Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 4/10/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 24 de septiembre de 1991, de la Dirección General de la Inspección General de Servicios, recaída en expediente núm. 11918 de don Miguel Rosales Jaldo, sobre incompatibilidades.

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A efectos de notificación al interesado, de conformidad con lo previsto en el artículo 80.3º de la Ley de Procedimiento Administrativo, se hace pública la Resolución dictada por el Director General de la Inspección General de Servicios de fecha 2 de julio de 1991, cuyo contenido es el siguiente:

"Visto el expediente instruido y tramitado conforme a lo previsto en los artículo 9 y 14 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, (BOE, núm. 4, de

4.1.85), y disposiciones complementarias, como consecuencia de la solicitud formulada por D. Miguel Rosales Jaldo para compatibilizar su actividad principal como Médico Jefe de Servicio en Hospital del SAS de Málaga, con su actividad secundaria como Profesor Asociado en la Universidad de Málaga, y con su actividad privada como Médico en consulta particular, y en base a los siguientes Fundamentos Jurídicos:

1. Que la actividad de Profesor Asociado podrá ejercerse al cumplirse los requisitos exigidos en el supuesto excepcional previsto en el art. 4.1 de la Ley 53/1984.

2. Que no existiendo concierto entre el Servicio Andaluz de Salud y la Universidad de Málaga, no resulta de aplicación la Base Decimotercera del Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio (BOE 182, de 31.7.86).

3. Que los artículos 13 de la Ley 53/1984, y 10 de Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, (BOE 182, de 31.7.86) prohibe la compatibilidad de actividades privadas cuando se desempeñen dos puestos públicos cuyas jornadas, en su conjunto, igualen o superen los cuarenta horas semanales.

RESUELVO

Autorizar la compatibilidad para el segundo puesto público de Profesor Asociado, con los límites retributivos contemplados en el artículo 7 de la Ley 53/1984.

Denegar la compatibilidad de la actividad privada en los términos expuestos".

Contra dicha Resolución podrá interponerse Recurso de Reposición previo al Contencioso-Administrativo ante el Consejero de Gobernación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la presente publicación.

Sevilla, 24 de septiembre de 1991.- El Director General, Juan P. Gómez Jiménez.

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