Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 13/2/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 1 de febrero de 1990, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Villanueva de las Cruces (Huelva), la apertura del nuevo cementerio, la clausura del viejo y el traslado de los restos mortales que se hallen en el mismo.

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El cementerio municipal de Villanueva de las Cruces, de la Provincia de Huelva, ubicado en el campo denominado "El Peral", ha soportado como consecuencia del temporal de lluvias y vientos padecidos durante los últimos meses, unido al movimiento sísmico acaecido el día 21 de diciembre de 1989, el derrumbamiento de parte de una hilera de nichos y de algunos muros. Asimismo, el estado de ruina en que se encuentra, al estar el depósito de cadáveres con los techos y muros destruidos, justifican que con carácter de urgencia se proceda al cierre del mismo, y posterior traslado al nuevo cementerio de los restos mortales que se hallen en él. Ante la grave situacióna descrita, y a tenor de lo establecido en la Disposición Adicional 1a del Decreto 2263/1974, de 20 de julio, aprobatorio del Reglamento de Policía Sanitaria y Mortuoria, se han sometido los oportunos informes técnicos y demás documentación. En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Artículo 1º. Se autoriza al Ayuntamiento de Villanueva de las Cruces (Huelva), para que proceda a la apertura del nuevo Cementerio construido al efecto.

Artículo 2º. Se autoriza, igualmente, a que se clausure el viejo cementerio municipal, y se proceda al traslado de los restos mortales que se hallen en él, con el sometimiento de sus actuaciones a la información pública que exige el vigente Reglamento de Policía Sanitaria y Mortuoria.

Artículo 3º. Con independencia de lo establecido en los dos artículos precedentes, deberán subsanarse por el Ayuntamiento de Villanueva de las Cruces, las deficiencias recogidas en el informe técnico del Servicio Andaluz de Salud, a la mayor brevedad posible.

Sevilla, 1 de febrero de 1990

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

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