Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 13/2/1990

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 18 de enero de 1990, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de personal laboral de esta universidad.

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Existiendo plazas vacantes en la Plantilla de Personal Laboral de la Universidad de Granada y a fin de atender las necesidades de la misma, este Rectorado, en virtud de las competencias que le atribuye el apartado "K" del artículo 86 de los Estatutos de la citada Universidad, ha resuelto lo siguiente:

Primero. Convocar pruebas selectivas mediante el procedimiento de Concurso-Oposición para cubrir plazas vacantes en la Plantilla de Personal Laboral de esta Universidad, según se especifica en el Anexo I de esta convocatoria.

Segundo. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública (BOE no 85 de 03.08.84) modificada por la Ley

23/1988, de 28 de julio (BOE no 181 de 27.07.88); en el Real Decreto

2223/1984, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (BOE no 305 de 21.12.84); en el vigente Convenio Colectivo de Trabajo de ámbito interprovincial del Personal Laboral de Universidades Andaluzas (BOJA no

85 del 21.X.89).

Tercero. Para ser admitido en las pruebas selectivas; los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales: A) Ser español.

B) Tener cumplidos los dieciocho años de edad. C) Estar en posesión del Título de B.U.P., Bachiller Superior, Formación Profesional de 2o Grado o equivalente.

D) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones propias de la plaza objeto de esta convocatoria.

E) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. F) Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

Cuarto. Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia dirigida al Excmo. y Mgfco. Sr. Rector de la Universidad de Granada, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con arreglo al modelo que figura en el Anexo II de la presente convocatoria, uniendo a la misma fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

La presentación de solicitudes podrá efectuarse en el Registro General de la Universidad, o en la forma establecida en el art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

A efectos de valorar la fase de concurso, se acompañará a la instancia Curriculum Vitae y relación de méritos acreditados documentalmente.

Quinto. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Granada, dictará resolución en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se indicarán los lugares en que se encuentra expuesta al público la lista certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos y se determinará el lugar y la fecha del comienzo de los ejercicios. Contra esta lista los interesados dispondrán de un plazo de 10 días para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos. Transcurrido el plazo señalado anteriormente, la lista será elevada a definitiva, lo que será hecho público en el BOJA, y contra la que los interesados podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Rector de la Universidad de Granada, quien resolverá lo procedente.

Sexto. El Tribunal calificador, ha sido designado por el Rectorado de la Universidad de Granada, y estará compuesto por: Presidente: D. Esteban Alvarez de Manzaneda Roldán. Gerente de la Universidad de Granada.

Vocales: D. Francisco Vidal Sánchez, Profesor Titular. D. A. Gerardo Alguacil de la Blanca, Profesor Titular.

D. Carlos López Casado, en representación del Comité de Empresa. D. Manuel González Morales, en representación del Comité de Empresa. Secretario: D. Ildefonso Ruiz Rodríguez. Jefe del Servicio de Personal de la Universidad de Granada, que actuará con voz pero sin voto. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Séptimo. Los aspirantes que resulten aprobados en las presentes pruebas selectivas, para su contratación como personal laboral fijo, aportarán dentro de veinte días naturales, desde que se haga pública la relación de aprobados, en el Registro General de esta Universidad, los siguientes documentos:

Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.

Fotocopia debidamente compulsada del Título correspondiente. Declaración jurado o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el servicio.

Octavo. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en las formas establecidos por la Ley de Procedimiento Administrativo.

Asimismo, la Administración Universitaria podrá en su caso proceder a la revisión de las Resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en los artículo 109 y siguientes de la Ley de Procedimiento Administrativo, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por la irregularidad.

Granada, 18 de enero de 1990.- El Rector, Pascual Rivas Carrera.

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