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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ah dado cumplimieto a lo dispuesto en el artículo 79.2 del Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril, artículos 109.2, 110 y 111 del reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985 de 2 abril, Ley
6/1983 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación.
El Decreto 2/1979, de 30 de julio, en relación con el artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de
30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En virtud, al amparo de la Legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la cesión gratuita de una parcela de terreno propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Carmona (Sevilla), a la Comunidad Autónoma Andaluza, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 2 de noviembre de 1990, previa publicación en el BOP número 85 de fecha 14 de abril de 1989, cuya descripción es la siguiente:
Parcela de 3.051m2 situado en terrenos del Plan Parcial León Ronda de San Francisco de Carmona, Primera etapa, fases A y B que incluye los solares 716 a 739, linda: con C/ Poleo y C/ Malva los lados de mayor dimensiones y con C/ Guadalete y C/ Romero los lados de menor dimensión.
Sevilla, 16 de enero de 1991
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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