB
Consejero de Salud y Servicios Sociales
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