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La Consejería de Fomento y Trabajo en el marco de ejecución de las competencias que tiene asignadas en materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en virtud del Decreto 26/1983, de 9 de febrero, convoca concurso público para la adjudicación de becas, destinadas a subvencionar trabajos de investigación o estudio que versen sobre temas de Condiciones de Trabajo, de aplicación al control de siniestralidad laboral y a la mejora de calidad de vida de los distintos colectivos laborales encuadrados en empresas radicadas en la Comunidad Autónoma Andaluza. En la presente Orden se regulan las normas y procedimiento a seguir para la concesión de estas ayudas, con respecto a los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad exigidos en el art. 13.2 de la Ley 2/1990, de 2 de febrero del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para 1990. En su virtud, en uso de las facultades que me están conferidas y a propuesta de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social,
DISPONGO:
Artículo 1. Convocar concurso público para la concesión de becas, destinadas a financiar trabajos de investigación o estudio dirigidos a la profundización en temas preventivos de aplicación al control de la siniestralidad laboral y a la mejora efectiva de las condiciones de trabajo, en su sentido más amplio, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con las bases que se publican como anexo de la presente Orden.
Artículo 2. La cuantía máxima de cada una de las becas a conceder no podrá exceder de un millón de pesetas.
Artículo 3. Las referidas ayudas serán financiadas con cargo a la partida correspondiente del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio de 1990, dentro del Programa de Administración de las Relaciones Laborales.
DISPOSICION FINAL:
Se faculta al Director General de Trabajo y Seguridad Social para dictar las disposiciones necesarias de aplicación y desarrollo de la presente Orden, que entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 27 de marzo de 1990
JOSE MARIA ROMERO CALERO
Consejero de Fomento y Trabajo
ANEXO
BASES DE LA CONVOCATORIA
OBJETO.- Los trabajos presentados deberán versar sobre las siguientes materias:
- Protección de máquinas
- Control de riesgos de origen eléctrico
- Sistema de control de contaminantes de naturaleza química, física y biológica
- Ergonomía de diseño
- Organización y Métodos de trabajo
- Estudios y planes de Seguridad en el Trabajo
- Medicina Laboral
- Psicosociología de la prevención
- Nueva Tecnologías y Condiciones de Trabajo
Dentro de las citadas materias tendrán carácter prioritario para la concesión de las becas aquellas que desarrollen específicamente los siguientes temas:
* Incidencia en la industria andaluza de la aplicación del R.D. 1316/89 de 27 de Octubre sobre Protección de los Trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo. * Programa informático, sobre sistema operativo estandar, para la evaluación de un puesto de trabajo genérico desde la perspectiva de la Seguridad Social, la Higiene y las Condiciones de Trabajo. * Criterios de selección para Reconocimientos Médicos específicos. Planteamiento de Historias Clínicas y Protocolos informatizados que puedan extenderse a los contaminantes físicos y químicos o familias de éstos mas características. Equipamiento necesario.
* Establecimiento de modelos organizativos multidisciplinares para la prevención de riesgos en el Sector Construcción.
* Establecimientos de modelos organizativos multidisciplinares para la prevención de riesgos en las PYMES y en la Gran Empresa.
* Repercursión de la legislación derivada de las Directivas Comunitarias en materia de Seguridad e Higiene y Salud en los Centros de Trabajo en las Empresas Andaluzas. Aspectos legislativos, sociales, técnicos y económicos.
BENEFICIARIOS.- Podrán solicitar las ayudas las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas sin fines de lucro, radicadas dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Andaluza, Institutos, Departamentos u otras Unidades de Investigación integrados en una Universidad Andaluza que acrediten unos conocimientos específicos sobre la materia a subvencionar.
SOLICITUDES Y DOCUMENTACION.- Los solicitantes, que podrán serlo a título individual o constituidos en grupos de trabajo, deberán dirigir las instancias al Iltmo. Sr. Director General de Trabajo y Seguridad Social acompañadas de la siguiente documentación:
a) Documento acreditativo de la personalidad del peticionario o peticionarios. En caso de tratarse de Entidades sin fines de lucro, título de constitución o Estatuto de la entidad peticionaria, con indicación expresa del Director o Responsable del grupo.
b) Curriculum vitae del concursante o concursantes si se constituyen en grupos de trabajo.
Si se trata de personal en fase de formación, deberá adoptar además informe de la Comisión de Investigación o en su defecto, del Jefe de la Unidad o Departamento en que el solicitante, realice su labor, acreditativo de su capacidad para la ejecución del proyecto.
c) Memoria descriptiva de la investigación o estudio a realizar con explicitación de: Objetivos, Metodología, Actividades, Cronogramas y otros datos para la mejor comprensión de la propuesta presentada.
d) Soporte instrumental, bibliográfico y documental previsto para la ejecución del trabajo.
e) Cuantía de la ayuda o subvención solictada.
PLAZO DE PRESENTACION.- El plazo de presentación de solicitudes será a partir de la entrada en vigor de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta el 31 de Mayo de 1.990 inclusive. Dicha documentación será presentada o remitida al Registro General dela Consejería de Fomento y Trabajo, Avda. de República Argentina, 43 accesorio, 1. planta. 41071 Sevilla, por cualquier de los medios previstos en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, y en el art.
51 de la Ley 6/1.983 de 21 de Julio, Ley del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma Andaluza.
CONCESION Y RESOLUCION.- El concurso será fallado mediante Resolución del Director General de Trabajo y Seguridad Social, quien determinará la cuantía y número de becas a conceder, previa propuesta de la Comisión de Selección presidido por él mismo e integrado por los siguientes Vocales:
. El Jefe del Servicio de Condiciones de Trabajo de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social.
. Cuatro miembro de la Comisión de Seguridad e Higiene del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales.
. El Director de uno de los Centros de Seguridad e Higiene en el Trabajo. . El Jefe de la Sección de Seguridad e Higiene del Servicio de Condiciones de Trabajo de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social que actuará como Secretario.
El Jurado, a la vista de los proyectos y documentación presentada y de acuerdo con lo establecido por la Ley de Procedimiento Administrativo podrá proponer que se declare desierta, total o parcialmente, la adjudicación de las becas e incrementar la cuantía de algunas de éstas siempre dentro de los límites fijados en el artículo 2. de esta Orden. El fallo del concurso, se hará público, mediante su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, notificándose, asímismo, a los adjudicatarios.
PLAZO DE EJECUCION.- Los proyectos seleccionados deberán realizarse por los beneficiarios de la beca en plazo no superior a un año contado a partir de la fecha de la notificación a los mismos del fallo del concurso.
FORMA DE PAGO.- El abono del importe de las ayudas será hecho efectivo a los seleccionados del siguiente modo:
- el 25% dentro de los 2 meses siguientes a hacerse público el fallo.
- El 75% restante a la entrega de los trabajos, previa certificación de conformidad expedida por el Servicio de Condiciones de Trabajo sobre la ideoneidad de los mismos.
PRESENTACION DE TRABAJOS.- Los adjudicatarios deberán entregar original y copia del trabajo realizado en formato DIN A-4 mecanografiados por una sola cara y debidamente encuadernado.
Los documentos serán entregados en el Servicio de Condiciones de Trabajo de la Consejería de Fomento y Trabajo, Avda. República Argentina, 43 accesorio, 1. planta. 41071 Sevilla.
La Consejería de Fomento y Trabajo se reserva los derechos de publicación, edición y difusión de los trabajos subvencionados.
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