Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 2/7/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 14 de junio de 1991, por la que se concede al Ayuntamiento de Lebrija (Sevilla), una subvención para la construcción de ochenta y siete viviendas de protección oficial en régimen especial.

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Ilmos. Sres.:

A la vista de la solicitud del Ayuntamiento de Lebrija (Sevilla), a propuesta del Director General de Arquitectura y Vivienda y en virtud de las facultades que me confieren los artículos 10 de la Ley 5/1983, de 19 de julio y 15 de la Ley 9/1985, de 28 de diciembre, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero: Conceder al Ayuntamiento de Lebrija una subvención de cincuenta millones de pesetas (50.000.000 ptas.) para la ejecución de una promoción de 87 viviendas de Protección Oficial en Régimen Especial en dicha localidad.

Segundo: La subvención se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 1.14.03.744.00.33A.0.0445.00.

Tercero: El abono de la subvención se efectuará conforme al grado de ejecución de las obras con arreglo a las siguientes fases y porcentajes:

20% a la publicación en BOJA de la Orden de concesión de la subvención.

20% a la presentación y comprobación del certificado de terminación de la fase de cimentación.

20% a la presentación y comprobación del certificado de terminación de la fase de estructura.

20% a la presentación y comprobación del certificado de terminación de la fase de cerramiento.

20% a la presentación y comprobación del certificado de terminación de la fase final de obra y calificación definitiva. Para el abono de cada una de estas fases será necesario acreditar mediante certificación expedida por el Inventor del Ayuntamiento que la fase anterior ha sido en su totalidad satisfecho y que se ha invertido total y exclusivamente en la ejecución de las obras objeto de la ayuda. La subvención cuya concesión se propone es específica por razón de su objeto, por lo que no es posible someterla al principio de pública concurrencia, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 13.3 de la Ley 2/1990 de 2 de febrero.

Sevilla, 14 de junio de 1991

JUAN JOSE LOPEZ MARTOS

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Arquitectura y Vivienda y Delegado Provincial de Sevilla.

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