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En el recurso núm. 3026/87 interpuesto por D. Emilio Ramos López, se ha dictado sentencia con fecha 25.12.89, cuya parte dispositiva literlamente dice:
"Fallo: Que debemos desestimar y desestimamos en todos sus puntos el recurso contencioso-administrativo interpuesto en los presentes autos por D. Emilio Ramos López".
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia a lo que esta Consejería respecta.
Sevilla, 18 de octubre de 1990
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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