Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De Orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 6 de junio de 1988, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 251/86 promovido por Compañia Sevillana de Electricidad, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que debemos estimar y estimamos el recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por el Procurador Sr. D. Miguel Conradi Rodríguez, en nombre y representación de Compañia Sevillana de Electricidad, S.A. contra los acuerdos de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía de 1 de octubre y 20 de diciembre de 1985, éste resolviendo en reposición, los que debemos anular y anulamos por no ser conformes con el ordenamiento jurídico, deviéndose devolver la sanción impuesta a la actora si la misma hubiera sido ingresada. Sin costas.
Sevilla, 2 de mayo de 1991.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
Descargar PDF