Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 12/6/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 6 de noviembre de 1990, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se concede al Ayuntamiento de Vejer de la Frontera (Cádiz), una subvención de novecientas sesenta mil pesetas, al amparo de lo establecido en el art. 1º A) del Decreto 117/89, de 31 de mayo.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Vista la petición elevada por el Ayuntamiento de Vejer de la Frontera, sobre subvención para "Mejora de Equipamiento e Infraestructura Transporte Escolar en Núcleo Los Naveros", al amparo de lo establecido en el Decreto 117/89, de 31 de mayo por el que se regulan las subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a aquellos Entidades Territoriales, para gastos que no comporten inversión en el artículo 1º

A) del citado Decreto.

Considerando que dicha petición supone una iniciativa de especial interés para el Municipio, por el que responde a las finalidades previstas en el Artículo 1º A del Decreto 117/89, de 31 de mayo, y contando esta Delegación con dotación presupuestaria. Resultando que el Ayuntamiento aporta la documentación requerida en el Artículo 3º de la Orden de 2 de junio de 1989. Considerando que por virtud de lo establecido en el Orden de 2 de junio de 1989, se faculta a este Delegado de Gobernación para otorgar, en esta provincia, las subvenciones solicitadas al amparo de lo establecido en el Decreto 117/89 y, teniendo en cuenta el artículo 19.4 de la Ley 6/1990, de 29 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1991, al objeto de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación del correspondiente acuerdo de concesión de subvención. Y en uso de las facultades que el Artículo 1º de la citada Orden de 2 de junio de 1989, me atribuye.

RESUELVO

1. Conceder al Ayuntamiento de Vejer de la Frontera la cantidad de 960.000 pts., en concepto de subvención para la finalidad expresada.

2. Notificar su otorgamiento al citado Ayuntamiento.

3. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación.

4. Requerir en el plazo máximo de 2 meses que justifique la aplicación de la subvención otorgada mediante Certificación del ingreso en su contabilidad, con expresión del asiento contable practicado y certificado acreditativo de la realización del servicio al cual va destinado la subvención (artículos 38 y 40 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía).

Sevilla, 6 de noviembre de 1990.- El Delegado, José Luis Blanco Romero.

Descargar PDF