Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 27/10/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 10 de octubre de 1989, por la que se convocan becas para la realización de prácticas en empresas para alumnos universitarios.

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Dada la importancia que la realización de prácticas en empresas tiene para la formación de los estudiantes universitarios andaluces, como elemento favorecedor y formador de la integración en el mundo laboral de este colectivo, la Consejería de Educación y Ciencia ha suscrito Conciertos con diversas empresas radicadas en Málaga con este fin. En consecuencia y en desarrollo de lo anteriormente mencionado esta Consejería ha dispuesto:

Primero. Convocar becas para la realización de prácticas en las siguientes empresas:

Construcciones Sando, S.A.

Sunset Beach Club

Repsol Petróleo, S.A.

Comercial Alimentación Malagueña, S.A.

Sociedad Financiera y Minera, S.A.

Segundo. Las normas por las que se regirá la presente convocatoria son las que figuran en el Anexo I de la presente Orden.

Tercero. Queda autorizada la Dirección General de Universidades e Investigación para adoptar las medidas precisas para el cumplimiento de la presente Orden, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de octubre de 1989

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

ANEXO I

Normas de la convococatoria de becas para la realización de prácticas en empresas de los Alumnos Universitarios en Andalucía.

1º. Objetivos.

Las becas van destinadas a los alumnos que deseen realizar prácticas en las empresas citadas en el artículo primero de esta Orden y dentro de las líneas de actuación que figuran en los Anexos II a VI.

2º. Dotación de las becas.

La beca comprende:

a) Una única dotación de 120.000 pesetas.

b) Un seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica.

3º. Duración de las becas.

La duración de la beca será de tres meses.

4º. Carácter de las becas.

4.1. El becario no tendrá en ningún caso vinculación o relación laboral con la empresa que haya suscrito el convenio con la Junta de Andalucía.

4.2. La realización de las prácticas por el becario en la empresa no supondrá nunca la cobertura de un puesto en plantilla, salvo que se formalice un contrato de trabajo en alguna de las modalidades legales, previa renuncia de la beca o una vez finalizada la misma.

4.3. La empresa observará las normas de higiene y seguridad en el trabajo durante la realización de las prácticas del becario.

4.4. La empresa designará al Director de las prácticas que deberá estar en posesión del título de Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitector Técnico, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

4.5. Al objeto de facilitar a la Inspección de Trabajo el conocimiento de esas situaciones deberá comunicarse con la suficiente antelación, por la Dirección General de Universidades e Investigación a las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, el inicio y duración de la beca, así como los datos personales del becario y los de la empresa en la que aquél realice las prácticas.

4.6. La empresa comunicará puntualmente las incidencias que considere de interés a la Dirección General de Universidades e Investigación.

4.7. La renuncia a las becas deberá presentarse ante la Dirección General de Universidades e Investigación.

5º. Condiciones del disfrute.

5.1. El disfrute de la beca comienza con la integración del becario en la empresa a la que hubiera sido asignado, dentro del plazo que se señale en la Resolución de adjudicación.

5.2. Los becarios están obligados a desarrollar eficazmente el plan de formación de conformidad con el Director del mismo.

6º. Solicitudes.

6.1. Las solicitudes se formalizarán en los impresos normalizados cuyo modelo se encuentra a disposición de los interesados en los Rectorados de las Universidades de Andalucía y Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía así como en las empresas citadas.

Las solicitudes, dirigidas al Director General de Universidades e Investigación de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, se presentarán o enviarán en la Dirección General de Universidades e Investigación, sita en la Avenida de la República Argentina número 21, tercera planta, 41011 Sevilla.

6.2. Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

a) Fotocopia del D.N.I.

b) Certificación académica.

c) Currículum.

7º. Selección y valoración de las solicitudes.

Los becarios serán seleccionados por una Comisión de Selección que se constituirá al efecto formada por dos representantes de la Consejería de Educación y Ciencia y dos representantes de la correspondiente empresa. Dicha Comisión tendrá en cuenta el expediente académico y la adecuación del curriculum del solicitante a las prácticas que deba realizar.

8º. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará transcurridos 20 días contados desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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