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Obra: 1-SE-131. "Acondicionamiento y mejora de la C-310 y C-338. Estepa Estepa-Puente Genil".
Habiendo sido ordenado por la superioridad, la iniciación del expediente de expropiación forzosa de los terrenos necesarios para la ejecución del correspondiente proyecto, que fue declarado de utilidad pública, necesidad de ocupación, por el Consejo de Gobierno, a los efectos que se establecen en el Art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
Esta Delegación Provincial ha resuelto convocar a los propietarios y titulares de derechos afectados, que figuran en la relación adjunta, para que comparezcan en el Ayuntamiento de Estepa el día 26 de julio de 1991 a las 10 horas; en el Ayuntamiento de Herrera los días 29 y 30 de julio de
1991 a las 10 horas y en el Ayuntamiento de Puente Genil (Córdoba) el día 31 de julio de 1991 a las 10,30 horas. Para proceder al levantamiento de Actas Previas a la Ocupación de las fincas afectadas. A estas diligencias, deberán asistir los interesados personalmente o por medio de apoderamiento notarial para actuar en su nombre, aportando los documentos registrales acreditativos de su titularidad y los recibos de contribución de los dos últimos años, pudiéndose hacerse acompañar, si lo estima oportuno de perito y/o notario. Los interesados, así como las personas que siendo titulares de derecho e intereses directos sobre los bienes afectados, que se hayan podido omitir, en la relación, podrán formular alegaciones por escrito en el plazo de ocho días, ante la Delegación Provincial. de Obras Públicas y Transportes de Sevilla, domiciliado en C/ O'Donnell,
21 -Sección de Expropiaciones-, para subsanar errores y complementar datos aclarativos o justificativos de su calidad de afectados por la expropiación.
Sevilla, 11 de julio de 1991.- El Delegado.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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