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Examinado el expediente de Modificaciones del Plan General Municipal de Ordenación de Sevilla, aprobado provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento de Sevilla el 27 de diciembre de
1991 y elevado a esta Consejería para su aprobación definitiva, en virtud de los artículos 118.3.a y 128.1 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio. Atendiendo a lo dispuesto en el citado texto y el Decreto
194/1983, de 21 de septiembre, por el que se regula el ejercicio por los órganos urbanísticos de la Junta de Andalucía de las competencias en materia de urbanismo.
Visto el informe de la Comisión de Urbanismo de Andalucía, emitido en sesión de 28 de octubre de 1992, tras el análisis realizado por la Dirección General de Urbanismo y las propuestas de la Ponencia Técnica y en virtud de lo dispuesto en la letra a) del artículo 7 del Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, en relación al artículo 118.3.a del Texto Refundido de la Ley del Suelo y Ordenación Urbana.
HE RESUELTO
Primero. Aprobar definitivamente las Modificaciones Puntuales del Plan General Municipal de Ordenación de Sevilla que tienen por objeto la adaptación y ajustes puntuales de la clasificación y señalamiento de la red viaria, adaptación y ajuste de las normas particulares de edificación y adaptación de las normas generales de uso y de los niveles de protección, ajustándose dichas modificaciones a lo previsto en los artículos 126.5 del Texto Refundido de la Ley del Suelo y 154 del Reglamento de Planeamiento, por cuanto no suponen nuevos criterios respecto a la estructura general y orgánica del territorio o de la clasificación del suelo.
Segundo. Denegar la aprobación de la notificación relativa al cambio de calificación de la parcela de terreno incluida por el Plan General Municipal de Ordenación como sistema General Aeropuerto en suelo urbano a Terciario (T2), con uso exclusivo Hospedaje, por cuanto es necesario preservar este suelo como Sistema General Aeropuerto y no impedir la futura ordenación y desarrollo de éste.
Tercero. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, de acuerdo con lo previsto en el artículo 124.1 y
131 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, y se notificará al Ayuntamiento de Sevilla y a los interesados.
Contra la presente Resolución, definitiva en vía administrativa, cabe recurso de reposición ante el Consejero de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes, contado a partir de la última publicación o, en su caso, notificación y el contencioso-administrativo que deberá interponerse ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla.
Sevilla, 4 de noviembre de 1992
JUAN JOSE LOPEZ MARTOS
Consejero de Obras Públicas y Transportes
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