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Dada la necesidad de fomentar, desarrollar y homogeneizar los Servicios Contraincendios y Salvamentos de la Comunidad Autónoma, garantizando de este modo la seguridad y protección de personas y bienes en situación de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, y a tenor de lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 18 de la Ley 3/1991, de 25 de diciembre de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992.
D I S P O N G O
Artículo 1º. Conceder una subvención de treinta y un millones ochocientas setenta y cuatro mil veinticinco (31.874.025) pesetas como ampliación de las subvenciones concedidas por Orden de 30 de noviembre de 1988, de 21 de diciembre de 1989 y de 25 de marzo de 1992, al Consorcio Provincial Contra Incencios y Salvamento de Cádiz, para la conclusión de la 2ª Fase de las obras del Parque de Bomberos de Jerez de la Frontera, declarándose la misma específica por razón del Objeto, obviándose por tanto la concurrencia.
Artículo 2º. A tenor del estado actual de las obras se prevé que el gasto originado al finalizar el presente ejercicio ascenderá a la cantidad de cinco millones de pesetas, quedando el resto de la subvención veintiséis millones ochocientas setenta y cuatro mil, veinticinco pesetas, pendientes para el próximo ejercicio económico.
Artículo 3º. La subvención objeto de esta norma será justidicada en la forma prevista en los artículos 38, 41, 81 y concordantes del Decreto 149/1988, de 5 de abril que aprueba el Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía, así como a tenor de los dispuesto en el párrafo séptimo del artículo 18 de la Ley 3/1991, de 28 de de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992.
Artículo 4º. Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
DISPOSICION FINAL
Queda derogada la Orden de 20 de mayo de 1992
Sevilla, 12 de noviembre de 1992
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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