Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
El Decreto 146/90, de 15 de mayo asigna a la Consejería de Fomento y Trabajo las funciones y medios traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Real Decreto 558/1990, de 27 de abril en materia de calificación y registro administrativo de Sociedades Anónimas Laborales. En razón a que la índole y el contenido de las funciones traspasadas se asemejan a las que tiene asumidas la Dirección General de Cooperativas y Empleo en materia de calificación y registro administrativo de las Sociedades Cooperativas Andaluzas,parece aconsejable la asignación a la misma Dirección General de las competencias ahora traspasadas en materia de Sociedades Anónimas Laborales.
En su virtud, y en uso de las facultades que me han sido conferidas, a propuesta de la Dirección General de Cooperativas y Empleo.
DISPONGO:
Artículo 1. Se asigna a la Dirección General de Cooperativas y Empleo las funciones en materia de calificación y registro administrativo de Sociedades Anónimas Laborales asignadas a la Consejería de Fomento y Trabajo por Decreto 146/90, de 15 de mayo.
Artículo 2.1. Las funciones de calificación y la organización y funcionamiento del registro administrativo de Sociedades Anónimas Laborales se regulan por las normas contenidas a las disposiciones vigentes.
2. La calificación y el registro administrativo de Sociedades Anónimas Laborales se estructura con carácter centralizado en la Dirección General de Cooperativas y Empleo, bajo la dependencia del Servicio correspondiente.
3. No obstante lo establecido en el número anterior, la documentación que tenga que ser sometida a calificación, inscripción y registro de las Sociedades Anónimas Laborales se presentarán ante las Delegaciones Provinciales de Trabajo de la Consejería de Fomento y Trabajo donde aquéllas tengan su domicilio social.
Sevilla, 21 de junio de 1990
JOSE MARIA ROMERO CALERO
Consejero de Fomento y Trabajo
Descargar PDF