Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 5/10/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 21 de septiembre de 1989, por la que se presta conformidad a la enajenación, mediante subasta pública de seis solares de los bienes de propios del Ayuntamiento de Montellano (Sevilla).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, artículos 109, 112.1, 113, 114, 118 y

119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación.

El Decreto 2/1979, de 30 de julio, en relación con el artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de

21 de julio, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Prestar conformidad a la enajenación mediante subasta pública, de seis solares, de los bienes de propios del Ilmo. Ayuntamiento de Montellano (Sevilla), para dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de junio de 1989, y cuya descripción es la siguiente:

La finca que engloba los seis solares está situada en la Calle Nuestra Sra. de Los Angeles, tiene una superficie aproximada de 812 m2. Linda en su lado mayor con una hilera de construcciones de la misma manzana, en una longitud de 68,10 m. El lado opuesto de 67, 60 m. da a la Calle Nuestra Señora de los Angeles.

De las aristas restantes, la mayor de 13,85 m. linda con edificio en la misma calle y parcialmente con solar interior del mismo. El lado menor de

10,50 m., linda con calle perpendicular.

La superficie de los solares y su valoración es la siguiente:

Solar 1.

Superficie: 136,3 m2.

Fachada: 9 m.

Valoración: 1.333.695 ptas.

Solar 2.

Superficie: 136,3 m2.

Fachada: 10,5 m.

Valoración: 1.357.824 ptas.

Solar 3.

Superficie: 135,9 m2.

Fachada: 11 m.

Valoración: 1.356.825 ptas.

Solar 4.

Superficie: 135,7 m2.

Fachada: 11,5 m.

Valoración: 1.354.693 ptas.

Solar 5.

Superficie: 134,5 m2.

Fachada: 12 m.

Valoración: 1.341.839 ptas.

Solar 6.

Superficie: 133,4 m2.

Fachada 1: 13,6 m.

Fachada 2: 10,5 m.

Valoración: 1.406.090 ptas.

Sevilla, 21 de septiembre de 1989

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

Descargar PDF