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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril, artículos 109, 114, 115, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985 de 2 de abril, Ley 6/1983 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación
El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales.
En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración, he tenido a bien disponer lo siguiente: Prestar conformidad a la enajenación, mediante venta directa de una parcela sobrante de vía pública de los bienes de propios del Excmo. Ayuntamiento de Morón de la Frontera (Sevilla), al vecino colindante Doña Catalina Ramírez Rodríguez y don Manuel García Reina, para dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 6 de septiembre de 1990 cuya descripción es la siguiente:
Parcela sobrante de vía pública, sita en C/ Santiago esquina C/Murillo, tiene una superficie de 13,17 m2 y linda: Norte: Doña Catalina Ramírez Rodríguez y Don Manuel García Reina. Sur: C/ Murillo.
Este: C/ Santiago.
Oeste: Doña Catalina Ramírez Rodríguez y Don Manuel García Reina. La valoración es de 109.311.
Sevilla, 2 de julio de 1991
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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